Descendió a los infiernos
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Las palabras del Papa León XIV sobre el descenso de Cristo a los infiernos dan pie para abundante reflexión. ¿A quiénes descendió el Señor en el Sábado Santo y a quiénes liberó? No se ha de olvidar que de la condenación eterna no hay redención posible, eso fue sentenciado por la Iglesia en el caso del origenismo y su “apocatástasis” o salvación final de todos los condenados, demonios y hombres.
Según esto, Cristo no bajó a los infiernos para dar una “segunda oportunidad” a los condenados, de que pudieran optar por Él y salvarse, ni tampoco para llevarlos a todos al Cielo sí o sí.
La tradición ha enseñado que se trata de las almas de los justos anteriores a la venida del Verbo en la carne, que habían muerto en gracia de Dios, pero no podían todavía entrar al Cielo dado que todavía no se había obrado la Redención.
Es muy clara la siguiente cita del Catecismo de la Iglesia Católica:
“632 Las frecuentes afirmaciones del Nuevo Testamento según las cuales Jesús “resucitó de entre los muertos” (Hch 3, 15; Rm 8, 11; 1 Co 15, 20) presuponen que, antes de la resurrección, permaneció en la morada de los muertos (cf. Hb 13, 20). Es el primer sentido que dio la predicación apostólica al descenso de Jesús a los infiernos; Jesús conoció la muerte como todos los hombres y se reunió con ellos en la morada de los muertos. Pero ha descendido como Salvador proclamando la buena nueva a los espíritus que estaban allí detenidos (cf. 1 P 3,18-19).
633 La Escritura llama infiernos, sheol, o hades (cf. Flp 2, 10; Hch 2, 24; Ap 1, 18; Ef 4, 9) a la morada de los muertos donde bajó Cristo después de muerto, porque los que se encontraban allí estaban privados de la visión de Dios (cf. Sal 6, 6; 88, 11-13). Tal era, en efecto, a la espera del Redentor, el estado de todos los muertos, malos o justos (cf. Sal 89, 49;1 S 28, 19; Ez 32, 17-32), lo que no quiere decir que su suerte sea idéntica como lo enseña Jesús en la parábola del pobre Lázaro recibido en el “seno de Abraham” (cf. Lc 16, 22-26). “Son precisamente estas almas santas, que esperaban a su Libertador en el seno de Abraham, a las que Jesucristo liberó cuando descendió a los infiernos” (Catecismo Romano, 1, 6, 3). Jesús no bajó a los infiernos para liberar a los condenados (cf. Concilio de Roma, año 745: DS, 587) ni para destruir el infierno de la condenación (cf. Benedicto XII, Libelo Cum dudum: DS, 1011; Clemente VI, c. Super quibusdam: ibíd., 1077) sino para liberar a los justos que le habían precedido (cf. Concilio de Toledo IV, año 625: DS, 485; cf. también Mt 27, 52-53).”
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Los textos magisteriales citados por el Catecismo:
DS 485. Concilio de Toledo IV, año 625:
“Descendió a los infiernos para librar a los santos que allí eran retenidos.”
DS 587. Concilio Romano celebrado en 745, bajo el Papa San Gregorio III.
“Clemente, quien por su necedad rechaza (los escritos de) los estatutos de los santos Padres o menosprecia todos los actos sinodales, e incluso introduce el judaísmo entre los cristianos al predicar que el hermano del difunto puede tomar por esposa a la viuda (que la mujer puede unirse en matrimonio), y además predica que el Señor Jesucristo, descendiendo a los infiernos, sacó de allí a todos —píos e impíos por igual—, sea privado de todo oficio sacerdotal y quede sujeto al vínculo de anatema.”
DS 1.011. Benedicto XII, Carta “Cum dudum”, a los Armenios, año 1341.
“Asimismo (se objeta) que los armenios creen y sostienen que Cristo descendió del cielo y se encarnó para la salvación de los hombres, no porque los hijos engendrados de Adán y Eva, después de su pecado, contraigan de ellos el pecado original, del cual sean salvados por la encarnación y muerte de Cristo —pues dicen que no hay tal pecado en los hijos de Adán—, sino que dicen que Cristo se encarnó y padeció por la salvación de los hombres, porque por su pasión fueron liberados del infierno los hijos de Adán que precedieron dicha pasión, no en razón de un pecado original que hubiera en ellos, sino en razón de la gravedad del pecado personal de los primeros padres. Creen también que Cristo, por la salvación de los niños nacidos después de su pasión, se encarnó y padeció, porque por su pasión destruyó totalmente el infierno.”
Clemente VI, Carta “Super quibusdam” a Mekhithar, Católico de los Armenios, año 1351.
1077 574a 13. “[Preguntamos si crees…] Que Cristo, descendiendo a los infiernos, no destruyó el infierno inferior.”
