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20.09.13

El Tribunal de Estrasburgo rechaza un recurso de la Iglesia de la Cienciología en Bélgica

En su decisión en el caso de ASBL-Iglesia de la Cienciología contra Bélgica (recurso nº 43075/08), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha declarado por unanimidad la inadmisión del recurso. La decisión es final. El caso se refiere a una denuncia de la Iglesia de la Cienciología, asociación sin ánimo de lucro, de que las declaraciones a los medios de comunicación por parte de las autoridades belgas acerca de una investigación relativa al grupo constituía una violación de su derecho a tener un juicio justo y a la presunción de inocencia. Así lo ha divulgado el mismo Tribunal de Estrasburgo en un comunicado oficial hecho público ayer, 19 de septiembre.

El Tribunal reiteró que tenía que determinar si los procedimientos son justos en su totalidad. Como todavía no había habido ninguna sentencia definitiva por parte de los tribunales belgas sobre este cargo relevante, la parte del recurso relativa a una supuesta violación del derecho a un juicio justo era prematura y por lo tanto tuvo que ser desechada. Además, dado que la única prueba presentada por la asociación demandante consistió en artículos de prensa, el Tribunal consideró que el contenido de los comentarios supuestamente realizados por las autoridades no podrían atribuirse a ellos con seguridad. No se ha demostrado que al informar al público sobre las investigaciones en curso, las autoridades hubieran incumplido el deber de discreción que se requiere de ellos por el principio de presunción de inocencia.

Hechos principales

La asociación demandante, ASBL Eglise de Scientologie, es una persona jurídica belga con domicilio social en Bruselas. En 1997 fue puesta bajo investigación judicial por cargos de fraude y malversación de fondos. Entre 1999 y 2007 una serie de diarios belgas publicaron comentarios atribuidos a los fiscales en los que se realizaron ciertas acusaciones acerca de la asociación. Basándose en particular en su derecho a la presunción de inocencia, la asociación demandante presentó cinco denuncias penales consecutivas contra una persona o personas desconocidas, solicitando intervenir como parte civil en el proceso, pero las quejas fueron sistemáticamente dejadas de lado por las autoridades.

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