InfoCatólica / La Mirada en Perspectiva / Archivos para: Agosto 2019

29.08.19

(380) Toda esta oscuridad

El Hijo todo lo hace pensando, primero, en su Padre, incluso nuestra justificación. La Madre todo lo hace pensando, primero, en su Hijo, incluso nuestra protección. María nos guarda para Él.

 

Recién se ora salió el sol y maduraron los membrillos. El Hortelano trabaja y su Madre también.

 

Recuerda que Cristo es viviente en María. Nunca, en el apostolado, se separe al Señor del seno materno.

 

La mañana es más fresca y gozosa en torno al Sagrario.

 

El tiempo de Sagrario alimentó la mañana y se deshizo en claridades.

 

Suele el santo rosario ser capricho de repeticiones, como la terca obstinación de cuando niños. Una insistencia inoportuna y sin remedio, como del hijo a su madre.

 

Madre, toda esta oscuridad, como de seno en que se guardan cosas, hasta el día del desvelamiento. En que entender será un regalo, y ver lo entendido un premio. No a hechura estricta del derecho, como si el don se debiera; sino según el grado de merced. Como en la oscuridad el pordiosero, a tientas, recibe y entrega.

 

Tradición significa maternidad de María: que el católico es accipiens, recipiente del legado; y al mismo tiempo tradens, quien lo entrega, intacto y sin mancha, a las generaciones venideras.

 
La Madre guarda dentro cosas que nadie sabe, ni la Tradición. Tiene primicias de sabiduría que sólo Dios conoce. Pero es en el Paraíso que todos los frutos se habrán de abrir y conocer, porque hay Hortelano y no estará solo. Hijo, no tienen vino, volverá a decir la Madre. Y toda sed de misterio tendrá su mosto.
 
 
(Ilustración de portada: Nuestra Señora de la Cristiandad. Acrílico por Alonso Gracián).
 

25.08.19

(379) Tres objeciones al concepto de autodeterminación

«Pues si vosotros, que sois malos, sabéis dar cosas buenas a vuestros hijos, ¡cuánto más vuestro Padre que está en los cielos se las dará también a quienes se las pidan!» (Mt 7, 11)

«Ante todas estas cosas declara el santo Concilio, que para entender bien y sinceramente la doctrina de la Justificación, es necesario conozcan todos y confiesen, que habiendo perdido todos los hombres la inocencia en la prevaricación de Adán, hechos inmundos, y como el Apóstol dice, hijos de ira por naturaleza, según se expuso en el decreto del pecado original; en tanto grado eran esclavos del pecado, y estaban bajo el imperio del demonio, y de la muerte, que no sólo los gentiles por las fuerzas de la naturaleza, pero ni aun los Judíos por la misma letra de la ley de Moisés, podrían levantarse, o lograr su libertad; no obstante que el libre albedrío no estaba extinguido en ellos, aunque sí debilitadas sus fuerzas, e inclinado al mal.» (Trento, ses. VI, cap. 1)

 

La idea de autodeterminación que actualmente se está divulgando bastante entre católicos, con variantes según quién la explique, dice más o menos así:

El hombre tiene la capacidad personal de autodeterminarse mediante sus actos. Si realiza actos buenos se hace bueno, si realiza actos malos se hace malo. Conforme al principio personalista, que dice que la acción precede al ser. (Recordemos que el pensamiento tradicional dice lo contrario: que la acción sigue al ser).

A esta idea de la autodeterminación hacemos algunas objeciones, aparte de las ya expuestas en otros posteos, y de las que seguiremos exponiendo Dios mediante.

En primer lugar, el acto malo no es capacidad del albedrío sino posibilidad, no es indicio de salud  sino de enfermedad; no es signo de libertad ordenada sino de su enajenación voluntaria. Luego la autodeterminación al mal no es capacidad del hombre sino posibilidad, no es facultad o cualidad sino abuso de ellas. Hay un abismo entre la elección del acto bueno y la elección del acto malo.

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18.08.19

(378) Del bien común confundido, y la desavenencia entre individuo y persona

El fin último del ser humano es Dios. Pero Dios no como bien meramente particular, sino sobre todo como bien común. Bien común, incluso, ¡de todo el universo! Sólo bajo esta perspectiva, la del bien común, entendemos mejor el sentido del castigo divino, de la distribución irregular de gracias, de la permisión del mal para la obtención del bien (no extrayéndolo del mal, ojo, sino con ocasión de éste).