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Explica ChatGPT:
“El Credo afirma que Cristo “descendió a los infiernos” (descendit ad inferos). En la teología patrística y escolástica se distingue entre varios “infiernos” (inferna) en sentido amplio, es decir, los lugares de los muertos:
- Infernum superius (o limbus Patrum): el “seno de Abraham”, donde estaban los justos del Antiguo Testamento, privados de la visión de Dios, pero sin pena de condenación.
- Infernum puerorum (limbus puerorum): donde iban los niños muertos sin bautismo, con pena de daño (privación de la visión beatífica), pero sin pena de sentido.
- Purgatorium: lugar de purificación temporal.
- Infernum inferius (gehenna): el infierno de los condenados, con penas eternas.
La doctrina católica (p. ej. Santo Tomás, S. Th. III q.52) enseña que:
- Cristo descendió verdaderamente al infernum superioris para liberar a los justos (los santos Padres) que aguardaban la redención.
- Su presencia en el infierno de los condenados (infernum inferius) tuvo el efecto de manifestar su poder y victoria, pero no abolió ni destruyó ese infierno.
- Tampoco sacó de allí a los condenados, porque la condenación es definitiva.
Por eso, el enunciado “Quod Christus non destruxit descendendo ad inferos inferiorem infernum”
(“Que Cristo, descendiendo a los infiernos, no destruyó el infierno inferior”) se formula para rechazar un error: algunos sostenían que la redención de Cristo había vaciado o aniquilado el infierno mismo, o que incluso los impíos habían sido liberados. La Iglesia enseñó lo contrario: la victoria de Cristo libera a los justos, pero no suprime la existencia ni la eternidad del infierno de condenación.”
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Dice Santo Tomás de Aquino:
“Segundo, porque era conveniente que, vencido el diablo por la pasión, librase a los aprisionados, que estaban detenidos en el infierno, según aquellas palabras de Zac 9,11: Tú también, por la sangre de tu alianza, compraste a los cautivos del infierno. Y en Col 2,15 se dice: Y despojando a los principados y a las potestades, los expuso intrépidamente.
Tercero, para que, así como manifestó su poder en la tierra viviendo y muriendo, lo manifestase también en el infierno, visitándolo e iluminándolo. Por esto se dice en el Sal 23,7.9: Levantad, príncipes, vuestras puertas; esto es, comenta la Glosa: Príncipes del infierno, apartad de vosotros el poder con que hasta ahora manteníais a los hombres en el infierno; y así, al nombre de Jesús se doble toda rodilla, no sólo en los cielos sino también en los infiernos, como se dice en Flp 2,10.” (IIIa. q. 52, a. 1. c.)
“La pasión de Cristo fue causa universal de la salvación de los hombres, tanto de los vivos como de los muertos. Y la causa universal se aplica a los efectos particulares por algún acto especial. Por lo cual, así como la virtud de la pasión de Cristo se aplica a los vivos por medio de los sacramentos, que nos configuran con ella, así también fue aplicada a los muertos mediante el descenso de Cristo a los infiernos. Por tal motivo se dice claramente en Zac 9,11 que “sacó a los cautivos del infierno por la sangre de su alianza”, esto es, por la virtud de su pasión.” (IIIa., q. 52, a. 1, ad 2um)
“De dos modos se dice que algo está en un lugar. Uno, por su poder. Y, de esta manera, Cristo bajó a cualquiera de los infiernos; pero no a todos por igual. Pues, al bajar al infierno de los condenados, su eficacia se tradujo en impugnarles por su incredulidad y por su malicia. En cambio, a los que estaban encerrados en el purgatorio les dio la esperanza de alcanzar la gloria. Y a los santos Patriarcas, que estaban encerrados en el infierno solamente por el pecado original, les infundió la luz de la gloria.” (IIIa., q. 52, a. 2, c.)

“Como antes se ha expuesto, Cristo, al bajar a los infiernos, obró por la virtud de su pasión. Y por la pasión de Cristo fue liberado el género humano no sólo del pecado, sino también del reato de la pena, como arriba se ha dicho. Pero los hombres estaban sujetos por el reato de la pena de dos modos: Uno, por el pecado actual, que cada uno había cometido en su propia persona. Otro, por el pecado de toda la naturaleza humana, que pasó originalmente del primer Padre a todos, como se dice en Rom 5,12ss. Pena de este pecado es la muerte corporal y la exclusión de la vida gloriosa, como es evidente por lo que se dice en Gen 2,17 y 3,3.19.23ss: Pues Dios echó al hombre del paraíso después del pecado, a quien, antes del pecado, había amenazado con la muerte si pecaba. Y por eso, Cristo, bajando a los infiernos, por su pasión libró a los santos de ese reato, por el que estaban excluidos de la vida gloriosa, de modo que no podían ver a Dios por esencia, en lo que consiste la perfecta bienaventuranza del hombre, como se ha expuesto en la Segunda Parte. Y los santos Padres estaban detenidos en el infierno por cuanto que, a causa del pecado del primer Padre, no les estaba abierta la puerta de la vida gloriosa. Y así Cristo, descendiendo a los infiernos, libró de los mismos a los santos Padres. Precisamente esto es lo que se dice en Zac 9,11: “Tú, mediante la sangre de tu alianza, sacaste a los cautivos del lago en que no había agua”. Y en Col 2,15 se escribe que, “despojando a los principados y a las potestades”, infernales se entiende, “llevándose a Isaac y Jacob con los demás justos, los hizo pasar de un lugar a otro, esto es, los condujo desde este reino de las tinieblas al cielo”, como dice la Glosa allí mismo.” (IIIa., q. 52, a. 5, c.)
