79 - ARGENTINA: BUSCAN IMPONER EL ABORTO Y EL HOMOSEXUALISMO

ARGENTINA: LA LEGISLATURA DE BUENOS AIRES BUSCA IMPONER EL ABORTO Y LOS SUPUESTOS DERECHOS DE LOS HOMOSEXUALES

Por Salvador Arguedas

La Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobó una declaración por la cual se pide al jefe de Gobierno de la Ciudad, Dr. Fernando de la Rúa, que gestione ante el Poder Ejecutivo Nacional -Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto-, que los representantes de la República Argentina ante la ONU impulsen la aprobación de la Declaración de Derechos Humanos desde una Perspectiva de Género, elaborada por el Comité Latinoamericano para Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), como complemento de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

En este momento el proyecto se encuentra en la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud de la misma Legislatura y todo hace pensar que tendrá en breve trámite favorable, para luego pasar al Jefe de Gobierno y que éste haga su pedido al Gobierno Nacional.

El proyecto (62-D-97), fue presentado el 29-12-97, por los diputados de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, María Elena Naddeo (FREPASO), Clorinda Yelicic (FREPASO), Gabriela González Gass (UCR), Dora Barrancos (FREPASO), Eduardo Jozami (FREPASO), Juliana Marino (P.JUSTICIALISTA), Mirta Liliana Chiernajowski (FREPASO), Abel Fatala (FREPASO).

La Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura la sancionó favorablemente con los votos de los diputados Alicia Pierini (P. JUSTICIALISTA), Cristian Caram (UCR), Delia Bisutti (FREPASO), Raúl Fernández (FREPASO), Juliana Marino (P. JUSTICIALISTA), Agustín Zbar (UCR), y en contra votó Patricia Ruiz Moreno (NUEVA DIRIGENCIA), en el expediente este voto en disidencia lleva fecha del 6 de mayo de 1998.

Es de esperar que la Legislatura adopte estas resoluciones, porque en la llamada constitución de la Ciudad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dice, "todas las personas tiene idéntica dignidad y son iguales ante la ley. Se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, (…) o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo" (art. 11). Y además, en el art. 38, 2, se agrega, "estimula la modificación de los patrones socioculturales estereotipados con el objeto de eliminar prácticas basadas en el prejuicio de superioridad de cualquiera de los géneros".

Al reconocer en estos artículos el "derecho a la orientación sexual" y el tema de la modificación de los patrones culturales, tan afín a los propósitos de reingeniería social de la ONU, se está oficializando la homosexualidad.

Además, el art. 21, 4 de la constitución de la ciudad, "garantiza los derechos reproductivos", y el art. 37, reconoce "los derechos reproductivos y sexuales libres de coerción y violencia, como derechos humanos básicos", lo que en lenguaje internacional significa reconocer implícitamente el aborto.

Por eso, teniendo en cuenta estos textos, no extrañan estas resoluciones de la Legistura, lo que positivamente llama mucho la atención es que el proyecto cuente con el voto favorable de la diputada Pierini, que perteneció al gobierno nacional el cual, en principio, ha defendido, en diversas conferencias internacionales, el derecho a la vida desde la concepción y la definición de familia como "la unión de hombre y mujer, de la cual se derivan los hijos".

Alicia Pierini, es Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación de la Legistura de la Ciudad de Buenos Aires, ocupó hasta hace pocos meses el cargo de Subsecretaria de Estado de Derechos Humanos y Sociales del Ministerio del Interior del Poder Ejecutivo Nacional, es decir, un cargo dependiente en última instancia del Presidente de la Nación, Dr. Carlos Menem.

La Declaración de Derechos Humanos desde una Perspectiva de Género de CLADEM, es uno de los documentos más extremistas en lo que se refiere a la implantación de los llamados nuevos derechos humanos, para agregarlos o para reformar la Declaración de Derechos Humanos de 1948. Este documento es una muestra de las normas que desde las Naciones Unidas se han dictado para el proceso de reingeniería social, al que quieren someter a todas las sociedades del mundo, ciertos organismos de esa y de otras organizaciones internacionales. También llama la atención que, en gran medida, son los grupos políticos denominados progresistas los que hacen suyos estos postulados que son expresión de una nueva forma imperialismo social y económico, que se extiende desde los centros de poder global.

El preámbulo de esa declaración, entre otras cosas dice, "considerando que estos avances se han plasmado en acuerdos formales adoptados en el marco de las Conferencias Mundiales de las Naciones Unidas, celebradas en Viena en 1993, El Cairo en 1994, Copenhague en 1995 y Beijing el mismo año….". Es decir, estos legisladores locales que han votado a favor de la propuesta, no tiene en cuenta las reservas y declaraciones interpretativas que la Nación Argentina hizo, en su momento, a algunos de esos documentos internacionales. Nada tiene de extraño, porque ya hemos informado en Noticias Globales de los legisladores nacionales que no tienen en cuenta las reservas a los documentos internacionales de la Nación Argentina, para hacer suyos al pie de la letra los mandatos de las Naciones Unidas, plasmados en los acuerdos de las reuniones de Viena, El Cairo, Beijing,

Copenhague, Estambul, etc.

