Cadena perpetua

El debate sobre la cadena perpetua no es nuevo pero parece que esta vez se plantea en serio. Tengo pocas dudas de que una gran mayoría de españoles votaría a favor de la implantación de la cadena perpetua para los delitos más graves. Tengo aún menos dudas de que con los actuales dirigentes políticos, tanto los del partido en el gobierno como los del principal partido de la oposición, las posibilidades reales de que el tema llegue siquiera a votarse en el parlamento son cercanas al cero absoluto. La democracia en este país consiste en que tú eliges a quienes los partidos políticos te permiten elegir y luego, salvo milagro, no te permiten votar sobre nada más.

En todo caso, por ahora no está prohibido debatir sobre este asunto. Ahora bien, para empezar, el artículo 25.2 de la Constitución Española asegura que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social“. Lo cual, como declaración de principios, queda “mu mono", “mu bonito” y “mu avanzao", pero luego llega esa señora fea y gruñona llamada realidad a poner las cosas en su sitio. A saber, que las cárceles no son centros de rehabilitación sino, en no pocas ocasiones, más bien lo contrario. Sin que ello implique que no haya casos en que los presos realmente se rehabilitan.

Son varios los juristas que aseguran que la cadena perpetua no encaja con ese artículo constitucional. Pero como lo que en realidad se está pidiendo es que dicha pena sea revisable, y supongo que sujeta a una posible rehabilitación real del delincuente, pues no creo que hubiera demasiados problemas en superar el trámite del TC ante un posible recurso.

Yo ni estoy ni dejo de estar a favor de la cadena perpetua. Sí que estoy a favor de que determinados delitos reciban mayor pena. En este país matar sale bastante barato. Y robar, ni les cuento. De hecho, es sabido que determinadas mafias europeas se viene a España a delinquir porque si finalmente les pillan, pasarán mucho menos tiempo en la cárcel que en cualquier otro país europeo. Lo que no puede ser es que quien asesina a una persona a los 20 años, pueda salir tranquilamente a la calle al cumplir los 40 o los 45. No puede ser que quien abre la cabeza a un matrimonio para robarles en el chalet, salga tan campante a los 15 años de cometer semejante salvajada. Y menos puede ser que quien ha violado a 20 mujeres, cumpla la misma pena que si hubiera violado a dos. O que si vuelve a reincidir en la violación, salga de la cárcel en el resto de su vida. Precisamente es en esos casos, de reincidencia demostrada que pone en peligro al resto de la sociedad, donde yo sí vería justificada la cadena perpetua. Hay gente que, sencilla y llanamente, no puede vivir fuera de la prisión porque es una amenaza para la vida de los demás. Y si el Estado no está para protegernos de esos sujetos, ¿para qué está?

Como cristiano, creo firmemente en la posibilidad de la conversión. No pretendo que el ámbito del derecho civil y penal se guíe por el principio sacramental de “pecado, arrepentimiento, confesión y absolución inmediata con penitencia", pero sí que debe darse lugar a la reconciliación del delincuente con la sociedad. Pero no se puede ignorar el principio descrito por San Pablo en Romanos 13,3-3: “En efecto, los magistrados no son de temer cuando se obra el bien, sino cuando se obra el mal. ¿Quieres no temer la autoridad? Obra el bien, y obtendrás de ella elogios, pues es para ti un servidor de Dios para el bien. Pero, si obras el mal, teme: pues no en vano lleva espada: pues es un servidor de Dios para hacer justicia y castigar al que obra el mal“. En el actual sistema parece que eso de “castigar” al que obra el mal queda en un muy segundo plano. Pero no hay justicia verdadera allá donde prevalecen los supuestos derechos de los malvados sobre el derecho de los justos a vivir en paz.

Luis Fernando Pérez