Enseñanza católica en política. El Bien Común

Introducción

La realidad actual de la sociedad española (y la de otras, sospecho) es que el comportamiento poco ejemplar de la llamada “clase política” ha generado un descrédito de tal actividad. Aristóteles (basándose en parte en La República de Platón) establece las bases de la política (del griego polis, “la ciudad”) como el arte de tratar las cosas que a todos conciernen. Puesto que en realidad cualquier actividad que hacemos con otros miembros de nuestra comunidad humana es propiamente política, buena parte de nuestra vida la pasamos realizando actividades políticas, aquellas que, en cuanto públicas, conciernen y afectan a todos.

De ese modo, político es adjetivo alusivo al legítimo interés por los asuntos comunes; al sustantivizarlo, lo degradamos a una profesión, con sus ambiciones, contrapartidas económicas, disputas y prebendas. Es el paso de una vocación, que debería tener toda persona, a un oficio de unos pocos. Oficio que en nuestra democracia liberal, al quedar monopolizado en unos determinados grupos de poder (los partidos políticos) da lugar con el tiempo a una casta cerrada que se reserva todos los altos cargos de cualquier administración pública y no pocas privadas. El objetivo primordial de estos grupos es su propia perpetuación en tales puestos de poder, y relegan a un segundo plano lo que debería ser su principal tarea, defender aquello para lo cual existen las autoridades; lo que los filósofos clásicos y la Iglesia católica definieron como el Bien Común.

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La sociedad

La Iglesia enseña que el hombre está hecho para Dios. El doble amor a Dios y al prójimo, como mandamiento supremo, expresa que también en nuestra relación con los demás y nuestra vida comunitaria hacemos apostolado. El tercer lado de ese triángulo lo completa la reverencia de la comunidad al Creador. También las sociedades están llamadas a la salvación (Sal 72, 10-11).

El Catecismo de la Iglesia Católica define la sociedad como “un conjunto de personas ligadas de manera orgánica por un principio de unidad que supera a cada una de ellas”. La define también como asamblea tan visible como espiritual, que perdura en el tiempo, recoge la herencia del pasado y prepara a cada uno de sus nuevos miembros para el porvenir (CIC 1880).
Asimismo, cada miembro de una comunidad recibe de ella unos bienes y protección, y a cambio tiene deberes hacia la misma, incluyendo la del respeto hacia las autoridades legítimamente constituidas.
Cada comunidad está obligada hacia el Creador, su fin último; pero en cuanto a su constitución terrenal, el principio, sujeto y fin de todas las instituciones sociales debe ser la persona humana (CIC 1881).

De acuerdo con Aristóteles, ha sido enseñanza constante de la Iglesia que las dos instituciones naturales y primeras del hombre son la familia y la polis, la ciudad, el lugar donde nace y vive. No obstante, el hombre posee la tendencia a asociarse de forma espontánea para alcanzar conjuntamente aquellos objetivos que individualmente exceden su capacidad. Este proceso se denomina socialización, y la Iglesia alienta a favorecerlo, aumentando el número de personas que participan en asociaciones religiosas, culturales, económicas, laborales, educativas, sanitarias, deportivas, etc, en tanto desarrolla sus cualidades y su sentido de iniciativa y responsabilidad (CIC 1882).

Para organizar el proceso de socialización, el Magisterio ha elaborado el principio de subsidiariedad, que establece la autonomía de cada estructura social (familia, municipio, asociación) frente a las instituciones superiores a ella, las cuales no deben interferir en su vida interna y sus competencias propias, antes bien alentarlas, sostenerlas y coordinarlas. Cuando una administración pública o una asociación o empresa más fuerte practica la injerencia mediante leyes o la influencia contra subvenciones sobre las estructuras naturales, está rompiendo este principio (CIC 1883).

Si bien el objeto de este artículo no es profundizar acerca de la forma de organización de los pueblos y naciones, sí enseña claramente la Iglesia que todo estado viene obligado por su propia naturaleza a la defensa y promoción del Bien Común de la comunidad política. Cuando un estado descuida la protección o incluso ataca los principios antes citados (familia, municipio, socialización, subsidiariedad), falla a su propósito y obra contra el Bien, aunque conserve todas las apariencias de dominio y dignidad (CIC 1910).

