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15.12.12

Homosexualidad y discriminación

1. Discriminaciones justas e injustas

Según el diccionario, la palabra “discriminar” tiene dos acepciones:
• Separar, distinguir, diferenciar una cosa de otra.
• Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad, generalmente por motivos raciales, religiosos, políticos o económicos.

El diccionario concuerda en este punto con la filosofía clásica. Según la noción clásica de justicia, “justicia” no es dar siempre a todos lo mismo, sino dar a cada uno lo que le corresponde. La justicia consiste en tratar de un modo igual los casos iguales y de un modo desigual los casos desiguales. Aplicando esta noción, resulta que hay dos tipos de discriminación: las discriminaciones justas (primera acepción del diccionario) y las discriminaciones injustas (segunda acepción del diccionario). Por ejemplo, es justo negar el derecho al voto a los menores de 18 años, discriminando (distinguiendo) su situación de la de los mayores de edad. En cambio, es injusto conceder subsidios estatales sólo a escuelas que brindan una educación secularista, discriminando (dando un trato de inferioridad) a las que brindan una educación religiosa.

El Artículo 8º de la Constitución de la República Oriental del Uruguay establece lo siguiente: “Todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.” Por lo tanto nuestra Constitución asume la misma concepción clásica que acabo de exponer. Ya que todas las personas son esencialmente iguales ante la ley, ésta no debe realizar discriminaciones injustas. Por consiguiente es inconstitucional que los impuestos pagados por todos los ciudadanos sean utilizados para financiar un sistema educativo que satisface sólo los intereses de algunos, los que tienen una ideología secularista. No obstante, la ley puede y debe realizar discriminaciones justas entre las personas, con base en sus diferentes conocimientos o capacidades ("talentos") o en sus distintas virtudes, incluyendo evidentemente las virtudes morales. Por consiguiente es constitucional negar el derecho al voto a los menores de 18 años, porque por lo general éstos aún no tienen la capacidad de discernimiento suficiente o los conocimientos requeridos para ejercer ese derecho.

2. La discriminación por “orientación sexual”

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17.05.11

Voces anticatólicas (Lic. Néstor Martínez)

Hasta la reciente reforma realizada por el Papa Juan Pablo II, la Iglesia exigía dos milagros para la beatificación de un candidato a los altares, y otros dos más para la canonización. El Papa Wojtyla redujo esa exigencia a un milagro para la beatificación y otro más para la canonización.

Pero lo que algunos tal vez criticarían como excesiva facilitación del proceso es haber prescindido, hasta ahora, de la autorizada opinión del semanario “Voces del Frente”, que inexplicablemente no estaba siendo consultado sobre el tema y que por eso mismo, tal vez, con ánimo de reparar en algo tan grave omisión, ha cometido algo titulado “Juan Pablo II, ¿fue un santo?”, en donde esa profunda cuestión teológica es sometida al juicio experto de algunos no creyentes y otros que se dicen católicos, más un católico de verdad que, por alguna falla totalmente disculpable de la producción, llegó también a ser interrogado.

El trabajo que se toman los enemigos de Dios, de Cristo y de su Iglesia por hacer cumplir infaliblemente cada una de las palabras del Evangelio es realmente notable. “Si al amo de casa lo llaman Belcebú, cuánto más a los domésticos”, dijo el Señor. Y esas palabras podrían servir hoy de criterio infalible para detectar a los verdaderos domésticos y servidores de Cristo. Y, con ese criterio, no sólo Juan Pablo II, sino también Benedicto XVI, han sido ya canonizados por el juicio unánime de tantos de-formadores de opinión que no han tenido la gracia, en los ocultos designios de Dios, de recibir, por el momento al menos, el don de la fe.

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15.11.10

Carta a un fundamentalista anticatólico

Estimado J. (1):

El Espíritu Santo guía a la Iglesia en todo tiempo y es, por así decir, el “alma” que le da vida y la santifica. La Iglesia es santa porque es obra de Dios tres veces Santo, no porque los hombres que la integramos seamos totalmente santos. En realidad todos nosotros hemos pecado y estamos necesitados de purificación, pero podemos decir con San Pablo que “donde abundó el pecado, sobreabundó la gracia” (Romanos 5,20).

Para ser católico no es necesario defender todas y cada una de las cosas que se han hecho en nombre de la Iglesia Católica a lo largo de sus dos mil años de historia y a lo ancho de los muchos países y culturas en las que ella se ha encarnado. También en nombre de otras realidades elevadas (la libertad, la democracia, etc.) se han cometido muchos crímenes, pero no por eso dejamos de apreciarlas. Al menos, de los pecados de los cristianos podemos decir que, aunque sean muchos, ninguno proviene del cristianismo, sino de su negación teórica o práctica, o de una mala comprensión del mismo.

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