Santo Tomás distingue aquí entre el pecado y el reato de la pena, que corresponde por el pecado, y dice que de ambos nos ha librado Cristo por su Pasión. Pero este reato es doble: el debido al pecado personal, y el debido al pecado original. Los santos Padres, en el “limbo de los justos”, carecían de pecado, tanto personal como original, porque estaban en gracia de Dios, y no tenían reato personal por el pecado, pero tenían el reato debido al pecado original.
De este reato del pecado original es que libra Cristo a los que estaban en el “limbo de los justos” abriéndoles las puertas del Cielo, o sea, haciendo que sus almas entren en la gloria de los bienaventurados.
“Como arriba queda expuesto, cuando Cristo descendió a los infiernos, obró con el poder de su pasión. Y, por eso, su descenso a los infiernos sólo resultó provechoso para los que estuvieron unidos a la pasión de Cristo por medio de la fe informada por la caridad, que quita los pecados. Pero los que estaban en el infierno de los condenados, o absolutamente no habían tenido fe en la pasión de Cristo, como los infieles; o si tuvieron fe, no se conformaron en modo alguno con la caridad de Cristo paciente. Por lo cual tampoco estaban limpios de sus pecados. Y, por este motivo, el descenso de Cristo a los infiernos no les trajo la liberación del reato de la pena infernal.” (IIIa., q. 52, a. 6, c.)

“Cuando Cristo desciende a los infiernos, fueron visitados de algún modo todos los que estaban en cualquier parte del infierno; pero algunos, para su consuelo y liberación; otros, en cambio, para su represión y confusión, es a saber, los condenados. Por eso se añade allí mismo (Is 24,23): “Y se sonrojará la luna, y se avergonzará el sol”, etc. También esto puede referirse a la visitación con que serán visitados en el día del juicio, no para ser librados sino para ser confirmados en su condenación, conforme a aquel pasaje de Sof 1,12: “Visitaré a los hombres que se sientan sobre sus heces”.” (IIIa., q. 52, a. 6, ad 1um)
“No se debió a impotencia de Cristo el que algunos no fueran librados de cualquier estado de las moradas infernales, como lo fueron de cualquier estado los moradores del mundo, sino que se debió a la distinta condición de unos y otros. Porque los hombres, mientras viven aquí, pueden convertirse a la fe y a la caridad, ya que en esta vida los hombres no están confirmados en el bien o en el mal, como acontece después de salir de esta vida.” (IIIa., q. 52, a. 6, ad 3um)
Luego trata Santo Tomás el tema de los niños muertos con el pecado original:
“Como antes se ha expuesto, el descenso de Cristo a los infiernos sólo tuvo efecto en aquellos que, por la fe y la caridad, estaban unidos a la pasión de Cristo, por cuya virtud tenía poder liberador el descenso de Cristo a los infiernos. Pero los niños que habían muerto con el pecado original, en ningún modo habían contactado con la pasión de Cristo mediante la fe y la caridad, pues ni habían podido tener fe propia, al carecer del uso del libre albedrío, ni habían sido purificados del pecado original mediante la fe de los padres o por medio de algún sacramento de la fe. Y, por este motivo, el descenso de Cristo a los infiernos no libró de los mismos a estos niños. Y además, los santos Padres fueron librados del infierno porque fueron admitidos a la gloria de la visión de Dios, a la que nadie puede llegar sino por medio de la gracia, según aquellas palabras de Rom 6,23: Gracia de Dios (es) la vida eterna. Por consiguiente, al no haber tenido la gracia los niños muertos con el pecado original, no fueron librados del infierno.” (IIIa., q. 52, a. 7, c)
Esto que dice aquí Santo Tomás no contradice la enseñanza del Catecismo de la Iglesia Católica, según la cual hay una esperanza de salvación para los niños muertos sin bautismo, porque en esta última enseñanza se entiende que los niños que así se salven ciertamente que no murieron con el pecado original, sino que éste les fue quitado de un modo que Dios sabe, por la gracia de Dios.
Otra cuestión es si esa salvación alcanza a todos los niños que mueren sin bautismo, o si hay algunos de esos niños que no son librados por la gracia de Dios, como supone Santo Tomás en esos pasajes.
