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30.12.05

752 - ONU: EL ATROPELLO DE LA CONFIDENCIALIDAD PARA LOS MENORES

ONU: EL ATROPELLO DE LA CONFIDENCIALIDAD PARA LOS MENORES.

Fuentes al pie.

Por Juan C. Sanahuja

Un ejemplo de resistencia. Para defender el orden natural y la propia familia no hacen falta permisos. Magisterio de Pablo VI y Juan Pablo II

Un ejemplo de resistencia

Ante el atropello del supuesto derecho a la "confidencialidad" de los menores de edad incluido en el Código de Deontología de los médicos catalanes, Dolores Voltas, endrocrinóloga, miembro de la Junta en la Asamblea del Colegio de Barcelona y de su Comisión de Deontología, presidenta de Pro-Vida España, y ex-miembro del Pontificio Consejo para la Familia, declaró el 21-09-05:

"La 'confidencialidad' puede poner en grave riesgo a los pacientes menores de edad. ¿Qué supuestos se contemplan cuando se alerta sobre un grave riesgo? La lista es larga: menor en tratamiento psiquiátrico que, por el deber de confidencialidad recogido en el Código de Deontología, el psiquiatra que lo atiende no informa a los padres de un posible riesgo de suicidio; menores que acuden a urgencias hospitalarias por coma etílico o con intoxicación por consumo de drogas y que salen de allí con un informe en la mano pero sin que nadie avise a sus padres; niñas que piden la píldora del día después en atención primaria -incluso antes de necesitarla- sin que nadie informe a sus padres, o menores con embarazos no deseados (inesperados) que no informan a sus progenitores o tutores legales y que, por tanto, no cuentan con su apoyo, 'decidan lo que decidan'. Los médicos siempre hemos sido considerados guardianes de la vida y de la salud, y deberíamos serlo también de la libertad, para que no derive en libertinaje. Por el médico pasa todo el mundo, y si él se planta y dice que eso no lo hace porque se puede provocar un mal irreversible, pues por ahí no se pasa".

Voltas a la cabeza de 111 médicos catalanes recurrió a la justicia que suspendió cautelarmente los artículos correspondientes. del Código de Deontología. El art. 33, que establece que el médico, en caso de tratar a un paciente menor de edad, "tendrá que respetar la confidencialidad respecto a los padres y tutores, y la voluntad del menor" si lo considera suficientemente maduro. Y el art. 59, que permite a los médicos practicar abortos o esterilizaciones a los menores "con suficiente madurez" sin el consentimiento de los padres.

En las presentaciones previas -administrativas- contrarias a la "confidencialidad", hechas ante el Consejo de Colegios Médicos de Cataluña fue acompañada por 434 médicos Tanto uno como otro grupo de profesionales -los 111 y los 434- merecen un especial reconocimento por las consecuencias que pueden tener estos actos ante el imperante totalitarismo de la cultura de la muerte.

Su actitud nos trae casi forzosamente a la memoria lo que enseñó Juan Pablo II: "A veces las opciones que se imponen son dolorosas y pueden exigir el sacrificio de posiciones profesionales consolidadas o la renuncia a perspectivas legítimas de avance en la carrera" (enc. Evangelium vitae n. 74, 25-03-95)

Para defenderse no hacen falta permisos

Como venimos insistiendo desde hace años, el lector lo verá por ejemplo en las referencias contenidas en esta gacetilla, uno de los objetivos prioritarios del Nuevo Orden Mundial para destruir la familia es abolir el instituto jurídico de la patria potestad.

Ya se ha perdido demasiado tiempo. Se requiere, pues, la reacción de los padres de familia y de los profesionales de la medicina y el derecho, "de otro modo las familias serán las primeras víctimas de aquellos males que se han limitado a observar con indiferencia", (vid. Juan Pablo II, Familiaris Consortio, n. 44, 22-11-81). Es imperativo recurrir a los variados medios de la resistencia civil pacífica, la negativa absoluta a negociar el orden natural sin concesiones o dialoguismos, el recurso a la objeción de conciencia, etc.

Para defender la propia familia y en general el orden natural, no se requiere permiso de nadie. Sería absurdo -con todo el respeto que nos merece toda jerarquía eclesiástica- que un ciudadano pidiera permiso al párroco, al Obispo del lugar, al director espiritual o a la autoridad de una institución de la Iglesia, para defender su casa de un robo, un saqueo o lo que es peor de una amenaza de violación de su mujer y/o de sus hijos.

Tampoco se requieren "permisos" para ejercitar el derecho natural de asociación entre varios ciudadanos con el fin de defender intereses comunes, si se cumplen las generalidades de la ley ni la autoridad civil ni la autoridad eclesiástica tienen derecho a interferir.