En el otro extremo, es importante resaltar la obligación cristiana de poner los talentos o carismas propios, repartidos de forma desigual por Dios a cada hombre, al servicio de la comunidad política, para enriquecimiento de la misma, y provecho de cada uno de sus miembros, y mayor gloria del Creador (CIC 951). Asimismo, las propiedades, influencias, cargos u honores personales, en último término (dado su real origen divino) tienen una función social. Por tanto, aunque su propiedad y disfrute personales son legítimos, jamás estos deberán oponerse al Bien Común, antes aún disponerse a su servicio con generosidad (CIC 1905, 2039).

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Definición del Bien Común

La Iglesia define el Bien Común como “el conjunto de aquellas condiciones de vida social que permiten a los grupos y a cada uno de sus miembros conseguir más plena y fácilmente su propia perfección”. Es decir, todas aquellas acciones destinadas a lograr la plenitud del desarrollo de cada persona y organización social según su propia naturaleza, dentro de un orden moral, contribuirá a la realización del Bien Común (CIC 1905): “El orden social y su progreso deben subordinarse al bien de las personas, y no al contrario” (CIC 1912).


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Condiciones del Bien Común

Si bien se puede afirmar genéricamente que toda sociedad tiende al Bien Común cuando sigue las enseñanzas de Cristo, existen una serie de cualidades propias del Bien para la sociedad que la definen.

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En primer lugar, el respeto a la persona en cuanto tal, y no por sus condiciones externas. Es decir, primordialmente la sociedad (y sus autoridades) debe permitir y alentar a cada uno de sus miembros a ejercer la natural libertad humana de actuar correctamente según su conciencia. De ahí que la libertad de conciencia sea derecho princeps, así como el respeto a la integridad, el honor y la intimidad (CIC 1907).

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Señala la Iglesia como segunda exigencia del Bien Común, la adecuada dignidad y bienestar de personas y comunidades humanas. La principal misión que justifica la existencia de la autoridad es arbitrar, atendiendo al Bien Común, la colisión de los diversos intereses particulares, facilitando a cada persona, familia y grupo humano, sus necesidades humanas mínimas, como el alimento, el vestido, la salud, la vivienda, la educación y la información (CIC 1908).

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Condición muy importante del Bien Común es la Paz, entendida no sólo como la ausencia de conflictos, sino también como la armonía positivamente cultivada entre personas y grupos. Por tanto, debe estar fundamentada en el amor mutuo y la caridad. Fomentar o permitir la siembra de rencores y odios acaba trayendo más pronto que tarde la violencia y la ruptura de la paz. Asociadas y derivadas de la paz encontramos el orden, la estabilidad y la seguridad, que contribuyen grandemente al Bien Común. Deben ser reguladas, ante todo, por el imperio de la Justicia, sin olvidar la necesidad que pueda existir de una legítima defensa ante agresores, tanto internos (por medio de la policía o agentes de la administración de justicia) como externos (por medio de las fuerzas armadas). La comunidad política, comúnmente a través de la autoridad, constituida, está autorizada a disponer los medios honestos para esa defensa (CIC 1909).

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Ya hemos citado otra de las condiciones del Bien Común: la Justicia, esa virtud moral consistente en la firme voluntad de dar a Dios y al prójimo lo que es debido. En el plano comunitario, la Justicia social establece el respeto de derechos y obligaciones de cada miembro de la comunidad para sí, unos con otros y con respecto a las autoridades; esta tarea se efectúa por medio de la equidad (que no es lo mismo que la igualdad) (CIC 1807).
Con respecto a las asociaciones, la justicia social les permite conseguir aquello que les es debido por su naturaleza para completar su vocación y alcanzar su fin (CIC 1928).
La Justicia se fundamenta en el respeto a la dignidad humana, ya que es anterior a cualquier sociedad y derecho positivo emanado de ella. El Magisterio, empezando por el inalienable de la Vida, enumera otra serie de derechos humanos: libertad, propiedad, cuidado, protección, opinión, etc… todos enmarcados en el principio de amor al prójimo (tratar al otro como a uno mismo). Asociados a ellos están las mismas obligaciones hacia otros miembros de la comunidad (CIC 1929-1933).

