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21.10.13

Revista "Fe y Razón" - N° 90 (21 de octubre de 2013)

Para acceder a todo el N° 90, presione este enlace.

A continuación reproduzco el artículo editorial.


No al proyecto de Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida

Equipo de Dirección

1. El proyecto de Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida

El miércoles pasado (9 de octubre de 2013) el Senado uruguayo aprobó por unanimidad (30 votos en 30) un proyecto de Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida que atenta gravemente contra el orden moral objetivo de muchas maneras distintas. El proyecto pasó a la Cámara de Diputados. Hasta el momento el debate público sobre este proyecto ha sido muy escaso, por no decir casi inexistente. No obstante, vale la pena destacar un aporte de Mons. Alberto Sanguinetti, Obispo de Canelones, en su blog.

No hemos podido conseguir aún el texto completo del proyecto de ley aprobado. Sin embargo, a partir de un conocimiento genérico del tema del proyecto y de las actas de la Comisión del Senado que lo analizó, podemos hacernos la siguiente idea aproximada.

La técnica de reproducción humana artificial más utilizada actualmente es la FIVET (fecundación in vitro con transferencia de embrión). De hecho la FIVET está muy ligada con prácticas abortivas, como la selección embrionaria y la reducción embrionaria. Por ejemplo, es normal que se fecunden in vitro ocho óvulos y se transfieran al útero sólo tres embriones. Esta “selección embrionaria” se realiza con criterios eugenésicos: se seleccionan para ser transferidos los embriones que parecen tener más probabilidades de supervivencia y de desarrollo normal. Los demás embriones (los “embriones sobrantes”) son eliminados, congelados o utilizados para fines de investigación o experimentación (al parecer el proyecto en cuestión permitirá la investigación con “embriones sobrantes”). Si son congelados, es poco probable (por razones eugenésicas) que sean transferidos al útero más adelante. Lo más frecuente es que, si sobreviven a la congelación, sean mantenidos en el estado de crio-conservación durante el tiempo requerido por la reglamentación (el proyecto en cuestión no regula este aspecto) y luego sean “descartados”.

La probabilidad de aborto espontáneo en un embarazo producido mediante FIVET es bastante mayor que en un embarazo producido por medios naturales. Sigamos con nuestro ejemplo. De los tres embriones transferidos al útero, es frecuente que no prospere ninguno. A menudo se requieren varios ciclos de FIVET (por ejemplo cuatro o cinco) para lograr un parto exitoso, lo cual hace que la FIVET sea una técnica muy costosa en términos económicos y psicológicos. Pero también ocurre a veces que sobreviven dos de los tres embriones o los tres. En ese caso se suele practicar la “reducción embrionaria”: por medio de otra intervención técnica se eliminan algunos de los embriones transferidos, para dar mayores posibilidades de sobrevivencia y de desarrollo normal al embrión restante (o los embriones restantes).

Resulta alentador que recientemente un Tribunal uruguayo haya dictaminado que los embriones humanos no pueden ser desechados ni manipulados.

El proyecto de ley en cuestión permitiría aplicar las técnicas de reproducción artificial no sólo a matrimonios (heterosexuales), sino también a parejas de concubinos y parejas homosexuales. También permitiría en algunos casos la “maternidad sustitutiva”: una mujer gesta a un hijo en su vientre con el compromiso de entregarlo a otra (para que lo críe como hijo suyo) después de su nacimiento.

Generalmente las parejas que recurren a las técnicas de reproducción artificial son estériles o han sido diagnosticadas como tales, por lo que lo más frecuente es que la fecundación asistida se lleve a cabo utilizando gametos de “donantes” de esperma o de óvulos. Estos “donantes” suelen estar impulsados por motivos pecuniarios, porque las clínicas de reproducción asistida les pagan “viáticos” considerables.

Por lo general esos “donantes” son y permanecen anónimos para los “beneficiarios” de la reproducción asistida heteróloga. Salvo en algunos casos muy especiales, el proyecto de ley en cuestión impediría a las personas concebidas con el concurso de terceros conocer la identidad de su progenitor biológico “donante” de esperma o de óvulos. A la larga esto puede ser para ellas una causa de grandes sufrimientos. En el sitio Anonymous Us se pueden leer muchos testimonios sobre las experiencias y los sentimientos (a menudo muy perturbadores) de personas concebidas por medio de donantes anónimos de esperma u óvulos o de maternidad sustitutiva.

Las técnicas de reproducción artificial, consideradas en sí mismas, permiten muchas otras aberraciones que habría que tener muy en cuenta en un análisis más detallado, una vez que se dé a conocer a la opinión pública el texto completo del proyecto de ley. Por ejemplo, un solo donante de esperma podría engendrar a un número enorme de hijos (lo cual, entre otras cosas, aumentaría el riesgo de incesto involuntario); también podría ocurrir que, gracias a la crio-conservación, uno sea engendrado por un muerto, si el gameto utilizado proviniera de una persona ya fallecida; y un largo etcétera…

2. La doctrina católica sobre las técnicas de reproducción humana artificial

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15.10.13

La reproducción humana artificial –2

(Continúa mi resumen de la instrucción Donum Vitae de la Congregación para la Doctrina de la Fe).

