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5.07.04

653 - ONU-CEPAL: DERROTA DEL ORDEN NATURAL

ONU-CEPAL: DERROTA DEL ORDEN NATURAL Los abortistas del MERCOSUR.

Fuentes: Vid. Propias; CEPAL, Declaración de Santiago; Gacetilla Ministerio de Salud, 17-06-04 (Argentina), NG 650 y sus referencias.

Por Juan Bacigaluppi

Concluyó el 2 de julio en San Juan de Puerto Rico, el 30º Periodo de sesiones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) con una derrota ética marcada por el abandono de los elementales principios del orden natural.

En la reunión fue aprobada por consenso la Declaración de Santiago (Chile, marzo 2004) que incorpora al Programa de Acción de la Conferencia de El Cairo (1994) los Objetivos o Metas para el Desarrollo del Milenio de la ONU, con el compromiso por parte de los gobiernos de profudizar en su aplicación.

La llamada Salud Reproductiva (aborto encubierto) ocupa un lugar central en la declaración aprobada, (se le dedica un párrafo especial y aparece otras 5 veces en 7 páginas), junto a la salud sexual que lleva implícito, como ya hemos informado, el reconocimiento como derecho de la orientación sexual (homosexualidad). Quedan reconocidos en la declaración los llamados derechos sexuales y reproductivos.

Los niños y adolescentes son declarados "objetivos preferenciales de estos programas", asegurándoles servicios "amigables y confidenciales" de salud sexual y reproductiva, es decir con absoluta independencia de sus padres, podrán ser intoxicados con anticonceptivos, llevados al aborto y/o inducidos a la homosexualidad.

El documento es machaconamente reiterativo. Los postulados de la "reingeniería sexual" de la ONU, -la palabra sexual aparece casi dos veces por página-, aparecen en los Objetivos del Milenio, en las referencias a la Convención de Eliminación de toda Forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y su Comité de seguimiento, en sus referencias a la perspectiva de género, al SIDA, a la mortalidad infantil y muertes maternas, etc. De modo que se puede decir que el programa aprobado en Puerto Rico no pretende ni asegurar el desarrollo, ni luchar contra la pobreza, ni elevar el estado de salud de los habitantes de la región: sólo pretende que los gobiernos apliquen los llamados "nuevos derechos humanos" que giran alrededor del uso inmoral del sexo, entregándoles a las ONG's neomarxistas lesbo feministas la administración de estos programas y el tiránico control de su ejecución. No queda lugar para el disenso, ni para convicciones opuestas a lo dictado.

Según las propias fuentes feministas el consenso fue logrado gracias al bloque que formaron los países del Caribe y al bloque llamado del "MERCOSUR ampliado" (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Perú, Bolivia y Chile).

Los abortistas del MERCOSUR

El 17 de junio de este año, el ministro de Salud de Argentina, Ginés González García, en su carácter de presidente pro témpore de la Comisión de Salud del Mercosur, dejó inaugurada la XVI Reunión de Ministros de Salud del Mercosur y Estados Asociados.

"La intención -dijo González García- es que estas reuniones de ministros del Mercosur tengan una agenda sostenida y no sólo formal. Es decir, construida y constituida por cuestiones centrales de las políticas de nuestros países. Desde esa perspectiva, a partir del consenso que hemos logrado entre los ministros de la región, hemos iniciado una forma de construcción muy concreta y veloz para algunos de estos temas primordiales para nuestros países, una agenda ambiciosa que tiene como eje nuestros intereses nacionales".

Entre otras cosas los ministros armonizaron posiciones en relación a las políticas integrales de la salud de la mujer para ser llevadas ante la Reunión del Comité Especial sobre Población y Desarrollo de la CEPAL con motivo de los 10 años de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, preparatoria para "Cairo+10".

Las comisiones de trabajo que se reunieron estuvieron coordinadas por la doctora Graciela Rosso, Secretaria de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias. (Rosso asistió este año a las tres reuniones de la CEPAL: Santiago, México y Puerto Rico).

Además de González García, asistieron a la reunión el ministro de Salud y Deporte de Bolivia, doctor Fernando Antezana Aranibar, el ministro de Salud de Brasil, doctor Humberto Costa, el coordinador nacional de la Reunión por la República de Chile, doctor Roberto Tapia, el ministro de Salud del Paraguay, doctor Julio Velázquez Tillería, la ministro de Salud del Perú, doctora Pilar Mazzeti Soler, el ministro de Salud del Uruguay, doctor Conrado Bonilla y el representante de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Juan Manuel Sotelo. FIN, 05-07-04

1.07.04

652 - CHILE: PROHIBEN PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS.

CHILE: PROHIBEN PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS.

Fuente: El Mercurio, 01-07-04. (Vid. NG NG 408-411, 469, 635, 638-649, 644 entre otros)

El 20º Juzgado Civil de Santiago de Chile prohibió la venta de la píldora del día después y ordenó revocar el decreto del Instituto de Salud Pública (ISP) que autorizó su comercialización desde 2001.

El tribunal acogió una demanda presentada por el Centro Juvenil Ages. La jueza del 20º Juzgado, Silvia Papa, ratificó la validez del fallo de agosto de 2001 de la Corte Suprema, que consideró como "posible efecto" del fármaco una acción destinada a impedir la implantación del embrión, por lo tanto, éste podía considerarse abortivo e ilegal. Ese fallo prohibió la venta de la píldora llamada Postinal, sin hacer referencia a su principio activo: la droga levonorgestrel.

Los fabricantes cambiaron el nombre al producto y así volvieron a ponerlo en venta. La demanda a la que se hizo lugar ayer dice: "La única diferencia que existe entre el anticonceptivo prohibido por la sentencia de la Corte Suprema y el autorizado posteriormente para su comercialización (Postinor 2), es su nombre de fantasía, lo que lo convierte en un producto peligroso que puede conculcar el derecho a la vida".

El ISP argumentó que no se puede considerar individuo un óvulo fecundado que aún no anida. Sin anidación, dice el Instituto, no hay certeza de desarrollo de vida humana.

El ISP sostuvo que el Postinor 2 es un "medicamento nuevo" con una composición distinta al prohibido por la Suprema Corte. Sin embargo, la jueza dice que en la novena sesión de la Comisión de Evaluación de Productos Farmacéuticos Nuevos del ISP del 15 de diciembre de 2000 se estableció que el principio activo del Postinal es "idéntico" al Postinor 2, que se vende en farmacias y se distribuye gratis en servicios de urgencia. La jueza dice que el laboratorio Grünenthal negó al tribunal información clave para validar las innovaciones clínicas que justifiquen su diferencia.

A juicio del tribunal, se violaron la Constitución, decretos leyes y supremos y el Código Sanitario al no defender la vida e igualdad del que está por nacer.

En una de sus frases clave, la jueza dice que el "sujeto biológico" existe como tal desde la fecundación o concepción. FIN, 01-07-04