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La participación de los ciudadanos en los asuntos públicos forma parte también del conjunto de valores que contribuyen al Bien Común. Por tanto, los derechos políticos son inherentes a la persona. No son otorgados por las autoridades, ni pueden estas retirarlos sin un motivo legítimo y proporcionado (CIC 2237).

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La sumisión a la autoridad legítimamente constituida y la cooperación con ella en todo cuanto sirva a la comunidad política es otra de las obligaciones del cristiano. Este actuará responsablemente colaborando con las disposiciones de gobierno que contribuyan al Bien Común. Una autoridad ilegítima deberá ser acatada en aquella ley que contribuya al Bien Común, y contrariamente, una autoridad legítima no podrá serlo en los mandatos que atenten contra este. Por tanto, la obediencia concreta a la autoridad se fundamenta en sus disposiciones tendentes o no al Bien Común y no en la legitimidad de su origen. Las condiciones de legitimidad de una autoridad, la crítica justa a su actuación, el tipo de gobierno y los deberes del mismo para con la comunidad política son tributarios de un artículo específico, y no serán tratados aquí (CIC 2239).

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Es igualmente importante el respeto a las leyes justas y legítimas, el amor a la patria y la participación del cristiano en la vida pública, responsabilidad a la que cada uno está llamado en la medida de sus posibilidades. No existe limitación de la enseñanza católica a la generosa participación de los fieles en actividades públicas, empezando por su propia familia, municipio o asociación, siempre que con ellas obtengan frutos para el Bien Común. Aquellos que defraudan o incumplen la ley justa, o se muestran indiferentes a los asuntos que a todos conciernen, no están cumpliendo fielmente la enseñanza de la Iglesia en esta materia (CIC 1913-1916; 2238).

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Aplicaciones del Bien Común

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La primordial aplicación del Bien Común se halla recogida en la Ley. Como reflejo de la Ley divina (ley moral natural y ley moral revelada, tanto en la Antigua Alianza como en la Nueva), la ley humana marca unas reglas proclamadas por la autoridad competente, y siempre deberá estar orientada al Bien Común. La ley moral (que informa a la ley civil) ordena y regula la conducta social en base a la recta razón para el bien de las comunidades humanas. Es por ello que las leyes justas son de obligado cumplimiento: aseguran que un interés particular no se sobreponga al Bien Común (CIC 1950-1951).

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El cuidado de la Creación responde también a un interés por el Bien Común. El uso y trato del hombre hacia los bienes naturales (tanto seres vivos como inanimados) no responde a un dominio absoluto, sino más bien a un usufructo. Las personas somos arrendatarios del mundo en que vivimos, cuyo auténtico dueño es Dios. Por tanto, como encargados de la Viña del Señor, hemos de emplear los recursos que nos ofrece de forma razonable, mesurada y siempre con las miras puestas tanto en el bienestar de nuestra generación como en la de las venideras, pues así nuestros padres nos legaron la tierra a nosotros. El despilfarro, la explotación desmesurada, la crueldad con los seres vivos irracionales, obran contra el Bien Común y están proscritos (CIC 2415).

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El desarrollo de unas prácticas laborales y económicas encaminadas al Bien Común es una de las aplicaciones del mismo más actuales. Si bien el fin último del hombre es la Jerusalén celeste, en su paso por la tierra debe atender de forma moral sus inevitables necesidades materiales. En sus hábitos y disposiciones, la comunidad política ha de velar porque el trabajo (que dignifica al hombre) y las actividades económicas estén al servicio de las personas, y no al revés. Una de las cualidades del trabajo es el servicio social que realiza, y es buena a los ojos de Dios. Asimismo, los bienes y servicios, y las condiciones en que se producen, deben ponerse al servicio de la satisfacción de las necesidades humanas y el desarrollo de las comunidades políticas. Jamás pueden convertirse en un fin en sí mismas, sino en un medio para la plenitud del hombre y la sociedad, para evitar el riesgo de caer en el materialismo y la cosificación de las personas (CIC 2427-2430).