Lo importante en estos textos de Santo Tomás es que muestran claramente que alcanza con el solo pecado original para no poder entrar al Cielo, y explican el por qué las puertas del Cielo estaban cerradas antes de la pasión de Cristo, incluso para aquellos justos que habían muerto en gracia de Dios, y habían sido librados del pecado original, por tanto, pero permanecían sujetos a la pena del pecado original, que es la privación de la visión beatífica.
“Los santos Padres, aunque todavía permanecían ligados por el reato del pecado original en cuanto mira a la naturaleza humana, estaban, no obstante, libres de toda mancha de pecado por medio de la fe en Cristo; y por tanto eran capaces de la liberación que aportó Cristo cuando descendió a los infiernos. Pero eso no puede decirse de los niños, como consta por lo que acabamos de decir.” (IIIa., q. 52, a. 7, ad 1um)
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El arte cristiano , como venimos viendo, ha recogido de diversas maneras esta idea.
En la Commedia de Dante Alighieri hay al menos tres referencias al descenso de Cristo a los infiernos.
Infierno, canto IV, vv. 52–61.
Habla Virgilio:
“Rispose :«Io èra nuòvo in questo stato, quando ci vidi venire un possènte con sogno di vittòria incoronato. Tràsseci l’ombra del primo parénte, d’Abèl suo figlio, e quella di Noè, di Moisè legista e ubbidiente ; Abraàm patriarca e David re, Israel con lo padre e co’ suoi nati e con Rachele per cui tanto fé. Ed altri molti ; e feceli beati”
Respondió: “Yo era nuevo en este estado cuando vi venir a un poderoso, coronado con el signo de victoria. Sacó de allí la sombra del primer padre, de Abel su hijo, y la de Noé, de Moisés, legislador y obediente; a Abraham patriarca y a David rey, a Israel con su padre y con sus hijos, y con Raquel, por quien tanto trabajó. Y a muchos otros más; y los hizo bienaventurados.”
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Infierno, canto XII, vv. 34–43.
Virgilio explica:
“Or vò’ che sappi, che l’altra fiata ch’io discesi quaggiù nel basso infèrno, questa ròccia non èra ancor cascata. Ma cèrto pòco pria, se ben discerné, che venisse Colui che la gran prèda levò a Dite del cerchio supèrno, da tutte parti l’alta valle fèda tremò si, eh’ io pensai che l’univèrso sentisse amor, per lo quale è chi creda pliù vòlte il mondo in càos convèrso. Ed in quel punto questa vècchia ròccia qui ed altrove tal fece rivèrso.”
“Ahora quiero que sepas que la otra vez que descendí aquí abajo, en el hondo infierno, esta roca aún no se había derrumbado. Pero poco antes, si bien lo discierno, de que viniese Aquel que la gran presa arrancó a Dite del círculo superno, de todas partes la alta y fétida valle tembló tanto, que pensé que el universo sintiese amor, por lo cual hay quien cree que muchas veces el mundo en caos se convierte. Y en ese instante esta vieja roca aquí y en otras partes se desgarró”.
Explica ChatGTP:
“La “ruina” (el desplome de las rocas en torno al Flegetonte) es símbolo material de la irrupción de Cristo.
Dante no describe literalmente las puertas del Infierno destrozadas, como en ciertos apócrifos (por ejemplo, el Evangelio de Nicodemo), pero sí conserva la imagen de que la llegada de Cristo fracturó las defensas del Infierno y dejó huella física en su geografía.
En la tradición patrística y apócrifa (p. ej. Descensus ad inferos), Cristo rompe las puertas y cerrojos del Hades para liberar a los justos; Dante reelabora esa imagen en clave poética con la ruina de las rocas infernales.”
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Infierno IX, vv. 87–99:
“Venne alla pòrta, e con una verghetta l’aperse, che non ebbe alcun ritegno.«Cacciati del cièl, gènte dispètta,» cominciò egli in su l’orribil sòglia, «Ond’ està tracotanza in voi si alletta? Perché ricalcitrate a quella vòglia cui non puòte il fin mai èsser mozzo, e che più vòlte v’à cresciuta dòglia? Che giova nelle fata dar di còzzo? Cèrbero vòstro, se ben vi ricòrda, ne pòrta ancor pelato il mento e il gozzo.»
“Llegó a la puerta, y con una varita la abrió, sin mostrar ningún reparo. “¡Desterrados del cielo, gente despreciable!”, comenzó sobre el horrible umbral, “¿De dónde os viene tal arrogancia? ¿Por qué os rebeláis contra aquella voluntad a la que jamás podéis truncar el fin, y que tantas veces os ha causado dolor? ¿De qué sirve chocar contra el destino? Vuestro Cerbero, si bien lo recordáis, aún lleva rapada la garganta y el mentón.”
