Adaptaciones legítimas del rito romano sin sincretismo ni deidades indígenas (Liturgia frente a ídolos - IV)

orienteLa inserción profunda de la predicación de la fe cristiana en las distintas culturas dio origen a los distintos ritos y familias litúrgicas, orientales y occidentales, asumiendo sus peculiaridades, formas de expresión y de canto, sensibilidad, orden y organización del rito (incluso su duración y vivencia del tiempo), colores, etc. Fue un sano ejercicio de inculturación de la fe y de la liturgia en torno a las grandes sedes patriarcales y Padres de la Iglesia.

El rito romano, conciso y sobrio, es capaz de asimilar y adaptarse a diferentes ámbitos culturales, enriqueciéndose al mismo tiempo: pensemos cómo incluyó los usos francos y germánicos, su peculiar sensibilidad y estilo, modificando el mismo rito romano o enriqueciéndolo de otra manera, según cada cual quiera valorar (ahí están los sacramentarios Gelasianos del siglo VIII o el Pontifical romano-germánico del siglo X).

Es una tarea que realiza la Iglesia misma –nadie por su propia iniciativa suprimiendo, cambiando o añadiendo (cf. SC 22)-. Es lo que en el número 39 de la Constitución Sacrosanctum Concilium se decía:

“Al revisar los libros litúrgicos, salvada la unidad sustancial del rito romano, se admitirán variaciones y adaptaciones legítimas a los diversos grupos, regiones, pueblos, especialmente en las misiones, y se tendrá esto en cuenta oportunamente al establecer la estructura de los ritos y las rúbricas”.

De este modo, se tiene en cuenta la adaptación del Rito romano a las distintas culturas y así se interpreta en la mens del legislador y en documentos posteriores a Sacrosanctum Concilium: elementos tales como la música, o el color de los ornamentos litúrgicos según la variedad de culturas (por ejemplo, el blanco es el luto en algunas en lugar del color negro) o su corte y diseño, o la forma de intercambiar el signo de paz, o los besos o genuflexiones por otros signos de reverencia más adecuados a tal cultura, etc.

Viene regulado este principio de inculturación del rito romano por la Santa Sede, sin estar expuesto a la originalidad o creatividad alocada de nadie, en las distintas Instrucciones de aplicación para la reforma litúrgica de la Cong. para el Culto divino y con aprobación expresa del Sumo Pontífice. Si seguimos leyendo la Constitución SC, veremos cómo corresponde el proponer ciertas adaptaciones ni siquiera a un obispo particular, sino a la autoridad territorial competente (Conferencia episcopal, SC 22,2) elevándolo a la Cong. para el Culto divino:

“Las adaptaciones que se consideren útiles o necesarias se propondrán a la Sede Apostólica para introducirlas con su consentimiento” (SC 40,1).

Estos números de SC serán explicitados en sucesivas Instrucciones, especialmente “La liturgia romana y la inculturación”, de la Cong. para el Culto divino, de 1995. Afirma esa Instrucción: “Se podrá algunas veces admitir todo aquello que en las costumbres de los pueblos no esté indisolublemente vinculado a supersticiones y errores” (n. 31) y “que los fieles no vean en la introducción de estos elementos la vuelta a una situación anterior a la evangelización” (n. 32). Es decir, los elementos y adaptaciones que se pueden introducir en el rito romano, evidentemente, no pueden repugnar a la fe católica, ni consistir en un sincretismo religioso tomando ritos de ídolos o deidades, o expresiones mágicas o míticas.

Este procedimiento está por tanto sumamente determinado por la legislación litúrgica. No procede entre las competencias de un obispo para su diócesis, inventando, suprimiendo, añadiendo elementos o ritos, o escribiendo una oración para que se rece en Misa, ya que las competencias del obispo en liturgia son vigilar y preservar que se obedezca lo ya establecido:

“El Obispo diocesano, que debe ser tenido como el gran sacerdote de su grey, de quien deriva y depende en cierto modo la vida de sus fieles en Cristo, debe fomentar, conducir y vigilar en su diócesis la vida litúrgica. A él, en esta Instrucción, se le confía ordenar la disciplina de la concelebración (cfr. núms. 202; 374), establecer las normas acerca de los que sirven al sacerdote en el altar (cfr. n. 107), acerca de la distribución de la sagrada Comunión bajo las dos especies (cfr. n. 283), acerca de la construcción y disposición de las iglesias (cfr. n. 291). Y le corresponde a él mismo, en primer lugar, fomentar el espíritu de la sagrada Liturgia en los presbíteros, diáconos y fieles” (IGMR 387).