El bien particular no tiene supremacía sobre el bien común. Y es que la distinción maritainiana, en un mismo sujeto, de individualidad y personalidad, ha deformado el concepto de bien común y, con ello, de la providencia divina. En consecuencia, y por desgracia, la espiritualidad cristiana se ha vuelto menos providencialista y más voluntarista.

La individualidad, a ojos del personalismo — lo comprobamos en Maritain, Guardini o Ratzinger, por ej.— es lo que el hombre tiene en común con el animal, con la especie, con lo biológico, con las sustancias, con el mundo físico. Según Teilhard de Chardin, está en evolución. Por eso las antiguas “disciplinas", como el derecho natural, que leen lo justo en el orden de las sustancias, dejan de tener validez para el mundo evolucionado de hoy; se precisa un sistema conceptual nuevo, moderno, fenomenológico; el de los derechos humanos. (Recuérdese que fue ésta la tesis mantenida por Ratzinger en su debate con Habermas, para justificar su no elección del recurso al derecho natural en aquella leve “disputa”).

La personalidad, sin embargo, a ojos del personalismo, es otra cosa bien distinta, que nada tiene que ver con la individualidad. Es la dimensión espiritual del hombre, que le distingue de los animales. Romano Guardini, por ejemplo, basa su estudio sobre ética en dejar bien clara esta distinción: ¡cuánto se diferencia la persona de los animales! Los animales ni siquiera existen, dice en otra parte, siguiendo, cómo no, a Heidegger. 

La personalidad, en la idiosincrasia personalista, no forma parte del orden cosista de las sustancias ni del mecanismo de lo objetivo. (La distición sujeto/objeto está más que superada. Todo es misteriosísimo. ¡No seamos objetivistas!) Es algo totalmente diferente. Y es que, para esta mentalidad, estando el concepto de sustancia tan pasado de moda debido al evolucionismo; estando el concepto de sustancia tan anclado en la cosmovisión escolástica, y siendo un concepto tan cosista, mejor es no utilizarlo ni siquiera para hablar de la transusbtanciación, preferible es relacionar ésta con la Encarnación; ni del concepto de persona, como hace Mounier, (que sin embargo, aun estando contra el concepto de sustancia, no es anti-sustancialista, como se explica en los manuales de personalismo; es que, simplemente, no le gusta utilizarlo, porque es cosista, y Dios nos libre de la (como diría Guardini) dictura de pensamiento cosista.

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12.08.19

(377) Ideas claras sobre el personalismo

1.- ¿Qué es el personalismo?— La escuela filosófica y teológica que introduce en el pensamiento católico la concepción moderna de persona.

Para dicha introducción se vale de dos recursos: primero, espiritualizar el existencialismo ético; segundo, sustituir la síntesis clásica aristotélico-tomista por el método fenomenológico.

 

2.- ¿En qué consiste el concepto moderno de persona?— En la fragmentación del hombre en dos partes, una dimensión material y objetiva, que es el individuo; y otra espiritual y subjetiva, que es la persona. La primera subordinada al Estado, la segunda, por encima de él.

(La parte personal es considerada un fin absoluto en sí mismo y un todo insubordinable a otro valor superior, como podría ser, por el ejemplo, el bien común).

Es una separación que, explícita o implícitamente, en mayor o en menor medida en unos autores o en otros, tiene consecuencias sociales y morales, siendo la proyección política de esta separación el liberalismo de tercer grado, y su doble cristianismo o doble ciudadanía: como individuo-ciudadano, el hombre se atiene al orden temporal, que pretende ser autónomo y laico. Como persona creyente, el hombre vive privadamente en el orden de los valores espirituales, que tiene su propio ámbito al margen. Siendo el nexo de unión entre ambos mundos el testimonio personal.

 

3.- ¿Cómo concibe el personalismo las potencias del alma?— El personalismo profesa la primacía de la voluntad sobre el entendimiento, y adjudica a la memoria un papel imaginativo y afectivo.

 

4.- ¿Cómo entiende la libertad?— Como potestad independiente y autónoma que “Dios respeta"; como libertad negativa moderna en su doble acepción: I) como capacidad de elegir, indiferentemente, el bien o el mal, y II) como facultad o poder de autodeterminación axiológica y antropológica (de la subjetividad personal, no sólo de la voluntad).

Es la libertad que, según cree, proporciona la autoconciencia y la autoposesión, señales distintivas, para el personalismo, de existencia auténtica y de ser personal.

