El Papa amplía los derechos de las familias trabajadoras del Estado vaticano

Mediante un Rescripto

El Papa amplía los derechos de las familias trabajadoras del Estado vaticano

El Papa León XIV ha aprobado un Rescripto que introduce nuevos permisos de paternidad, medidas de apoyo a padres con hijos discapacitados y ampliaciones en el subsidio familiar para los empleados y pensionistas del Vaticano.

(InfoCatólica) El texto, firmado por el prefecto de la Secretaría para la Economía, Maximino Caballero Ledo, refuerza la protección social en el Estado de la Ciudad del Vaticano.

El Rescripto, publicado el 11 de agosto y fruto de las deliberaciones del Consejo de la ULSA (Ufficio del Lavoro della Sede Apostolica), otorga a los empleados vaticanos cinco días de permiso remunerado por el nacimiento de un hijo, que podrán disfrutarse de manera continua o fraccionada en días completos, dentro de los treinta días posteriores al parto. Durante ese periodo, el trabajador recibirá el 100 % del salario, con pleno cómputo a efectos de antigüedad.

En el caso de familias con hijos en situación de discapacidad grave acreditada, se reconocen tres días al mes de permiso remunerado, utilizables de forma continua, siempre que el menor no esté ingresado a tiempo completo en un centro especializado. Para su concesión, el dictamen del Colegio Médico —basado en tablas emitidas por la Autoridad Superior— será inapelable y supondrá la prohibición de realizar otro trabajo, salvo autorización expresa.

Asimismo, el núcleo familiar de personas reconocidas como discapacitadas graves o incapacitadas por el Colegio Médico tendrá derecho a la prestación familiar. Este beneficio también se extiende a pensionistas vaticanos, ya sea por pensión directa, indirecta o de reversibilidad, siempre que cumplan los requisitos de discapacidad establecidos.

En lo que respecta al subsidio familiar, el Rescripto establece que podrán beneficiarse las familias con hijos reconocidos oficialmente —ya sea por nacimiento dentro del matrimonio, por legitimación posterior o por equiparación legal como en el caso de adopciones— que sean menores de 18 años. El derecho se amplía para quienes, una vez cumplida esa edad, continúen sus estudios: hasta los 20 años en el caso de enseñanza secundaria y hasta los 26 en estudios universitarios o equivalentes reconocidos por la Santa Sede. En todos los supuestos, será necesario acreditar la matrícula mediante un certificado expedido por el centro educativo correspondiente.

3 comentarios

Jaime Nebot
Es la sociedad civil la que ha obligado al Estado Vaticano a tomar éstas medidas y que se deberían haber tomado siendo el Papa Francisco (que quito una paga a los funcionarios restablecida por el actual Papa , de todas formas me alegro de las medidas que se han adoptado por un Papa que por algo se puso el nombre de León XIV, y cuyo precursor hizo la primera encíclica en defensa de los trabajadores.
11/08/25 7:58 PM
Jorge Carrillo Lopez
Bendito sea nuestro Señor por nuestro Papa Leon XIV. congruente con la aplicación en casa de la Doctrina Social de la Iglesia. Gloria a Dios.
11/08/25 8:52 PM
Maria Rosa Pinto López
Es todo un "PADRE".
11/08/25 9:41 PM

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