Tampoco puede la Conferencia episcopal de obispos determinar elementos de la liturgia, incluir ritos o eliminarlos, introducir textos o plegarias, o realizar una inculturación o adaptación del rito romano a las diferentes culturas; sólo puede la Conferencia de obispos proponer los elementos que se disciernan oportunos, remitiéndolos a la autoridad de la Sede apostólica:

“Corresponde a las Conferencias de Obispos definir las adaptaciones que se indicarán en esta Institución General y en el Ordinario de la Misa, y una vez aprobadas las actas por la Sede Apostólica, introducirlas en el Misa, como son:

— Los gestos de los fieles y las posturas corporales (cfr. antes n. 43)

— Los gestos de veneración referentes al altar y al Evangeliario (cfr. antes n. 273).

— Los textos de los cantos de entrada, de preparación de los dones y de la Comunión (cfr. antes núms. 48; 74; 87).

— Las lecturas que deben ser tomadas de la Sagrada Escritura para circunstancias especiales (cfr. antes n.362).

— La forma de dar la paz (cfr. antes n.82).

— El modo de recibir la sagrada Comunión (cfr. antes núms. 160; 283).

— El material del altar y de los utensilios sagrados, especialmente de los vasos sagrados y, además, el material, la forma y el color de las vestiduras litúrgicas (cfr. antes núms. 301; 326; 329; 339; 342-346)” (IGMR 390).

Siempre con la aprobación expresa de la Santa Sede, nunca a capricho. ¿Se ve en algún sitio que puedan adoptar ritos paganos, o costumbres idolátricas, o nada que pueda parecer sincretismo?

Expresamente está prohibido cualquier sincretismo o rito pagano en la liturgia introducido por cualquiera –sea obispo o presbítero- en la Instr. Redemptionis sacramentum: “Por último, el abuso de introducir ritos tomados de otras religiones en la celebración de la santa Misa, en contra de lo que se prescribe en los libros litúrgicos, se debe juzgar con gran severidad” (n. 79). Si es calificado de abuso, no es que el “Novus Ordo Missae” lo consienta o favorezca, sino que es una profanación, prohibida lógicamente por la liturgia.

Además la ya citada IV Instrucción “La liturgia romana y la inculturación” determina lo siguiente:

“Siendo la liturgia una expresión de la fe y de la vida cristiana, hay que vigilar que su inculturación no sea ni dé la impresión de sincretismo religioso. Ello podría suceder si los lugares, los objetos del culto, los vestidos litúrgicos, los gestos y las actitudes dan a entender que, en las celebraciones cristianas, ciertos ritos conservan el mismo significado que antes de la evangelización. Aún sería peor el sincretismo religioso si se pretendiera reemplazar las lecturas y cantos bíblicos o las oraciones por textos tomados de otras religiones” (n. 47).

Un ejemplo de esta inculturación y adaptación del rito romano al genio peculiar de una cultura, tal como hemos ido exponiendo, fue el “Misal romano para las diócesis del Zaire”, por decreto de la Cong. para el Culto divino de 30 de abril de 1988[1].

misa congo“La liturgia eucarística aquí descrita [el decreto de aprobación] representa una manera propia para la Iglesia particular del Zaire, en el contexto africano-zaireño, de celebrar la Eucaristía cristiana en una triple fidelidad: fidelidad a la fe y a la tradición apostólica, fidelidad a la naturaleza íntima de la liturgia católica misma, fidelidad al genio religioso y al patrimonio cultural africano y zaireño”[2].

Se realiza, juntos a la vez todos los ministros, el saludo al altar, sea inclinación profunda, o una genuflexión o una postración.

El sacerdote venera el altar abrazándolo, los brazos en forma de V y apoyando la frente en él (se sustituye así el beso). Lo hace, además, en los cuatro lados del altar mientras los ministros están profundamente inclinados.

Se invocan a los santos y antepasados en forma de letanía en consonancia con la cultura africana que tanto valor da a los ancestros y a la familia. Luego se canta el Gloria. La oración colecta la reza el sacerdote pero los fieles extienden también los brazos. Si la oración es cantada, el pueblo canta la conclusión con el sacerdote.

