¿Se puede bautizar a un niño de una pareja homosexual?
Aprovecho una consulta que me hicieron sobre el tema.
El caso es el de dos mujeres, una de ellas madre biológica de una niña, que vive su lesbianismo de modo público. Pide el bautismo de su niña.
Respuesta breve:
20 comentarios
Sinceramente creo que la Santa Sede debería precisar o delimitar mejor el contenido de este canon, para evitar ciertas tragaderas a veces impuestas por las misma diócesis y otras situaciones de descomunión que generan escándalo en los fieles.
Todo eso partiendo siempre de que, como dice el P. Olivera Ravas, la mayor caridad es predicar la verdad.
2. En la Iglesia Católica, para que un Sacramento sea válido, es decir, que realmente ocurra el Sacramento y produzca lo que significa, es necesario que se cumplan los elementos fundamentales (ministro, materia, forma, intención). Pues, si falta alguno esencial, el Sacramento es inválido: externamente puede parecer celebrado, pero sacramentalmente no sucede.
3. Los elementos esenciales para que sea lícito son: Ministro válido; Materia válida; Forma válida; Intención de hacer lo que hace la Iglesia; Sujeto capaz y con las disposiciones requeridas.
4. Sujeto capaz y con las disposiciones requeridas. ¿Qué edad tiene la niña? Si es un bebé o sin uso de razón, deben darse las disposiciones requeridas para que la Iglesia pueda administrar lícitamente el Bautismo, porque si falta una esperanza fundada de educación cristiana no sería lícito.
5. El Bautismo de un bebé incorpora a la Iglesia, lo hace miembro del Cuerpo de Cristo. Los padres y padrinos asumen obligaciones respecto a la fe del bebé que no tiene capacidad de adquirir conocimiento de la fe católica. Pues, si todos dicen explícitamente: “No queremos transmitir la fe católica”, surge una contradicción práctica entre pedir el Sacramento y rechazar aquello a lo que el Sacramento ordena. Y esto es independiente al tipo de pecado de padres y padrinos. Al menos, uno de los padres debe vivir y testimoniar su fe católica, privada y públicamente. Por tanto, faltan las condiciones exigidas por el Código de Derecho Canónico para administrarlo.
6. Recordemos lo que dice Nuestro Señor Jesucristo: quien crea y se bautice se salvará.
7. Por eso el hogar debe ser una Iglesia pequeña que enseñe los Mandamientos y el Evangelio. El Bautismo por sí solo es condición necesaria de injerto de divinidad y don de las virtudes teologales, pero insuficiente sin la traditio y el fiat (creer). Ante el peligro de muerte el Bautismo es válido y lícito (ministro, materia, forma, intención). El Bautismo normalmente lo administra un sacerdote o diácono; en necesidad puede bautizar cualquier persona, incluso no bautizada, si tiene la intención correcta.
"...si falta por completo esa esperanza (la de una educación católica), debe DIFERIRSE el bautismo...".
Si el Bautismo es “ABSOLUTAMENTE” necesario para la salvación del niño, ¿cómo es que la Iglesia propone RETRASARLE la recepción del Sacramento?
¿Qué tal si ese niño fallece antes de que sus padres se conviertan y se dé entonces la garantía que la Iglesia pide?
No hay que alarmarse: lo expresado por el Canon de marras, está en consonancia con lo que enseñan el Concilio Vat. II y el actual Catecismo de la Iglesia Católica en el sentido de que hay esperanza de salvación para quienes, sin haber mediado una decisión personal, han desconocido el Evangelio y han carecido de los Sacramentos.
Al respecto viene bien recordar lo que ya había enseñado el Papa Pío IX en su Encíclica Quanto Conficiamur, de agosto de 1863:
“…Dios, que manifiestamente ve, escudriña y sabe la mente, ánimo, pensamientos y costumbres de todos, no consiente en modo alguno, según su suma bondad y clemencia, que nadie sea castigado con eternos suplicios, si no es reo de CULPA VOLUNTARIA”.
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Es por la salvación de esa alma que no se la debe bautizar: si no, si así fuera, habría que ir con manguera a todos los países moros, bautizando desde un helicóptero a todas las personas, sabiendo que luego no seguirán la Ley de Dios por no tener instrucción. Doctores tiene la Iglesia... PJOR
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No; si así lo fuera, no habría que haberles predicado a los indígenas de América. Lo que se necesita es la misión. Bendiciones. PJOR
Personalmente entiendo que la mera asistencia parecería una "aprobación".
Lo peor, que su hija sí fue bautizada sin haberse arrepentido ella de nada, pues a día de hoy seis años después, lleva a esa inocente niña a sus pregones y le inculca que si el día de mañana quiere ser lesbiana, que lo sea.
Y a todo ésto, tiene la poca vergüenza de declararse católica y atacar a la Iglesia por no dar la comunión a parejas unidas en gaymonio o bollonomio.
Y además, quiere que su hija haga la comunión. Es URGENTE, que los obispos denieguen los sacramentos a los hijos de estas personas pues no les están educando en la fe.
Otra cosa sería el bautizo de un adulto, que comprende su situación, y ahí sí que es lógico diferir el bautizo hasta que encaje su modo de vida con el modo cristiano.