Explica ChatGPT:
“Dante y Virgilio intentan entrar en Dite (la ciudad infernal donde están los herejes y más abajo los pecadores graves). Los demonios les cierran las puertas y los desafían. Virgilio intenta negociar, pero fracasa. Entonces llega un mensajero celestial (un ángel), que abre las puertas con facilidad y reprende a los demonios por su osadía.
El ángel recuerda a los demonios una derrota pasada: la irrupción de Cristo en los infiernos tras su muerte, cuando rompió sus defensas. La frase “il fato che già s’è fatto” y la mención de Cerbero aluden a la Humillación del Infierno ocurrida en el descensus ad inferos. No se nombra directamente a Cristo, pero Dante está evocando el recuerdo de esa victoria divina como algo que los demonios no pueden olvidar.”

17 comentarios
De verdad, señores, qué ligereza la de poner en tela de juicio la ortodoxia del Papa León XIV sin saber con certeza lo que realmente quiso decir. Lo más sensato y evangélico no es armar artículos incendiarios desde el teclado, sino escribir con urgencia al Papa, a través del dicasterio correspondiente, para que aclare en persona lo que quiso expresar. Eso lo exige la corrección fraterna según Cristo: primero, al hermano directamente y en privado; y si después de un tiempo prudencial no hay respuesta, entonces sí hacerlo público.
Saltarse ese orden con cualquier cristiano ya es grave; hacerlo con el Papa es mucho peor. Porque Cristo fue claro: los insultos y juicios temerarios contra un hermano se pagan. Así que, ojo, que de estas imprudencias se acumula purgatorio ‘a punta pala’. Y todo por no seguir el camino más simple: preguntar primero, antes de condenar o insinuar sin estar seguros.
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Aquí nadie pone en cuestión nada, ni acusa a nadie de nada. Simplemente explicamos de acuerdo con la enseñanza de la Iglesia las palabras del Papa, que a alguno pueden parecerle poco claras en algún punto.
Me imagino que Ud. también piensa que las palabras del Papa hay que entenderlas de acuerdo con la tradición católica.
Saludos cordiales.
O lo que dijo es solo ocasión para la reflexión?
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No veo que el Papa niegue explícitamente ninguna verdad de fe, pero sí hay en ese discurso expresiones ambiguas que está bien aclarar, y por eso el “post”.
Por ejemplo:
“Cristo desciende al reino de los infiernos para llevar el anuncio de la Resurrección a todos aquellos que estaban en las tinieblas y en la sombra de la muerte.”
De acuerdo con lo que dice el Catecismo, y como dice Santo Tomás en los textos citados, este anuncio se dirigió de diferente modo a los justos y a los pecadores condenados.
“la fidelidad de su amor ha querido buscarnos allí donde nosotros mismos nos habíamos perdido,”
Esto es más compatible con la idea del infierno como un lugar en el que hay tanto condenados como no condenados. Porque propiamente el Señor fue a buscar sólo a los que no habían incurrido en la condenación eterna.
“esa condición en la que la vida está debilitada y reinan el dolor, la soledad, la culpa y la separación de Dios y de los demás.”
Misma observación. La condición ahí descrita tiene elementos que sólo se aplican a los condenados, como la culpa. En cuanto a la “separación de Dios”, se daba en forma distinta en los condenados, en donde es definitiva, que en los justos, donde era transitoria.
“entra, por así decir, en la misma casa de la muerte, para vaciarla, para liberar a los habitantes, tomándoles de la mano uno por uno. Es la humildad de un Dios que no se detiene delante de nuestro pecado, que no se asusta frente al rechazo extremo del ser humano.”
Esa casa quedó vaciada solamente de los justos que ahí estaban, los condenados siguieron ocupándola. Ciertamente el Señor bajó a un lugar de pecado, porque ahí había pecadores y condenados, pero se llevó de ahí solamente a los justos.
“un encuentro: entre Cristo y Adán. Un encuentro que es símbolo de todos los encuentros posibles entre Dios y el hombre. El señor desciende allí donde el hombre se ha escondido por miedo,”
Claro, el Adán que se esconde por miedo es el Adán pecador, el Adán al que el Señor libera del “limbo de los justos” es el Adán arrepentido de su pecado y en gracia de Dios.
“No se salva solo a sí mismo, no vuelve a la vida solo, sino que lleva consigo a toda a la humanidad”
Ese “llevarse Dios consigo a toda la humanidad” sólo puede entenderse correctamente de la voluntad antecedente divina, por la cual Dios quiere que todos los hombres se salven. En los hechos no se salvan todos, por eso con su Voluntad consecuente Dios quiere solamente la salvación de los que mueren en gracia de Dios.
Saludos cordiales.
Esto es más compatible con la idea del infierno como un lugar en el que hay tanto condenados como no condenados.
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633 La Escritura llama infiernos, sheol, o hades (cf. Flp 2, 10; Hch 2, 24; Ap 1, 18; Ef 4, 9) a la morada de los muertos donde bajó Cristo después de muerto, porque los que se encontraban allí estaban privados de la visión de Dios.