Incluye y permite el ritmo, la danza con un profundo sentido religioso: “Los movimientos rítmicos, que expresan la participación de todo el cuerpo en la oración, se hacen en la asamblea, permaneciendo en su sitio: durante la procesión de entrada, el canto de aclamación después de ponerse en presencia de Dios [en lugar del acto penitencial], la aportación de los dones, la salida”[3]. O la variedad en el corte y colorido de las vestiduras litúrgicas: “La vestidura propia del sacerdote celebrante y de los concelebrantes es la casulla, según la forma recibida en el Zaire, y del color que convenga al carácter de la celebración”[4].

A esto es lo que se refería la Constitución Sacrosanctum Concilium, n. 39, con las legítimas adaptaciones y según el procedimiento establecido: proposiciones de la Conferencia de Obispos a la Santa Sede, que será quien autorice y señale y apruebe las modificaciones y adaptaciones necesarias. Y a esto se refiere, concretando y resumiendo, la IGMR:

“Sin embargo, por cuanto se refiera a cambios y a adaptaciones más profundas que tengan que ver con tradiciones y con la índole de pueblos y regiones que, según el espíritu del artículo 40 de la Constitución sobre la Sagrada Liturgia, deban introducirse por utilidad o por necesidad, obsérvese lo que se expone en la Instrucción “La Liturgia Romana y la inculturación” y más adelante (núms. 395-399)” (IGMR 26).

Evidentemente, no hay sincretismo alguno, ni ritos paganos introducidos, ni ídolos ni prácticas extrañas a la fe, ni cosa semejante.

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Y P.D. de “actualidad":

Expuesto lo anterior, ha sido profundamente desacertado y desagradable ver cómo la Cáritas diocesana de una diócesis argentina, publicó una oración dirigida a la deidad Pachamama, con términos realmente confusos, mal escrita, y que parece terminar dirigiéndose a la Santísima Virgen. Sacrilegio y profanación, y en lugar de reconocer el tremendo error y reparar el pecado, se justifican en su comunión con el Santo Padre a quien intentaban agradar y se alarman de que haya quienes se hayan ofendido o escandalizado.

cáritas argentina

¿Una Cáritas diocesana componiendo oraciones a un ídolo indigenista? ¿Es posible? ¿Caminamos hacia el paganismo? ¿Cáritas, una ONG más? ¿Cáritas paganizando? ¿
Cáritas o Manos Unidas disimulando su naturaleza e identidad católica? ¿Es posible?

Centrándonos en el aspecto litúrgico, esta plegaria no cabe evidentemente en la liturgia, incluso aunque recibiera el “placet” de algún obispo. En la liturgia solo se pronuncian y rezan las oraciones legítimamente aprobadas por la Sede apostólica en el Misal romano, en sus rituales y en la Liturgia de las Horas. Un obispo no tiene capacidad de ordenar que se introduzca tal o cual oración añadida a la santa liturgia, como anteriormente hemos visto. Y nadie puede, a tenor de lo visto en las normas de la Iglesia, afirmar que esa oración pagana a la Pachamama es un signo de inculturación tal como lo pide el Vaticano II y que se puede introducir en la liturgia de la Iglesia.

Por eso, esa barbaridad de oración a la deidad Pachamama no tiene lugar ni cabe en la liturgia ni ninguna rúbrica lo consiente por ningún lado.

PD. Y de paso… cuestiono abiertamente tanto y tanto subsidio “litúrgico” que desde tantas instancias distintas se envían a las parroquias en cada Jornada de no-sé-qué, incluyendo la originalidad de turno del redactor de tal o cual Secretariado: moniciones a todo, preces sin pies ni cabeza, ofrendas “simbólicas” con monición (!!), oración y hasta “monición de acción de gracias"… Realmente, habría mucha poda que realizar en tanto material “pseudo-litúrgico".



[1] Notitiae 264 (1988), pp. 457ss.

[2] Notitiae 264 (1988), p. 458.

[3] Decr., n. 28: Notitiae 264 (1988), pp. 463.

[4] Decr., n. 35; Notitiae 264 (1988), pp. 464.