En materias de educación sexual y salud reproductiva o supuestos derechos sexuales y reproductivos, que siempre significan perversión de menores, promiscuidad y aborto encubierto, recordamos las palabras de Pablo VI: "Los seglares deben asumir como tarea propia la renovación del orden temporal, (…) pertenece a ellos, mediante sus iniciativas y sin esperar pasivamente consignas y directrices (de la Jerarquía), penetrar del espíritu cristiano la mentalidad y las costumbres, las leyes y las estructuras de su comunidad de vida", (Pablo VI, enc. Populorum Progressio, n. 81, 26-03-1967). FIN, 30-12-05

Fuentes: Propias; ABC, 17-09-05; Diario Médico, 21-09-05; Forum Libertas; (vid. NG 234, 332, 384-385, 388, 389-390, 392-393, 396-397, 401, 434, 440, 459, 488, 506, 532, 588, 602, 750, 751, entre otros)

7.12.05

751 - ONU-MÉXICO: DESAPARICIÓN DE LA PATRIA POTESTAD

ONU-MÉXICO: DESAPARICIÓN DE LA PATRIA POTESTAD Y REDEFINICIÓN DE EMBARAZO.

Fuentes al pie.

Por Juan C. Sanahuja

Reforma contra el orden natural. Argentina: Abolición de la patria potestad política de Estado. Dictamen de la Cámara de Diputados de México.

Reforma contra el orden natural

Las Comisiones de Salud y de Equidad y Género de la Cámara de Diputados de México acaban de aprobar el dictamen de reforma la Ley General de Salud en materia de Salud Sexual y Reproductiva, según los dictados del nuevo orden mundial.

El dictamen recoge las recomendaciones que han hecho al menos desde 1999, distintos organismos de la ONU (UNICEF, OMS y Organización Panamericana de la Salud, Fondo para la Población, Programa para el Desarrollo, etc.), en orden a abolir la patria potestad y asegurar "servicios confidenciales de salud sexual y reproductiva para adolescentes", insistimos en que salud reproductiva significa siempre, al menos, aborto encubierto (aborto por medios químicos). En caso de conflicto con las convicciones éticas de los padres, prevalecerá el capricho del adolescente.

Además la reforma mexicana incluye la redefinición de "embarazo", dando cabida a la distribución indiscriminada de los métodos abortivos englobados en la llamada "anticoncepción de emergencia" (DIU´s, "píldora del día después, o altas dosis de anticonceptivos de toma diaria), (vid. NG 588: ONU: Comité de la Convención de Derechos del Niño, Observación general sobre salud adolescente).

Abolición de la patria potestad: política de Estado

Recordamos que en Argentina desde el año 2001, siguiendo las mismas pautas del nuevo orden, la desaparición del concepto de patria potestad es política de Estado, lo que se viene cumpliendo sistemáticamente en la aplicación de las leyes nacionales, leyes provinciales, programas y reglamentaciones de salud sexual y reproductiva (aborto encubierto), bajo el pretexto de asegurar servicios confidenciales de salud reproductiva para adolescentes, (vid. NG 438)

Dictamen de la Cámara de Diputados de México

Trascribimos el dictamen aprobado por las Comisiones de Salud y de Equidad y Género de la Cámara de Diputados para modificar la Ley General de Salud en materia de Salud Sexual y Reproductiva:

Capítulo V: Salud Sexual y Reproductiva

Artículo 64: La prestación de servicios de salud sexual a adolescentes debe evitar condiciones de riesgo para su salud, el contagio de enfermedades sexualmente transmisibles y el embarazo de adolescentes, siendo de interés público la preservación de la seguridad, vida y salud de los menores adolescentes, por lo que se prohíbe toda injerencia arbitraria que pretenda desconocer su derecho a recibir la prestación de los servicios de salud sexual, por lo que la voluntad de los adolescentes tendrá relevancia jurídica, debiendo garantizarse que el adolescente reciba información suficiente para formarse un juicio propio, tenga el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos de salud que lo afecten.

Artículo 65: En caso de conflicto entre las necesidades de salud sexual y reproductiva de los adolescentes y las decisiones, creencias religiosas o ideología de las personas que ejerzan la patria potestad o los representen legalmente, deberá prevalecer el principio de interés superior de los menores.

Capítulo VI: Planificación Familiar y Anticoncepción (Artículo 71 bis 1)

Para efectos de lo dispuesto en este capítulo, por embarazo se entiende la parte del proceso de reproducción humana que comienza con la implantación del embrión y termina con el nacimiento o con un aborto, por lo que se considerarán como métodos anticonceptivos todos aquellos cuyos efectos actúen hasta antes de que tenga lugar la implantación. (vid. como antecedente, NG 234: México: Cambios en la definición de embarazo para justificar el aborto, 21-09-99, en que reproducimos algunos textos de la actualización de la norma oficial mexicana Nom-005-SSA2-1993, de los servicios de planificación familiar, agosto 24, 1999). FIN, 07-12-05

Fuentes Propias; Familia Mundial (Juan M. Dabdoub Giacoman). (vid. NG 234, 332, 384-385, 388, 389-390, 392-393, 396-397, 401, 440, 459, 488, 506, 532, 588, 602, 750, entre otros)

4.12.05

750 - ONU: IDEOLOGIZACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.

