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31.12.20

(453) Comentarios críticos a Amoris laetitia, VI: Una comunión de intentos

Comentario 11

«Espiritualidad de la comunión sobrenatural».

«Siempre hemos hablado de la inhabitación divina en el corazón de la persona que vive en gracia. Hoy podemos decir también que la Trinidad está presente en el templo de la comunión matrimonial. Así como habita en las alabanzas de su pueblo (cf. Sal 22,4), vive íntimamente en el amor conyugal que le da gloria».

«La presencia del Señor habita en la familia real y concreta, con todos sus sufrimientos, luchas, alegrías e intentos cotidianos» (Amoris laetitia, n. 314-315)

Nos parece apropiado atribuir a la familia, que constituye como una iglesia doméstica, una espiritualidad de comunión, primero natural, de medios, afectos y fines; segundo sobrenatural, de vida de gracia santificante, si es que sus miembros están en estado de gracia.

Es cierto que Dios Uno y Trino inhabita, más que en el corazón, (o sea en la voluntad en cuanto centro de los afectos familiares), en el alma del justificado, siempre y cuando éste esté en estado de gracia, tal y como se observa justamente al comienzo del parágrafo n. 314.

Lo que crea cierta inquietud es que, a continuación, parece que avisa de una doctrina nueva: «Hoy podemos decir también que…». Si va enseñar algo que puede decirse hoy es que antes no podía decirse. Y ¿qué es eso que antes no se decía y ahora sí? Pues que la Santísima Trinidad habita también en el «templo de la comunión matrimonial», en «las alabanzas de su pueblo» “íntimamente"  «en el amor conyugal que le da gloria».

Pero si es doctrina novedosa, tendría que haberla matizado más, porque podríamos conceder que Dios Uno y Trino habita en una comunión de almas en estado de gracia, pero esto no es doctrina nueva, así que puede pensarse que se refiere a la comunión familiar sin más, o a la unión afectiva e intencional de los esposos; lo cual sobrenaturalizaría indebidamente la comunión matrimonial; respecto a las alabanzas de su pueblo, parece una afirmación metafórica, porque Dios inhabita almas en gracia, no cantos, aunque se puede referir también a que el Señor puede estar presente espiritualmente entre varios que le alaban, pero entonces no estaríamos hablando de la inhabitación divina; pues no hay que confundir la inhabitacion trinitaria con la mera presencia espiritual; y que puede inhabitar en el amor conyugal que le da gloria, no se entiende en qué sentido lo dice: porque Dios Uno y Trino inhabita almas, no relaciones, no accidentes, no actos de la voluntad. ¿En ese amor conyugal que da gloria a Dios se debe sobreentender que los esposos están en gracia? ¿O basta que sean fervorosos y alaben a Dios?

Pero se confunde más la cosa en el n. 315, cuando afirma que «[l]a presencia del Señor habita en la familia real y concreta, con todos sus sufrimientos, luchas, alegrías e intentos cotidianos». ¿A qué se refiere con familia real y concreta? ¿A cualquier familia, a toda familia real y concreta, al margen de el estado de gracia o de pecado de sus miembros, al margen tal vez de su religión o del estado canónico en que se encuentren? Vale decir, dando por sentado que los miembros de esa familia estén en gracia, que inhabita en sus almas a pesar de sus sufrimientos, y sus luchas y alegrías, pero… ¿en sus intentos? ¿Intentos de qué? ¿Tal vez de cumplir los mandamientos?

Si por intentos se refiere a intentos por cumplir los mandamientos, ya no podemos estar de acuerdo. Porque si está hablando, eufemísticamente, de los pecados cotidianos contra el matrimonio o contra la familia, entonces la cosa cambia. Habría que rechazar esa forma de hablar del pecado como un intento fallido de vencer una tentación contra la ley moral. El pecado mortal no es un bienintencionado e inocente intento fallido. Así que el tema queda en la oscuridad por falta de explicitación.

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