 

5.- ¿Cuál es, para el personalismo, la expresión fundamental de la libertad?— El derecho a la libertad de conciencia y religión, entendida como en el art. 18 de la Declaración de los derechos del hombre de la ONU, de 1948: esto es, como derecho civil a elegir y practicar sin coacción alguna la religión o forma de religiosidad que se prefiera, cambiarla por otra o no profesar ninguna.

 

6.- ¿En qué principio sustenta el derecho civil a la libertad religiosa?— En la dignidad humana téorica, esto es, la dignidad ontológica al margen de la herida original, y separadamente de la dignidad moral y de la dignidad sobrenatural.

 

7.- ¿Cómo interpreta la ley moral?— Como norma convencional, en el sentido de ley meramente penal: o sea, como conjunto de normas directivas que no obligan moralmente por sí mismas, sino sólo en función del consentimiento otorgado.

Por eso prefiere hablar, en lugar de mandamientos o preceptos de la ley moral, de normas generales. Y de la ley natural como inspiración subjetiva y particular (y no como regla objetiva y universal de acción).

 

8.- ¿Cómo concibe la tradición?— Como progreso y no como traditio (entrega).

 

9.- ¿Cuál es su concepción jurídica?— No el iusnaturalismo clásico, basado en la naturaleza de las cosas, (conocida por la razón teorética); sino el iusnaturalismo racionalista, basado en la reflexión teórica y el historicismo evolucionista. 

 

10.- ¿Cuál es su concepción política?.— El personalismo político profesa la separación del orden natural y sobrenatural respecto del orden político-social, o sea el liberalismo de tercer grado. Caracterizado, en definitiva, por la relegación de la religión al ámbito doméstico. 

 
 
David González-Alonso Gracián
 
 

6.08.19

(376) Verdades sobre el estado de gracia (silenciadas, desconocidas, apenas predicadas)

EL ESTADO DE GRACIA

La necesidad de estar en estado de gracia significa la necesidad de confesarse en cuanto se cometa un pecado mortal, y así poder recuperar dicho estado.

El estado de gracia es necesario para poder merecer, para aumentar la gracia, para no ser enemigo de Dios y ser grato a sus ojos.

 

1.- Definición.— Estado de elevación sobrenatural producido por la gracia santificante.

 

2.- Por qué es una “elevación".—  Porque está «por encima de todas las cosas naturales, trascendiendo y rebasando la naturaleza toda y haciéndonos entrar en la esfera de lo divino e increado. Santo Tomás ha podido escribir que la más mínima participación de la gracia santificante, considerada en un solo individuo, supera y trasciende el bien natural de todo el universo» (ROYO MARÍN, Teología de la perfección cristiana, n. 32).

 

3.- ¿El estado de gracia es permanente?.— No, se pierde con cualquier pecado mortal. (Suma II-II, q.24, a.11ss). No se pierde con el pecado venial

Trento, ses. VI, cn.27: «Si alguno dijere que no hay más pecado mortal que el de la infidelidad, o que por ningún otro, por grave y enorme que sea, fuera del pecado de infidelidad, se pierde la gracia una vez recibida, sea anatema»

 

4.- ¿Qué significa ser justo o estar justificado?.— Ser justo o estar justificado es lo mismo que estar en estado de gracia. Porque la gracia que da el estado de gracia se llama gracia de la justificación. Es la gracia que da la cualidad de la justicia sobrenatural.

Sinónimos: gracia habitual, gracia que hace amigo (gratum faciens).

 

5.- ¿Todos los hombres están en estado de pecado?.— No, «los hombres se dividen en justos y pecadores» (IBÁÑEZ Y MENDOZA, Dios Santificador: I, la gracia. Palabra, Madrid, 1983, Tesis 21, pág. 161.) O sea, los que están en estado de gracia y los que están en estado de pecado mortal.

El hombre en estado de pecado es considerado por Dios, en cuanto pecador, enemigo suyo. Es el estado de gracia el que lo reconcilia con Él, haciéndolo grato a sus ojos. (Gracia gratum faciens)

«A esta disposición o preparación siguese la justificación misma que no es simple remisión de los pecados, sino también santificación y renovación del hombre interior, por la voluntaria recepción de la gracia y de los dones, de donde el hombre se convierte de injusto en justo, y de enemigo en amigo» (Trento, ses. VI, cap. 7).

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