La declaración de CLADEM dice expresamente en otros párrafos de los considerandos, "considerando que el concepto de derechos humanos es de naturaleza histórica y que su surgimiento ha estado fuertemente asociado a una idea del ser humano centrada en la imagen del varón, occidental, heterosexual y dueño de un patrimonio, lo que ha llevado a excluir, restringir y -o hacer inefectivos los derechos de las mujeres indígenas, homosexuales, niños, niñas, (…)". "Considerando (…) que es crucial fortalecer y garantizar adecuadamente la plena vigencia de los derechos humanos, con especial atención a los derechos ambientales, sexuales, reproductivos, (…)".

En el artículo I, bajo el título de DERECHO A LA CIUDADANÍA, dice :"Todos los seres humanos tienen los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, etnia, edad, color, sexo, orientación sexual, (…)", etc. En el artículo II se dice: "Todas las personas tienen derecho a su propia identidad. Asimismo, gozan de autonomía y autodeterminación en todas las esferas de su vida: emocional, sexual, familiar, educativa, laboral económica, política o cualquier otra. El derecho a la identidad de las mujeres no puede ser afectado en razón de unión de pareja o vínculo matrimonial". El artículo XII considera crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible a los embarazos forzados.

El título DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS, incluye tres artículos que transcribimos en toda su extensión:

"XV. Todos los seres humanos tienen derecho a la autoderterminación en el ejercicio de la sexualidad, que incluye el derecho al placer físico, sexual y emocional, el derecho a la libre orientación sexual, el derecho a la información sobre la sexualidad y el derecho a la educación sexual".

"XVI. (1) Los derechos reproductivos se fundamentan en el reconocimiento del derecho básico de los individuos de decidir libre e informadamente sobre su vida rerpoductiva y ejercer el control voluntario y seguro de su fecundidad. Los derechos reproductivos incluyen el derecho de mujeres y hombres de tomar decisiones en el campo de la reproducción, libres de discriminación, coerción y violencia, así como el derecho de disponer de los niveles más altos de salud sexual y reproductiva. (2) Los Estados deben garantizar a las mujeres el acceso al aborto seguro, así como el tratamiento humanitario y adecuado de las complicaciones del aborto".

"XVII Todas las personas tienen derecho a la salud sexual y reproductiva, en un marco de bienestar físico, mental y social que garantice la armonía con su entorno y no sólo la ausencia de enfermedad. La salud sexual implica que las personas estén habilitadas para tener una vida sexual satisfactoria y segura".

Ante esta situación recordamos lo dicho por el Pontificio Consejo para la Familia en su declaración del 25-2-98. "Se requiere una gran vigilancia. La fidelidad a la Declaración (de 1948), implica que se excluya toda maniobra que, bajo la cobertura de los así llamados 'nuevos derechos', pretenda incorporar al aborto, atentar contra la integridad física y destruir la familia heterosexual y monogámica. Se están realizando actualmente algunas operaciones solapadas es este sentido. Tienen un fin nefasto: privar al ser humano de algunos de sus derechos fundamentales y someter a los más débiles a nuevas formas de opresión. Las mentiras de que se alimentan estas tentativas desembocan fatalmente en la violencia y la barbarie e introducen la cultura de la muerte. Como ha declarado el Papa Juan Pablo II, 'los derechos del hombre trascienden todo orden constitucional'.

Estos derechos son inherentes a cada hombre. No nacen en absoluto de decisiones consensuales, renegociables continuamente, a merced de relaciones de fuerza o de los intereses presentes".

Siguiendo a Juan Pablo II, en su último Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz (8-12-97), se intenta reintrepretar la Declaración de 1948, a veces distorsionando deliberadamente su sentido. Porque nada más ajeno a la letra y al espíritu de la Declaración que estos intentos como el de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires que altera la definición de familia que proclama ese mismo documento. Si "la atención adecuada a la dimensión educativa adquiere un gran relieve. Además es importante considerar también la promoción de los derechos humanos, que es fruto del amor por la persona como tal, ya que el amor va más allá de lo que la justicia puede aportar. En el marco de esta promoción, se deberan realizar esfuezos ulteriores para proteger particularmente los derechos de la familia, la cual es 'elemento natural y fundamental de la sociedad', (Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 16, 3.) (Juan Pablo II, Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz, 8-12-98). FIN.

Sobre la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, vid. Nuevo ataque de la ONU a los derechos de los padres. Aparece el fantasma de El Cairo. Un ejemplo argentino: los padres son ignorados. Noticias Globales 26. Argentina: Proyecto contra la discriminación favorece el proselitismo homosexual. Noticias Globales 44.

Sobre el lobby homosexual, vid. Noticias Globales 54 y 55. Sobre la política de las Naciones Unidas para que los Estados nacionales abandonen las reservas hechas a los documentos internacionales, vid. Arguedas, Salvador, El Aborto ¿Derecho Humano?, AICA-DOC 2119, Buenos Aires 30-7-97 , y Arguedas, Salvador, Resultados de la Cumbre de la Tierra, AICA-DOC 2123, Buenos Aires, 27-8-97.