Néstor, ¿ Qué hubiera pasado con los "justos" privados de la visión si Cristo no nos hubiese redimido ? La redención y sobre todo gozar de la intimidad de Dios en el Cielo es una Gracia inmerecida para todos.
(...)
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Si Cristo no nos hubiese redimido no habría justos, porque son justos por la gracia de Dios.
Por eso digo en el "post", la privación de la visión de Dios en los que estaban en el "limbo de los justos" era transitoria, no era constitutiva del estado de condenación eterna que es el los que no fueron sacados de ahí.
Saludos cordiales.
De más está decir y en el caso de que no me esté equivocando con lo señalado anteriormente, que este “infierno”, al que hipotéticamente estaría haciendo alusión el Papa, nada tiene que ver con aquel otro de carácter ETERNO, DEFINITIVO E IRREMEDIABLE, que le espera sin lugar a dudas a todo aquel que tenga la desgracia de morir en estado de pecado mortal.
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Algo de esa referencia psicológica hay, sin duda, de todos modos es necesario aclarar lo que dice la doctrina católica respecto del infierno verdadero.
Saludos cordiales.
¿Es posible que las almas que aguardaban a Cristo en el Limbo de Abraham y en el purgatorio no tuviesen infundida la gracia santificante y la caridad hasta ese momento sino que estuviesen en un estado de aptitud para que les fuesen infundidas, y que Jesús les haya infundido la gracia santificante y la caridad al llegar a ese Limbo y purgatorio tras su muerte? ¿O sea que Jesús, al visitar el Limbo de Abraham y el purgatorio, haya "soplado" sobre esas almas la gracia santificante y la caridad así como Dios al principio sopló sobre Adán el aliento de vida?
Esta hipótesis se basa en la afirmación de Jesús, cuando Juan el Bautista todavía vivía, de que el más pequeño en el Reino de los Cielos era mayor que él (o sea que Juan el Bautista) (Mt 11,11; Lc 7,28). Eso da a entender que Juan el Bautista, y con él todos los justos del Antiguo Testamento, no tenían infundida la gracia santificante y la caridad antes de que Jesús obrase la Redención, sino que estaban en un estado de aptitud para que les fuese infundida, de "justicia natural" digamos.
En esta hipótesis la primera persona que tuvo la gracia santificante y la caridad infundidas en su alma luego del pecado de Adán fue la Virgen María, desde su Concepción. Luego Jesús en vida se las infundió a S. José y a los Apóstoles (lo cual se infiere de su recepción de la Eucaristía en la Última Cena), y luego tras morir a las almas de los justos veterotestamentarios al bajar al Limbo de Abraham y al Purgatorio.
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En el n. 633 del Catecismo que cité en el “post”, se habla de que en los infiernos a los que bajó N. S. Jesucristo había “almas santas” y “justos”, a los que se compara con Lázaro en el seno de Abraham. Pero nada de eso es posible sin la gracia de Dios.
Aunque sí puede haber término medio entre el estado de gracia y el estado de pecado mortal, porque los no bautizados que no han llegado al uso de razón pueden no estar en gracia de Dios y no tienen pecado mortal, lo que sí hay que decir es que no hay término medio entre el estado de gracia y el estado de pecado original.
Ahora bien, al llegar al uso de razón, o se peca mortalmente, o no. Después del pecado original, enseña Santo Tomás, sin la gracia no se puede evitar por mucho tiempo el pecado mortal (Ia.IIae.,q.109,a.8,c.). Por tanto, llegado el uso de razón, o se está en gracia o se está en pecado mortal. Pero el que está en pecado mortal no puede ser justo, como se dice que lo eran los que estaban en el limbo de los justos. Y además, el que muere en pecado mortal se condena eternamente. Por tanto, los que estaban en el limbo de los justos estaban en gracia de Dios.
En varias partes de su obra Santo Tomás dice que en el Antiguo Testamento había justos, que lo eran por la gracia de Dios. Por ejemplo:
“Ya hemos visto que en la ley antigua se admitía una doble impureza, la una espiritual, que es la impureza de la culpa, y la otra corporal, que quitaba la idoneidad para ejercer el culto divino, como se decía impuro el leproso y el que había tocado un muerto. Esta impureza no es otra cosa que cierta irregularidad. De esta impureza limpiaban las ceremonias de la ley antigua, que eran como remedios aplicados por disposición de la ley para quitar las impurezas que la misma ley había establecido. Por esto dice el Apóstol, en Heb 9,13: La sangre de los machos cabríos y de los toros y la aspersión de la ceniza de la vaca santifica a los impuros y les da la limpieza de la carne. Y como la impureza que estas ceremonias limpiaban era más de la carne que de la mente, por eso las ceremonias son llamadas por el Apóstol justicias de la carne, como las llama cuando dice (v.10): Las justicias eran carnales, sobre alimentos, bebidas..., establecidas hasta el tiempo de la sustitución.
