InfoCatólica / Razones para nuestra esperanza / Etiquetas: oficios eclesiásticos

27.10.15

La Iglesia debe juzgar y juzga a sus miembros –2

Hoy muchos sostienen que la Iglesia debe acoger a todos sin discriminación alguna. En el post anterior, mediante algunas citas del Código de Derecho Canónico, demostré que la Iglesia puede y debe juzgar a sus miembros en lo referente a la administración de los sacramentos. En este post, utilizando el mismo Código, demostraré que la Iglesia puede y debe juzgar a sus miembros en lo referente a otros aspectos, como por ejemplo la concesión de oficios o encargos eclesiásticos. Los énfasis en negrita son míos.

149 § 1. Para que alguien sea promovido a un oficio eclesiástico, debe estar en comunión con la Iglesia y ser idóneo, es decir, dotado de aquellas cualidades que para ese oficio se requieren por el derecho universal o particular, o por la ley de fundación.

¿Quién juzga si alguien es idóneo para un oficio eclesiástico? La Iglesia, obviamente.

Leer más... »