(Abc) La enmienda transaccional al proyecto de ley educativo, Lomloe, actualmente tramitado en el Congreso, ha sido aprobada ayer martes en la cuarta reunión de la Ponencia, es decir, el grupo de trabajo que analiza y vota las enmiendas y presenta un dictamen a la Comisión de Educación de la Cámara Baja. Pasado este proceso, las enmiendas pasan al Pleno del Congreso en primera vuelta y de ahí el texto va al Senado para volver al Congreso para su aprobación definitiva y convertirse en ley.
La enmienda señala lo siguiente:
«En la programación de la oferta de plazas, las administraciones educativas armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación, mediante una oferta suficiente de plazas públicas, en condiciones de igualdad y los derechos individuales de alumnos y alumnas, padres, madres y tutores legales».
El añadido: «mediante una oferta suficiente de plazas públicas» de Más País va contra la propia Constitución, que en su artículo 27 alude tanto en en su apartado 1 como en su apartado 5 al derecho a la educación a secas, es decir, garantizado tanto por la pública como por la concertada. «Todos tienen el derecho a la educación»; «Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes».
La «ley Celaá» ya había eliminado en su texto inicial la alusión a la «demanda social» de dicho artículo 109. Es decir, es decir, que las plazas en los centros públicos y concertados variarán en función de lo que pidan los padres.
Aprobado el polémico apartado 5 de PSOE y UP
En esta enmienda transaccional aprobadad también se recogen modificaciones realizadas por PSOE y Podemos a la «ley Celaá» (en sus enmiendas conjuntas) que aluden reiteradamente al incremento de plazas públicas para atender toda las necesidades de escolarización. Por ejemplo:
«En el marco de la programación general de la red de centros de acuerdo con los principios anteriores, las administraciones educativas garantizarán la existencia de plazas públicas suficientes especialmente en las zonas de nueva población».
También se aprueba el apartado 5 del artículo 109, obra de PSOE y Podemos que dice que: «las Administraciones educativas promoverán un incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública».
Las contradicciones con la «heterogenidad del alumnado»
Por otro lado, PSOE y Podemos incuyen en el artículo 109.1 el objetivo de conseguir una «heterogeneidad» del alumno como «oportunidad educativa» y, al mismo tiempo, han aprobado otra enmienda transaccional con ERC que establece como criterio de preferencia para acceder al concierto el fomento de la escolarización de proximidad (que el centro esté cerca del domicilio o zonficación). La pregunta que cabe hacerse es cómo conseguir un alumando heterogéneo si se prima la proximidad de domicilio y por lo tanto, no podrán elegir un colegio que esté más lejos de su distrito.