ONU: IDEOLOGIZACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.

Fuentes al pie.

Por Elena Brañas

Día contra la Violencia hacia las Mujeres: una fecha feminista. La ONU. Campaña: el derecho humano al aborto. Argentina: Campaña por del Derecho al Aborto. México: la violación marital. Las recomendaciones de la OMS:

Toda clase de violencia contra cualquier persona, sea mujer u hombre, es repudiable, pero las Naciones Unidas han convertido la violencia contra la mujer en una cuestión ideológica que más que intentar solucionar problemas reales los aumenta.

Así como ideologiza las campañas contra el SIDA, o el auxilio a los refugiados y a las víctimas del tsunami, enviándoles como primera ayuda equipos de emergencia para "salud reproductiva", en el caso de la violencia contra la mujer de lo que se trata no es de evitarla o prevenirla, sino de usarla como excusa para que sea reconocida jurídicamente la llamada "libertad reproductiva", es decir el "derecho al aborto legal y seguro". Tengamos en cuenta que para el feminismo, apoyado en las recomendaciones de los comité de derechos humanos de la ONU, ya es violencia contra la mujer cualquier impedimento -legal, familiar, social- que impida el aborto en cualquier momento del embarazo.

Día contra la Violencia hacia las Mujeres: una fecha feminista

El 25 de Noviembre fue declarado el Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres en el primer Encuentro Feminista para América Latina y el Caribe, celebrado en Bogotá del 18 al 21 de julio de 1981, "para denunciar la violencia de género, desde agresiones domésticas, a violaciones y tortura sexual o violencia de estado". Dice la información feminista que el día se eligió para conmemorar el asesinato de las tres hermanas Mirabal, ocurrido el 25 de noviembre de 1960, en República Dominicana y atribuido a la policía del dictador Rafael L. Trujillo.

La ONU

El 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (A/RES/48/104). El 17 de diciembre de 1999, a través de la resolución 54/134, la misma Asamblea General declaró el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

La ONU creó el cargo de relatora especial sobre la violencia contra la mujer, actualmente detentado por Yakin Ertürk (Turquía), su tarea es denunciar ante los comités del sistema de derechos humanos: "todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada".

Campaña: el derecho humano al aborto

También ese día comienzan para el feminismo los llamados "16 días de activismo por contra de la violencia hacia la mujer". La organización abortista Isis Internacional puso este año su "punto focal" para América Latina y el Caribe en esa campaña que se extiende hasta el 10 de diciembre, aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos

Los días centrales de la campaña son el mismo 25 de noviembre. El 1 de diciembre, día mundial del SIDA. El 6 de diciembre, aniversario de la matanza de Montreal (día en el que un demente en 1989, disparó a los alumnos -mujeres y hombres- de un college canadiense, matando a 14 mujeres; el hecho que no fue exactamente un acto de violencia exclusivo contra las mujeres fue ideologizado por el gobierno "progresista" canadiense en 1991, declarándolo día nacional de Recuerdo y Acción sobre la Violencia Contra las Mujeres). Y por último, el día internacional de los derechos humanos, el 10 de diciembre.

Una prueba de la ideologización del 25 de noviembre, es que ese día fue elegido por las feministas en Argentina para concluir "Campaña por el derecho al aborto", ampliamente apoyada por el gobierno de Kirchner, especialmente por su ministro de salud y ambiente, el médico abortista Ginés González García, (vid. NG 745-746).

En ese contexto la senadora feminista Marita Perceval propuso al Senado, aunque no se logró, votar el proyecto para dar rango constitucional a la Convención Interamericana de Belem do Pará, documento "madre" del feminismo. Las activistas aunque no festejaron en Argentina, lo hicieron en México: la Corte Suprema de ese país cambió la jurisprudencia y siguiendo las recomendaciones generales de los tratados de derechos humanos de la ONU, aceptó la figura de la violación marital, judicializando las relaciones propias de la vida conyugal.

Las recomendaciones de la OMS

Con motivo del 25 de noviembre, la Organización Mundial de la Salud dio a conocer un informe preliminar sobre la violencia contra la mujer en el mundo.