Pero la impureza de la mente, que es la impureza del pecado, no tenían virtud de limpiarla las ceremonias de la ley, porque la expiación de los pecados nunca se pudo hacer sino por Cristo, que quita los pecados del mundo, como se dice en Jn 1,29. Y como el misterio de la encarnación y de la pasión de Cristo no estaba aún realizado, las ceremonias de la ley antigua no podían contener en sí realmente la virtud que brota de Cristo encarnado y muerto, como los sacramentos de la ley nueva, y así no podían purificar del pecado, como el Apóstol dice en Heb 10,4: Imposible era con la sangre de los toros o de los machos cabríos quitar los pecados. Por esto el Apóstol llama a estas ceremonias en Gál 4,9 elementos pobres y flacos: flacos, porque no pueden limpiar del pecado. Pero esta flaqueza les viene de su pobreza, porque no encierran en sí la gracia.
Sin embargo, la mente de los fieles podía en tiempo de la ley unirse por la fe con Cristo encarnado y muerto, y así se justificaban por la fe en Cristo. De esta fe venía a ser una confesión la observancia de las ceremonias, en cuanto eran figura de Cristo. He aquí por qué en la antigua ley se ofrecían sacrificios, no porque limpiasen de los pecados, sino porque eran una profesión de la fe que purifica del pecado. Y esto mismo indica el modo de hablar de la ley, pues en Lev 4,5 se dice: En la oblación de las víctimas por el pecado orará el sacerdote por el oferente, y el pecado le será perdonado; como si el pecado se perdonase, no por virtud de los sacrificios, sino de la fe y devoción de los oferentes. Conviene, no obstante, saber que la misma virtud que las ceremonias tenían de expiar las impurezas corporales, era figura de la expiación de los pecados, que nos viene de Cristo.”
Con más razón entonces San Juan Bautista estuvo en gracia de Dios durante su vida terrena.
Saludos cordiales.
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Esa frase no puede remitir a herejía ninguna, porque está en el Credo. Hay que entenderla católicamente, como la entiende la Iglesia.
Saludos cordiales.
Ahí ChatGPT entiendo que se hace eco de lo que algunos entienden erróneamente, que lo del limbo "no va más". Dice, en efecto: "donde iban los niños...". La cosa es que, como luego dices, el limbo no está anulado y la doctrina que lo justifica es perfectamente consistente en sí con la doctrina católica. Es más, en el caso de morir una persona con el solo pecado original, ahí hay que admitirlo.
En cuanto al término medio del comentario anterior, ahí el pecado original es como un pecado mortal habitual, porque implica la privación culpable de la gracia santificante habitual. Así que no hay término medio entre el estar en gracia y estar muerto culpablemente a la gracia (sea por el pecado original, sea por el actual). Entonces, no hay término medio entre ser justo y ser injusto.
En cuanto al pasaje de S. Juan Bautista, creo recordar que el P. Arintero lo aplica a que cualquier bienaventurado, en cuanto posee la gracia consumada en gloria y ama a Dios con la mayor intensidad actual, es más grande, en ese sentido, que cualquier viador.
"En cuanto a los niños que no tiene uso de razón, es seguro que el martirio lava su mancha y les hace herederos del reino de los cielos. El sentir de la Iglesia es aquí la mejor de las pruebas, y el testimonio irrecusable de esta creencia es la fiesta tan antigua y tan popular de los Inocentes, que confesaron a Cristo no con sus palabras sino con su muerte. La liturgia resume en este punto la Tradición.
Fuera del martirio, el bautismo de agua es absolutamente indispensable. Cayetano enseñó que, si acaso, la fe, los deseos, las oraciones de los padres podrían ser suficientes para la salvación de los niños; otros autores estiman que el remedio de naturaleza sigue subsistiendo en los países donde el Evangelio no se ha promulgado ... algunos se han mostrado demasiado favorables a este sentir, que creen más conforme a la misericordia divina.
Hemos buscado, vanamente, en estos escritores los fundamentos teológicos de su opinión.
Se nos dice que la Iglesia no la ha condenado nunca. Nosotros observamos, primero de todo, que San Pío V hizo suprimir de los "Comentarios de Cayetano" el pasaje que expone esta singular doctrina. ...
Nadie tiene derecho a introducir excepciones y dispensas cuando el lenguaje de los Padres y de los concilios es lo más universal y lo más absoluto. San Agustín ¿supone alguna excepción cuando afirma, con tanto vigor, la necesidad del bautismo para los niños? No ignoraba, sin embargo, que existían vastas regiones donde el Evangelio no había penetrado.