5. La segunda parte –Intervenciones sobre la procreación humana

La consolidación de la práctica de la fecundación in vitro ha requerido formar y destruir innumerables embriones humanos. Todavía hoy presupone una superovulación en la mujer: se recogen varios óvulos, se fertilizan y después se cultivan in vitro durante algunos días. Habitualmente no se transfieren todos a las vías genitales de la mujer; algunos embriones, denominados normalmente “embriones sobrantes", se destruyen o se congelan. Algunos de los embriones ya implantados se sacrifican a veces por diversas razones: eugenésicas, económicas o psicológicas. Esta destrucción voluntaria de seres humanos o su utilización para fines diversos, en detrimento de su integridad y de su vida, es contraria a la doctrina sobre el aborto procurado.

Sin embargo, este tipo de abusos no exime de una profunda y ulterior reflexión ética sobre las técnicas de procreación artificial consideradas en sí mismas, haciendo abstracción, en la medida de lo posible, del aniquilamiento de embriones producidos in vitro. Se considerarán en primer lugar los problemas planteados por la fecundación artificial heteróloga y luego los relacionados con la fecundación artificial homóloga.

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14.10.13

La reproducción humana artificial –1

Lamentablemente, la reproducción humana artificial se ha difundido mucho y hoy en día la mayoría de las personas, incluyendo a muchos católicos, tiende a aceptarla sin reflexionar lo suficiente acerca de su moralidad. El categórico rechazo de la doctrina católica a la inseminación y la fecundación artificiales es demasiado poco conocido. Tal vez también tú, estimado lector, hasta hoy has pensado que no hay nada malo en esas técnicas. Si fuera así, espero que este capítulo contribuya a abrir tus ojos. Quiera Dios que reconozcas la inmoralidad de la reproducción humana artificial y des testimonio de este aspecto de la doctrina moral católica con tus palabras y obras.

1. ¿Qué dice el Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica sobre este tema?

El Compendio del Catecismo resume de la siguiente manera la doctrina católica sobre la reproducción humana artificial:

“¿Por qué son inmorales la inseminación y la fecundación artificiales?

La inseminación y la fecundación artificiales son inmorales porque disocian la procreación del acto conyugal con el que los esposos se entregan mutuamente, instaurando así un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana. Además, la inseminación y la fecundación heterólogas, mediante el recurso a técnicas que implican a una persona extraña a la pareja conyugal, lesionan el derecho del hijo a nacer de un padre y de una madre conocidos por él, ligados entre sí por matrimonio y poseedores exclusivos del derecho a llegar a ser padre y madre solamente el uno a través del otro.

¿Cómo ha de ser considerado un hijo?

El hijo es un don de Dios, el don más grande dentro del matrimonio. No existe el derecho a tener hijos (“un hijo pretendido a toda costa”). Sí existe, en cambio, el derecho del hijo a ser fruto del acto conyugal de sus padres, y también el derecho a ser respetado como persona desde el momento de su concepción.

¿Qué pueden hacer los esposos cuando no tienen hijos?

Cuando el don del hijo no les es concedido, los esposos, después de haber agotado todos los legítimos recursos de la medicina, pueden mostrar su generosidad mediante la tutela o la adopción, o bien realizando servicios significativos en beneficio del prójimo. Así ejercen una preciosa fecundidad espiritual.”

(Catecismo de la Iglesia Católica – Compendio, nn. 499-501).

2. La instrucción Donum Vitae

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12.10.13

Declaración del Pontificio Consejo para la Familia sobre la llamada "reducción embrionaria"

El Pontificio Consejo para la Familia, invitado a expresar su posición sobre la llamada “reducción embrionaria", tras haber consultado a la Congregación para la Doctrina de la Fe, publica la siguiente Declaración.

Hoy son menos raros los casos de embarazos múltiples, esto es, cuando el seno materno es compartido por varios embriones. Suelen presentarse ya sea por la aplicación de la estimulación ovárica en caso de infertilidad o por la fecundación artificial, sobre lo cual el Magisterio se ha ya pronunciado (Cong. Doct. Fe, Inst. Donum vitae, II). Hay que tener en cuenta las situaciones difíciles y aun dramáticas que el uso de tales técnicas pueden originar. No se puede omitir una llamada a la responsabilidad a aquellos médicos que ponen en riesgo la vida de la madre y de los hijos concebidos por falta de pericia y precaución o en la aplicación de las técnicas de fecundación artificial. (*)

Es frecuente la afirmación, por parte de algunos, de que los embarazos múltiples no pueden llegar a término, sea por la muerte espontánea en el útero de los embriones o por su nacimiento prematuro no viable. Añaden además que si los nascituros llegan al parto, la dificultad obstétrica (con el consiguiente peligro para la madre) es mayor. Con estos presupuestos ellos concluyen que podría justificarse la selección y eliminación de algunos embriones para salvar a los otros, o al menos uno de ellos. Por este motivo se ha introducido la técnica denominada “reducción embrionaria".

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3.10.13

Reflexiones sobre el naturalismo metodológico en la ciencia –4

Para leer las tres primeras partes de este trabajo, pulse los siguientes enlaces:
Parte 1
Parte 2
Parte 3

En este artículo analizaré el naturalismo metodológico de la ciencia desde el punto de vista teológico. Para ello me limitaré a citar y comentar brevemente tres textos del último Concilio ecuménico.

En primer lugar citaré un texto del Vaticano II sobre la justa autonomía de la realidad terrena.

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