Licencias para predicar y perdonar

Se han dicho muchas cosas en respuesta a las barbaridades de un cura cántabro que ha negado el dogma de la asunción de la Virgen en cuerpo y alma al cielo (¡en la homilía del Día de la Asunción y en la parroquia de la Asunción de Nuestra Señora!). La que más me ha gustado ha sido esta sugerencia del siempre interesante Miguel Ángel Quintana Paz:
“Idea: similar al carné de conducir por puntos, debería haber otro para el clero. Y que si un cura comete cierto número de barbaridades teológicas/litúrgicas, por desgracia cada vez más habituales, pierda puntos y deba volver a clases de Teología antes de poder seguir celebrando”.
La mejor demostración de que es una buena idea es que se trata de algo que la Iglesia ya puso en práctica durante largos siglos y que solo recientemente hemos olvidado: las licencias para confesar y predicar.
En efecto, el Derecho Canónico, hasta la reforma de1985, establecía que nadie podía predicar a los fieles sin una licencia o facultad explícita (facultas concionandi) otorgada por la autoridad eclesiástica competente, que generalmente era el obispo diocesano. Con ello se buscaba evitar errores doctrinales y garantizar la ortodoxia de los sermones.
Normalmente, los sacerdotes no recibían de forma automática esas licencias al ordenarse, sino que era frecuente que tuvieran que someterse a exámenes de teología y elocuencia antes de recibir el permiso definitivo para predicar los domingos. Por supuesto, si llegaba oídos del obispo que un sacerdote de su diócesis decía tonterías al predicar, se le retiraban las licencias y solo podía celebrar la Misa sin homilía.
Algo similar sucedía con la confesión. La ordenación sacerdotal no bastaba para confesar, sino que el sacerdote necesitaba una licencia explícita otorgada por el obispo (o superior religioso). Generalmente, se exigía que el nuevo presbítero demostrara su idoneidad para confesar y la prudencia y conocimientos teológicos y morales necesarios mediante un examen antes de que recibiera la licencia, que el obispo podía retirarle luego si lo consideraba oportuno.
Esta licencia era tan importante que, sin ella, la absolución de los pecados era inválida, además de ilícita. En efecto, el orden sagrado da la potestad de orden, pero la licencia otorga la potestad de jurisdicción, es decir, la facultad legal sobre personas específicas a las que el sacerdote puede confesar.
Por ello, las licencias podían ser generales o limitadas. Un cura podía tener permiso para confesar solo a los fieles de su diócesis, o un religioso solo a los miembros de su orden, y necesitar permisos especiales para confesar a otras personas. La única excepción, lógicamente, era el peligro de muerte, en el que cualquier sacerdote podía absolver válidamente.
El derecho canónico actual mantiene restos de todo esto, porque el principio que había detrás de las licencias para predicar y confesar sigue siendo válido hoy. Sin embargo, hoy esas licencias tienden a ser automáticas, sobre todo en el caso de la predicación (“los presbíteros y los diáconos tienen la facultad de predicar en todas partes” y basta con el “consentimiento al menos presunto” del párroco u obispo, can. 764). En el caso de la confesión, aunque el código actual lo detalla más, también prima el automatismo de conceder la facultad habitual y prácticamente universal de oír confesiones “por razón del oficio” de obispo, cardenal, párroco, vicario, etc., que además faculta para oír confesiones en cualquier lugar (can. 967).
De todas formas, incluso ahora el obispo diocesano sigue pudiendo retirar esas licencias (por ejemplo, los sacerdotes pueden predicar “a no ser que esta facultad les haya sido restringida o quitada por el Ordinario competente”, can. 764). Aunque lo habitual es que esto solo se haga en casos muy raros y graves, como los de abusos clericales (o curas molestos para el obispo), nada impediría que se volvieran a utilizar de forma habitual las licencias para predicar y confesar, y que se retirasen con naturalidad cuando hiciera falta en casos como el del sacerdote cántabro mencionado.
