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1.06.26

Filosofía y teología del Mas Allá: Naturaleza del purgatorio

El dogma del purgatorio[1]

La existencia del purgatorio fue declarada verdad dogmática de fe en el II Concilio ecuménico de Lyón, en 1274, al que tenía que existir Santo Tomás, pero murió extrañamente mente cuando se dirigía al mismo. En la profesión de fe, que fue propuesta por el Concilio a los ortodoxos, se decía sobre los difuntos: «Y si verdaderamente arrepentidos murieren en caridad antes de haber satisfecho con frutos dignos de penitencia por sus comisiones y omisiones, sus almas son purificadas después de la muerte con penas purgatorias o purificadoras. Y para alivio de esas penas les aprovechan los sufragios de los fieles vivos, a saber, los sacrificios de las misas, las oraciones y limosnas, y otros oficios de piedad, que, según las instituciones de la Iglesia, unos fieles acostumbran a hacer en favor de otros»[2].

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16.05.26

Filosofía y teología del Mas Allá: Existencia del purgatorio

Los cinco lugares más allá de la muerte[1]

En los artículos examinados de la primera cuestión del Tratado de los novísimos, santo Tomás ha probado que después de la muerte hay varios lugares asignados a las almas de los difuntos. En el último, el séptimo, se pregunta si deben distinguirse tantos.

Podría parecer que no es necesario, porque: «los lugares penales deben guardar relación con las culpas. No hay más que tres clases de culpas, la del pecado original, la del pecado venial y la del pecado mortal. En consecuencia, no debe haber sino tres lugares penales»[2]. Serían el limbo, para la culpa del pecado original, el purgatorio para la del pecado venial, y el infierno para la del pecado mortal. Junto con el cielo, para los sin culpa, habría, por tanto, cuatro lugares de ultratumba.

No es así ya que, según lo dicho en los anteriores artículos: «por la culpa original, uno puede ser castigado doblemente: o por razón de la persona o por razón de la naturaleza sólo; y de aquí que a esa culpa le corresponda un doble limbo»[3]. El limbo de los niños, para los que está afectada su persona con su naturaleza; y el de los patriarcas, para los que solamente está perjudicada su naturaleza en cuanto que les queda el reato de pena de la misma.

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1.05.26

Filosofía y teología del Mas Allá: El limbo de los niños

El limbo y el infierno de los condenados[1]

Después de explicar santo Tomás, en los tres primeros artículos de la cuestión sobre el lugar de las almas de los difuntos; en el siguiente, que el llamado seno de Abrahán es el limbo de los justos, o limbo de los Padres, se puede denominar limbo del infierno, porque, antes de la venida de Cristo, aunque era un lugar de descanso no se gozaba de la visión de Dios; y, en el artículo quinto, se pregunta si el limbo es lo mismo que el infierno de los condenados.

Su respuesta es negativa. La razón es porque: «no hay redención en el infierno». En cambio, en el limbo de los justos los «santos fueron redimidos»[2], por Cristo y el limbo se convirtió así en la gloria, o cielo, y ya en pleno descanso.

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16.04.26

Filosofía y teología del Mas Allá: Los sacramentos de la antigua ley

Los sacramentos antiguos[1]

En la cuestión de la Suma teológica sobre la necesidad de los sacramentos, después de dedicar el artículo segundo a mostrar que no eran necesarios en el estado precedente al pecado original, se ocupa en el siguiente a averiguar si lo fueron en el estado posterior al pecado y anterior a la venida de Cristo

Como se probó en el artículo anterior, en el estado de inocencia, cuando el pecado no existía, el hombre necesitaba la gracia, que le infundía directamente Dios, para que se santificara, fuera puro y confirmado en el bien, y así alcanzara la gloria. En cambio: «después del pecado nadie puede santificarse a no ser por Cristo, «a quien Dios ha puesto como sacrificio de propiciación, mediante la fe en su sangre, para manifestación de su justicia, pues Él es justo y justifica a todo el que cree en Jesucristo» (Rm 3, 25)».

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2.04.26

Filosofía y teología del Mas Allá: El limbo de los patriarcas

El seno de Abraham[1]

En los tres primeros artículos de la primera cuestión del Tratado de los Novísimos, el último de la Suma teológica, santo Tomás se ocupa del lugar de las almas después de la muerte de una manera general, en el cuarto comienza a precisarlos. El primero es el denominado «seno de Abraham»[2], expresión rabínica, que aparece en el Evangelio, en la parábola del rico avariento y el mendigo Lázaro.

Con los padres de la Iglesia, Santo Tomás lo identifica con el limbo de los justos o limbo de los padres. Lo prueba con el siguiente argumento: «Las almas de los hombres no pueden llegar al descanso, después de la muerte, sino por el mérito de la fe, porque «ha de creer quien se acerca a Dios» (Heb 11, 6). Mas como en Abraham se da el primer ejemplo en creer, pues fue el primero que se separó de la muchedumbre de los infieles y recibió una señal especial de fe, por eso, el descanso que se concede a los hombres en muriendo se llama «seno de Abraham», como se ve en San Agustín (Com. Lit. Gen. ,12, 34)».

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