7 comentarios

  
Pacomio
¡Buenísimo Padre!
Nuestro Señor lo recompense y haga su magisterio siempre más fecundo.
Con su Bendición.
30/08/21 9:30 PM
  
Xaverius
El tema de la inculturación va por adaptar gestos y elementos de acuerdo a la naturaleza que significan. Es decir, si le dices a un africano que la Misa es el acto más solemne y elevado de la iglesia, va a tener la inclinación de hacer movimientos ritmicos dentro de esta (pensemos en los ortodoxos etiopes); en cambio si la Misa es "una fiesta muy alegre" son los occidentales los que se van a poner a dar aplausos y bailar como desquiciados (obvio q siguiendo las ordenes del cura-showman de turno). Lo que para algunos sirve para vivir con fe y devocion el misterio de la santa misa para otros es la mejor forma de hacerlos caer en las garras de la herejía. (Y claro, la inculturación no se trata jamas de cambiar los textos del ordinario para agradecer al buda, ganesh y a la pachamama por fiestas alegres, primaveras liberacionistas, ni espiritus conciliares).
PD: Tengo entendido que en China el blanco es asociado con el luto, una sana inculturacion quizas hubiera sido que los sacerdotes ocuparan el dorado para los tiempos liturgicos que ocupan el blanco ¿que opina ud padre?

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JAVIER:

Si me pregunta mi opinión sobre el blanco o dorado, realmente el uso hace que en las grandes solemnidades se use el color dorado desde hace mucho. NO sería problema un cambio explícito en China y sería inculturación. por mí, perfecto
31/08/21 12:38 AM
  
Javidaba
Muchas gracias, D. Javier.
¡Qué pena que algunas Cáritas, no tengan caridad con la Liturgia!.

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JAVIER:

Desde luego, ¡qué falta de Caridad con la liturgia! Pero algunos, como diría D. Jorge Gonzálex Guadalix en su blog, eso de "los pobres" les da carta blanca para hacer lo que quieran y lo justifica todo muchas veces.
31/08/21 10:09 AM
  
maru
Totalmente de acuerdo P. Javier. Hay documentos precisos y concretos en cuanto a la Liturgia, por qué se llegó a este descontrol? La cuestión es que éste existe, se añade, se elimina, se inventa, etc etc. Con lo fácil que sería atenerse a lo que está estipulado...
Personalmente, le agradezco su arduo trabajo. El Señor, por supuesto que también.

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JAVIER:

Eso es. Ahora decir que es la liturgia misma la que permite y fomenta abusos y profanaciones es una barbaridad. Basta conocer a fondo toda la normativa actual.
31/08/21 10:14 AM
  
Alber
Completamente de acuerdo, P. Javier.

No puedo acudir a mi Parroquia por las “libertades” que el párroco se toma en la liturgia.
Sale a toda prisa de la sacristía, guitarra en mano, con una casulla de las “originales”… (ni rastro de crismón; ningún símbolo cristiano. Color y diseño “únicos”…). Muy ligera genuflexión ante el Sagrario. Canta y toca la guitarra desde el altar (!!). Creo que no puede hacerse la Consagración de forma más rápida, y otro tanto con la Comunión.
¿Corrección? Ninguna. Conste que es la excepción: en mi Diócesis se cuida mucho la liturgia. Pero, por eso mismo, es llamativo.

Lo del “espíritu del Concilio” (llevo décadas esperando a que los que defienden dicho “espíritu” me lo expliquen, sin éxito), hace un daño tremendo.

Gracias por sus escritos
31/08/21 12:59 PM
  
maru
No, no. No quise decir que la Liturgia fomente o permita abusos; a lo mejor me expliqué mal. Lo que quise decir es que es muy fácil seguir la Liturgia BIEN, ya que bpara ello , hay buena documentación/instrucción, sin que nadie tenga que inventarse nada.

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JAVIER:

No nos entendimos entonces.
Sé lo que vd. dijo y se explicó muy bien.
Yo aproveché y salí por la tangente no para replicarle (como hago ahora, jejeje), sino para poner para los demás en evidencia cómo la Liturgia en sí no permite esos abusos por más que vengan algunos repitiéndolo cansinamente. Si son "abusos", es que "no son permitidos".

31/08/21 5:55 PM
  
maru
Ah, gracias P. Javier!!!!!
02/09/21 12:32 PM

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