Si bien el informe hace referencia a otros aspectos, llama la atención el enfoque ideológico sesgado, orientado hacia una concepción meramente genital de la violencia contra la mujer, reafirmando el empeño en presentar como la panacea anti violencia, la aplicación de los llamados derechos sexuales y reproductivos: contracepción; anticoncepción de emergencia (aborto químico); "educación sexual", que se reduce a las fracasadas políticas de "sexo seguro"; y "confidencialidad", es decir, la no intervención de los padres, responsables legales y, en su caso, del poder de policía del estado.

Aclaramos e insistimos que "salud reproductiva" significa siempre aborto encubierto, a través de la distribución de abortivos farmacológicos y que la misma OMS ha declarado que esas políticas han de ser complementadas por leyes que autoricen el aborto quirúrgico. (NG 332, 23-07-00)

Algunos objetivos

El informe señala algunos objetivos que en teoría erradicarían la violencia contra las mujeres. "El sector salud posee un potencial único para tratar la violencia ejercida contra la mujer, en particular a través de los servicios de salud reproductiva. (…) El Objetivo de Desarrollo del Milenio sobre la educación de las niñas, la igualdad de género y la potenciación de la capacidad de acción de la mujer es un reflejo del reconocimiento de la comunidad internacional de que la salud y las cuestiones de género y desarrollo están estrechamente conectadas entre sí", declara en el prólogo del informe, Joy Phumaphi, Subdirector General, Salud de la Familia y la Comunidad (OMS)

Dice por ejemplo la recomendación 7: "Integrar las respuestas a la violencia contra la mujer en programas existentes para la prevención del VIH y el SIDA, así como para la promoción de la salud de los adolescentes". (…) "Deben desarrollarse estrategias para responder a la situación de mujeres que están sufriendo o temen sufrir actos violentos y que acuden a los servicios de lucha contra el VIH, de planificación familiar u otros servicios de salud sexual y reproductiva. Los programas de salud sexual y reproductiva, así como aquellos que se centran en fomentar la salud de los adolescentes, deben abordar asimismo la violencia infligida por la pareja, la coacción y el sexo forzado". (Es decir, por ejemplo, la distribución del los abortivos para contracepción de emergencia, como la llamada píldora del día después, también a menores sin conocimiento de sus padres).

La recomendación 9, involucra al sistema educativo desde los primeros años de la enseñanza pre-escolar, educación sexual sin intervención de los padres: "Los programas escolares sobre salud, como los programas de prevención del VIH y de salud reproductiva -en particular, aquellos que tratan sobre las infecciones de transmisión sexual y los embarazos no deseados entre adolescentes-, deberán abordar cuestiones de género, capacidad y consentimiento" (…). (Es decir, en cuestiones relativas a la sexualidad todo es aceptable mientras sea consentido y se "eviten" las consecuencias: contagios de enfermedades y embarazos inesperados).

"Con el fin de garantizar su eficacia, los programas deberían comenzar temprano, hacer que participen tanto niñas como niños (…)" (Es decir, fomentado la promiscuidad, eso sí, consentida). "Dichos programas también deberían estar respaldados por las correspondientes políticas escolares, por un entorno escolar favorable, y los servicios de salud en la escuela". (Es decir, por ejemplo, como en el Reino Unido, donde en que los colegios se suministra a las alumnas el abortivo "píldora del día después").

La recomendación 10 dice: "En lo que se refiere a los servicios, las respuestas a la violencia contra la mujer deberán integrarse en todos los ámbitos de la atención -los servicios de emergencia, los servicios de salud reproductiva como la atención prenatal, la planificación familiar y la atención postaborto, los servicios de salud mental y los servicios relacionados con el VIH y el SIDA- (…)". "Los profesionales de la salud (…) sean capaces de prestar una atención adecuada o derivar los casos cuando sea necesario, que mantengan la confidencialidad, para no reforzar sentimientos de estigma y de culpa". (Es decir, por ejemplo, como en Brasil donde sin intervención policial, por resolución del ministerio de salud, los médicos deberían practicar el aborto en cualquier momento del embarazo a cualquier mujer que declare que el mismo es fruto de una violación, vid. NG 697).

En todo el informe, ni una sola mención a la dignidad de la persona, ni a los derechos-deberes de los padres en el caso de los adolescentes, ni a la enseñanza del autodominio y la templanza, etc.. sólo parches que no solucionan nada, sino que se podría decir que pretenden apagar el fuego con nafta, en definitiva una muestra más de la reingeniería social del nuevo orden mundial. FIN 04-12-05

Fuentes: Propias; WHO, Multi-country Study on Women's Health and Domestic Violence against Women Initial results on prevalence, health out comes and women's responses, 24-11-05; Informe del Secretario General A/60/170, 29-07-05, Aplicación de la Conferencia de Beijing (1995) y de la sesion extraordinaria de la Asamblea General Beijing+5 (2000). (Vid. NG 332,558, 620, 643, 697, 726, 728-729).