Es indudable que necesitamos algo así. La mayoría de los católicos han escuchado homilías en las que se dicen barbaridades y, por desgracia, también han visto que el predicador en cuestión no sufre ninguna consecuencia por ello: año tras año, seguirá predicando y destruyendo la fe de sus fieles. Aún más grave es que esto suceda en la confesión, en la que no es raro que un sacerdote diga al penitente que no hay nada de malo en acostarse con su novia “si hay amor”. O que divorciarse y volverse a casar es estupendo. O que usar o no anticonceptivos es algo que cada uno debe decidir por sí mismo. O innumerables errores más, que tendrán el efecto práctico de destruir el instinto moral y el sensus fidei de los penitentes.
Esta situación, por supuesto, requiere a la larga soluciones mucho más profundas, pero, como bien sugería Quintana Paz, las licencias para predicar y para confesar podrían servir para proteger un poco a los sufridos fieles. A fin de cuentas, para eso sirvieron durante siglos.
10 comentarios
Pero lo malo es también lo que mascullan a ocultas como la masonería, porque saben que en seguida van a ser señalados. SECTA JANSENISTA DETECTED.
Vamos Bruno deje de mirar con un sólo ojo, y encima enfermo.
No he asistido en mi vida a una Misa lefebvriana ni tengo ninguna intención de hacerlo, así que no puedo comentar nada sobre cómo son sus homilías. Desde luego, si en ellas hay fallos (además del grave fallo de justificar su cisma, que se presupone), se les puede aplicar todo lo dicho en el artículo.
En cuanto a las licencias para confesar, el Papa Francisco se las concedió, pero parece ser que León XIV se las ha retirado o se las va a retirar, así que sus confesiones no serán válidas.
Como no escucha, no se entera de ello, pero he repetido por activa y por pasiva en este blog que el comportamiento cismático de la FSSPX me parece indefendible y gravísimo, y he discutido multitud de veces con sus simpatizantes. Es absurdo que me considere lefebvriano o filolefebvriano. Me temo que se deja usted llevar por la libido insultandi (aunque es forzoso reconocer que en ocasiones sus insultos son ingeniosos y divertidos).
Je, je. Yo me había acordado de la película de Clint Eastwood, que se llamó en España "Licencia para matar", de ahí la imagen del principio.
Pero es mucho mejor la referencia que has hecho tú a la película posterior de James Bond del mismo título. En efecto, da la impresión de que algunos tengan licencia para matar el alma de los fieles. Qué terrible es eso y no parece que a las autoridades les importe.
No va a ocurrir, pero es divertido imaginarlo
Ningún Obispo se inmuta por esto y, como me dijo alguien una vez: el Obispo pega el grito al cielo, sólo si se habla en contra de él.
Lamentablemente, si lo de las Licencias para predicar, HOY se aplicara con la misma rigurosidad que antes, probablemente, a todos se les concedería sin mayor discernimiento. Talvez, la excepción se haría, más bien, con aquellos predicadores muy ortodoxos.
Pues incluso en las Escrituras tenemos constancia de que en el cielo ya hay, además de la Virgen María, al menos otros cuatro seres humanos en cuerpo y alma: el Señor Jesucristo, Henoc, Moisés y el profeta Elías.
El inmenso cielo lo podemos ver todos los días, y no habría resurrección de la carne ni humanos en el cielo, sin un lugar físico, Gehena de fuego incluida (posterior al infierno), "donde el gusano no muere y el fuego no se apaga" (cf. Mc. 9, 42-48; y simil.).
Con esa clase de sacerdotes no sería suficiente retirarles las licencias, pues también pueden presentar en plena misa, delante y alrededor del altar, como hizo este el mismo día, una danza "contemplativa-inclusiva", de hombres y mujeres ataviados con grandes faldones de diferentes colores, con cierta reminiscencia de la danza de los derviches sufís. Y, para colmo, mucha gente la aplaudió, y todos parecieron aceptar su herético sermón.
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