Reprobación negativa antecedente: una discusión teológica
Hay un acto de Dios, propio de su voluntad, que corresponde a la concesión final de la gloria a los bienaventurados. A ese acto lo llama Santo Tomás de Aquino predestinación, y la Iglesia Católica, apoyándose en la Escritura, y en la enseñanza de santos y doctores como el Aquinate, enseña que la predestinación sólo es para el bien.
Ahora bien, ¿qué acto en Dios corresponde a la decisión final que conduce a la desventura eterna a los condenados? La respuesta es: la reprobación, que también es propia de la voluntad divina, y que además manifiesta su bondad de un modo diferente a la predestinación, a saber, mostrando su justicia.
Avancemos. Es imposible acceder a la bienaventuranza sin el auxilio de la gracia; un modo de gracia que suele llamarse “eficaz". Sin ella, ninguna virtud o esfuerzo humano podría merecer la felicidad eterna.
Esta GRACIA eficaz, como ya lo indica su nombre, está en la completa libertad amorosa de Dios y en ningún caso es respuesta al mérito humano. Más bien, cuanto haya de mérito en las obras humanos tiene su fuente en la misma gracia.
Sin embargo, no es perfecto el paralelo entre la predestinación, que supone la donación no debida de la gracia eficaz, y la reprobación, que supone no dar esa gracia no debida. Por ello se dice que en la predestinación brilla particularmente la misericordia y en la reprobación, la justicia.