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Conclusiones

Este es un breve resumen de la doctrina católica acerca del Bien Común y su papel en la comunidad política. Invito a mis lectores (sobre todo a los católicos, que vienen obligados a ello) a conocer las bases de esa enseñanza, y aplicarlas a su actuación y juicio personal con respecto a cualquier acto político (entiéndase público) tanto propio como ajeno. Juzguemos y actuemos los cristianos cada iniciativa, palabra y hecho político por la medida de su contribución al Bien Común. No caigamos en el error, común hoy en día, de sujetar nuestra valoración a que un acto político provenga de una o otra ideología o partido político, ni mucho menos hagamos juicios ad hominem. Ninguna postura humana puede recoger la Verdad absoluta: sólo Dios es la Verdad, y únicamente la enseñanza dos veces milenaria de la Iglesia (y no por el mérito de sus miembros, sino por la asistencia continuada del Espíritu Santo) puede iluminarnos para obrar correctamente en bien de la comunidad.

Del mismo modo, actuar en política (entiéndase asuntos públicos, no simple equivalencia a “formar parte de un partido político”) es, no sólo un mérito, sino incluso una obligación de todo católico responsable en la medida de sus posibilidades; examine el fiel con gran cautela las bases morales de cada asociación o iniciativa que se le proponga, y únase a ella únicamente en aquello que sea favorable al Bien Común.

Asimismo, rechazar públicamente, oponerse o ejercer la objeción en las condiciones morales correctas contra disposiciones de la autoridad cuando van en contra del Bien Común a juicio de la propia conciencia rectamente formada, es obligación de todo cristiano, recordando que hay que dar a Dios lo que es de Dios y al César lo que es del César (CIC 2242). Esta frase, a despecho de interpretaciones modernistas, no indica que la Iglesia no deba opinar sobre asuntos civiles, sino que el creyente está llamado a desobedecer a la autoridad civil cuando esta contravenga mandamientos divinos, invadiendo las competencias que no le son propias (Hch 5, 29).

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Bibliografía:
Constitución pastoral Gaudium et Spes, puntos 24 y 25. Concilio Vaticano II.
Carta encíclica Mater et Magistra, 60. S.S. Juan XXIII (1961).
Carta encíclica Centessimus Annus, 16; 48. S.S. Juan Pablo II (1991).

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2 comentarios

  
Alf_3
Como concepto teórico, es una 'profesión' tan de servicio, casi como la de un sacerdote. Se requiere profunda vocación para entenderla correctamente.
Ahora se usa como una 'carrera' cualquiera y se analiza en función de los ingresos que genera. El político busca primordialmente, su mayor riqueza económica o poder, nunca el Bien Común.
Tampoco existe mucho la Ideología del partido, solo que sea profundamente socialista. Pero aun así, si algo conviene hoy, contrario a la ideología, pues preferirán lo conveniente y traicionarán su ideología. Ahora son 'pragmáticos': lo que sea útil al beneficio del partido, o del político; sea bienvenido y se lucha por tal fin.
¡Qué porquería!

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LA

Tal vez ser político no debería ser una vocación exclusiva ni perenne.
Por otra parte, a mi juicio sí existen otras ideologías además de las varias socialistas (comunistas, socialdemócratas, nacionalsocialistas, anarquistas). El liberalismo puro, tanto el progresista como el conservador, tiene una enorme influencia en Occidente. Los diversos nacionalismos mezclan varias ideologías, aunque con raíz liberal. La democracia cristiana, aunque moribunda, todavía existe. Por no hablar de movimientos no occidentales que añaden a aquellas ideologías rasgos propios, desde el populismo peronista, al curioso nacionalismo laico panárabe de Baas o la república islámica de Irán (una república teocrática).
En lo que coincido es que los partidos políticos anteponen su supervivencia como grupo de poder ante su ideología. Eso no quiere decir que no existan agendas ideológicas que son puestas en práctica de forma evidente en todo el mundo.
29/05/13 9:06 PM
  
Alf_3
Cambiando de tema. Oí hará unos 5 días, que Forbes -el del listado de los hombres más ricos del mundo- informó de otra reciente encuesta: Las Profesiones más Felices.
El primer lugar se lo lleva 'El Sacerdocio'.
El segundo es para Los Bomberos.
Y el tercero es para las maestras de Educación Especial ( me queda claro que aquí entran muchas monjas).
Quién tenga oídos ...
29/05/13 9:12 PM

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