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7.02.24

Jose Andrés Calderón explica por qué ha presentado un recurso de amparo al Tribunal Constitucional

El responsable del Rosario de Ferraz, Jose Andrés Calderón, explica en esta breve entrevista qué es lo que le ha llevado a recurrir al Tribunal Constitucional tras la tiránica y arbitraria prohibición de rezar el Rosario en Ferraz.

¿Podría hacer una breve introducción explicando la situación que le ha llevado a solicitar un recurso de amparo al Tribunal Constitucional?

El 12 de noviembre, como católicos, decidimos dar un paso adelante y comenzamos a rezar el Santo Rosario en las escaleras del Santuario del Inmaculado Corazón de María. Durante casi dos semanas estuvimos orando con absoluta normalidad sin que ningún policía nos dijera nada. Comuniqué al Delegado de Gobierno nuestra intención de celebrar el rezo público. Durante todos esos días lo toleraron.

Sin embargo, sorpresivamente este cargo político me comunicó el lunes 27 que se me prohibía rezar en las escaleras del Santuario -por cierto, es propiedad privada- en todo lo que quedaba de noviembre. Ante esta decisión arbitraria y tiránica decidí acudir al lugar dónde todo católico debe dirigirse: a las Escrituras, a las enseñanzas de los Padres y Doctores de la Iglesia y a las encíclicas papales. Como corolario, había que obedecer a Dios antes que a los hombres.

Mientras desobedecía las órdenes del señor Martín Aguirre, recurrimos al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Lamentablemente, los tres magistrados dieron la razón al político -pese a lo cual, continúe con el culto debido-. Tras esto hemos acudido al Tribunal Constitucional para solicitar su amparo.

¿Por qué ha decidido presentarlo?

Ante la iniquidad, la injusticia y la pura voluntad de poder, una persona no puede tener miedo ni resignarse a que el mal triunfe. Uno debe de hacer todo lo que esté en su mano para defender las causas más nobles. Rezar en las escaleras de un Santuario Mariano jamás puede ser delito ni falta administrativa. Por más que utilicen subterfugios legales y manipulen el espíritu de la ley. Por encima de la ley positiva -que en este caso, además, no es acorde a la decisión del Delegado de Gobierno- está el derecho natural. Debemos comprender que el positivismo jurídico, auspiciado por Kelsen, es un cáncer que termina por corromper la Ley y permite la mayor de las corrupciones.

Con la presentación de este recurso se le va a obligar al Tribunal Constitucional (TC) a que entre en determinadas cuestiones del derecho de reunión y manifestación, así como de la libertad religiosa, que hasta el momento no se había pronunciado. El TC no ha abordado la “suficiente justificación de la urgencia” y tampoco hay precedentes sobre la prohibición del ejercicio de la libertad religiosa en su dimensión pública conectada con el derecho de reunión.

La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) nos da la razón. La Corte de Estrasburgo en las STEDH Bukta y otros c. Hungría se establece que no se puede prohibir una manifestación por “el único motivo de la ausencia de preaviso sin que medie conducta ilegal”. Insisto que en mi caso ese preaviso existía. Recientemente en la STEDH de Bumbes c. Romanía los magistrados europeos recordaron que las autoridades administrativas no tienen “carta blanca” para prohibir concentraciones a su puro arbitrio. Se debe garantizar la proporcionalidad y la Administración debe acreditar que existe un problema de orden público que justifique su prohibición. ¿Qué problema de “orden público” puede causar el rezo de un Santo Rosario en las puertas de una iglesia?

¿Qué posibilidades cree que hay de que prospere el recurso?

Mis amigos me califican de “pesimista”. Siempre he pensado que soy un realista que intenta vivir con los pies en el suelo. Por ello, hay que ser consciente de que no va a ser fácil conseguir que un órgano político, como es el TC, nos dé la razón. Soy sabedor que estamos librando una batalla quijotesca contra gigantes de la que “solo” Dios y la Virgen María están de nuestro lado. Tampoco nos hace falta de nadie más.

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