Dios quiere que todos los hombres se salven y lleguen al conocimiento de la Verdad. La Misión de la Iglesia es anunciar el Evangelio a todos, absolutamente a todos.
"Bautizar a un niño de una pareja heterosexual sin fe o adúlteros, etc también es un sacrilegio, debería tener las mismas exigencias de conversión. No se puede ser tan laxo sólo porque su pecado no sea contranatura. Así va la Iglesia... "
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El Canon 868, parágrafo 2 dice, textualmente:
“(Para bautizar lícitamente a un niño, se requiere:)
que haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica …”
No se dice más,
por lo tanto, se entiende que se refiere a TODAS las situaciones de pecado grave, del tipo que sean.
Pues no sé qué esperanza fundada puede haber en una pareja sin fe y sin motivación por ella, por muy heterosexual que sea.
El P. Olivera salva a éstas de la necesidad de conversión, al contrario que a las parejas de homosexuales por un criterio totalmente superficial, nada espiritual y motivado más bien por sus obsesiones. Una pareja heterosexual sin fe, a día de hoy está radicalmente alejada de Dios, por mucho que parezca más "convencional".
Merecería la pena una aclaración de estas palabras de Jesucristo.
2º Si un progenitor está muerto, es el otro el que debería decidir sobre el bautismo de la criatura, de lo contrario, ambos deberían estar de acuerdo para bautizarla, es decir, el sacramento exige la autorización de ambos cónyuges. Todo ello suponiendo que la criatura todavía no ha alcanzado edad para decidir sobre sí misma conforme a derecho canónico.
3º "“que haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica; si falta por completo esa esperanza, debe diferirse el bautismo, según las disposiciones del derecho particular, haciendo saber la razón a sus padres (Canon 868 § 2)."
Este precepto es imposible de constatar por parte de sacerdote alguno (salvo que sea un santo místico), incluso entre padres bautizados y casados canónicamente y no separados. Y no son pocos los que se quejan de celebrar los sacramentos de iniciación en vano, burlándose del Señor.
¿Cómo se puede tener esa esperanza "fundada"?¿Simplemente preguntándole a los progenitores sin cumplirán con sus deberes como padres?¿Y si mienten, cómo podrá presuponérseles que van a responsabilizarse de la educación católica si vienen a pedir el bautismo? Lo que debe hacer un sacerdote es exigir acudir tanto padre como madre a misa al menos domingos y fiestas de guardar, y a catequesis de adultos para que formen a la criatura en la fe católica. Deben comprometerse con firma de documento por escrito.
4º "fornicarios, adúlteros o concubinarios, también cometen pecado mortal, pero no son contra natura como lo es la homosexualidad (Catecismo 2357)."
¿El pecado de fornicación o de adulterio, pecados mortales conducentes al infierno, no son "contra natura"?
¿Cómo que TODO lo que no sea fidelidad conyugal en el matrimonio canónico hasta la muerte (Mt 19, 3-9), no es "contra natura"?
¿Quién establece, sino Dios Creador de toda la naturaleza, lo que es y no es "contra natura"?
¿Hay pecados que NO son "contra natura"?
¿No creó Dios al hombre y a la mujer (que no al homosexual, al concubino o al adúltero)?
¿No instruyó Dios mismo el matrimonio, es decir, la relación NATURAL entre hombre y mujer (que no el adulterio, la fornicación o el concubinato, que eso no lo creó Dios)?
¿Entonces, a qué viene eso de decir que "no son contra natura" esos horrorosos pecados, mucho más numerosos que los de Sodoma y Gomorra, y que tantísimo ofenden a Dios, Creador de hombre y mujer, y tantísimo mal han traído y traen al mundo?
¿No es el hombre, creado a imagen de Dios, cuerpo y alma, es decir, carne y espíritu?
¿Estamos en plan hereje político diplomático desatado o qué?
Y en el caso de concubinos, adúlteros y fornicarios: "¿qué le dirán a la niña cuando crezca y pregunte por el sexto mandamiento? ¿y sobre que Dios nos creó hombre y mujer?(Gén 1,27) ", y añadamos Mt 19, 3-9. ¿Le dirán que fornicar, cometer adulterio o unirse en concubinato no es vulnerar el sexto mandamiento y apuñalar al Señor en su Sacratísimo Corazón, porque "no son contra natura", especialmente estando bautizados, ¿o es que el pecado no ofende al Señor gravísimamente?
Tan ofensivo es al Sacratísimo Corazón de Jesús un pecado mortal que otro, homosexualidad como adulterio como cualquier otro. Pero el adulterio está muchísimo más extendido. Y ojo, porque todo adúltero arderá en el infierno, como dice santa Teresa: para SIEMPRE, SIEMPRE, SIEMPRE. Todo pecado mortal persistente y sin arrepentimiento en confesión asidua, contrición y propósito sincero de enmienda lleva al infierno eterno con esa pena que para los lujuriosos cita el Kempis, Imitación de Cristo en su primer libro capítulo 25.
TODO pecado es CONTRA NATURA. Pues Dios NO creó el pecado. Creó la NATURALEZA y vio que ésta estaba muy bien, pero no creó el pecado.
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