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16.12.23

Sentencia histórica de un tribunal español: es posible llamar “secta” a los testigos de Jehová

Los Testigos Cristianos de Jehová son, además de una confesión religiosa legalmente reconocida por el Estado español desde inicios de los años 70, también una “secta”, puesto que imponen un “control excesivo” sobre sus fieles, por su “insistencia” en “conocer detalles” de sus “relaciones”, por su “supervisión insistente” de las vidas privadas de sus prosélitos, y por empujarles a no tener una “relación fluida” con “personas que no compartan su fe”, como instrumento de “aislamiento y segregación social”. Es decir, para mantenerlos vinculados al culto.

Lo acaba de sentenciar la magistrada Raquel Chacón, titular del juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz, en una sentencia pionera a la que ha tenido acceso en primicia El Mundo y que admite recurso pero que, sin ambages, declara la posibilidad de calificar de “sectario” un culto que agruparía en España a unos 120.000 fieles según sus propios rectores, y hasta ocho millones de personas en todo el mundo. Lo cuenta en este diario Quico Alsedo.

La secta denunció a sus propias víctimas

La rama española del culto, dirigido desde Nueva York desde su creación en 1881, había denunciado a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová (AEVTJ) por supuesta intromisión en su derecho al honor simplemente por denominarse así, lo que provocó hace exactamente ahora un año un largo juicio en Torrejón de Ardoz, donde la confesión tiene su central en España, en el que en realidad, más que una presunta vulneración de su honor, lo que se juzgó fue si sus prácticas pueden ser nocivas para sus adeptos, y por tanto acarrearles daños, y justificar luego su autoproclamada condición de “víctimas”.

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