El concilio de Mileve (can. 2, denz 102), el concilio de Florencia (decretum pro jacobitis, denz 712), el concilio de Trento (ses. I, can. 4), no olvidan que hay todavía lugares idólatras, y proclaman sin embargo, sin ninguna distinción, la necesidad absoluta del sacramento. Los Padres de Trento no reconocen sino este doble medio de salvación, el bautismo o el voto del bautismo (ses. VI, can. 4); ahora bien, los niños no son capaces de este deseo.
Pero es sobre todo el concilio de Florencia el que excluye toda excepción: hay que tener urgencia por bautizar a los niños, porque no hay otro remedio para ellos salvo el sacramento del bautismo. El concilio, hablando así a los jacobitas, sabía, tanto como ellos, que pueblos enteros viven fuera del Evangelio, y sin embargo eligió términos que no admiten ninguna restricción. ¿Es prudente, está permitido añadir atenuantes cuando la regla se enuncia de manera tan rigurosa?"
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Lo que la Iglesia enseña ante todo cuando enseña la necesidad del Bautismo para la salvación es la necesidad de la gracia de Cristo para la salvación. La necesidad del Sacramento no es absoluta, pues existen el bautismo de sangre y el bautismo de deseo. ¿La Iglesia dice en alguna parte que sólo estas tres formas de Bautismo son posibles, es decir, que la gracia bautismal sólo puede lograrse mediante el Bautismo sacramental, el bautismo de sangre o el bautismo de deseo? Sería extraño que luego de aceptar que el Sacramento como tal no es absolutamente necesario, se hiciese absolutamente necesarias a esas tres formas y a ninguna otra más.
El Concilio de Milevi dice que es falso que los niños no deban ser bautizados porque no contraen el pecado original. Eso reafirma la necesidad de la gracia bautismal para salvarse, pero no excluye que en algún caso esa gracia pueda llegar sin el Sacramento. Más bien a lo que se opone el Concilio ahí es a la negación del pecado original.
El Concilio de Florencia habla de la vía normal de salvación de los niños, que es el Bautismo. El Catecismo de la Iglesia Católica no niega eso, sino que afirma, implícitamente al menos, la posibilidad de una vía extraordinaria, dado que Dios no está atado por sus propios Sacramentos (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1257) y es libre de dar su gracia del modo que a Él mejor le parezca.
Trento habla de que la justificación “después de la promulgación del Evangelio, no puede darse sin el lavatorio de la regeneración o su deseo”. Y cita al Evangelio según San Juan: “Si uno no hubiere renacido del agua y del Espíritu Santo, no puede entrar en el reino de Dios [Jn. 3, 5]”. Pues bien, así como el pasaje evangélico no excluye el bautismo de deseo, sin agua, ¿por qué el pasaje de Trento habría de excluir que Dios, si quiere, pueda dar la gracia bautismal sin agua y sin deseo?
Es claro además que el contexto de Trento es la lucha contra el protestantismo, o sea, contra la doctrina de la “sola fides”, la justificación por la sola fe. Es contra eso que Trento afirma la necesidad del Bautismo para la justificación. La idea central no es que solamente por el bautismo de agua o de deseo se trasmite la gracia bautismal, sino que es necesaria la gracia bautismal y que no alcanza con la sola fe.
Por otra parte, aquí no estamos hablando de Cayetano, sino de la Iglesia, que ha estampado en el Catecismo lo que sigue:
“1261 En cuanto a los niños muertos sin Bautismo, la Iglesia sólo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias por ellos. En efecto, la gran misericordia de Dios, que quiere que todos los hombres se salven (cf 1 Tm 2,4) y la ternura de Jesús con los niños, que le hizo decir: "Dejad que los niños se acerquen a mí, no se lo impidáis" (Mc 10,14), nos permiten confiar en que haya un camino de salvación para los niños que mueren sin Bautismo. Por esto es más apremiante aún la llamada de la Iglesia a no impedir que los niños pequeños vengan a Cristo por el don del santo Bautismo.”
¿Es prudente negar esta enseñanza de la Iglesia, que ha encontrado su lugar en el Catecismo?
Saludos cordiales.
"llegado el uso de razón, o se está en gracia o se está en pecado mortal."
Esto es indiscutiblemente así a partir de la Redención. Pero es posible que antes de la Redención los justos estuviesen en un estado intermedio de "justicia natural", el cual es evidentemente posible en sí mismo porque de otra manera Dios no podría crear criaturas racionales sin elevarlas sobrenaturalmente (la tesis de De Lubac), contra lo que afirma Pio XII en Humani Generis. Las obras buenas que los justos veterotestamentarios realizaran en ese estado de justicia natural les serían imputadas y tenidas en cuenta para recibir más gracia santificante cuando Jesús los visitase en el Limbo de Abraham.
Esta hipótesis está en línea con Gen 15,6: "Y él [Abraham] creyó a Yahweh, y Él se lo {contó / imputó / tomó en cuenta} como justicia." El verbo usado [1] es compatible con un sentido de contabilizar: Dios le contabilizó ese acto de fe a Abraham para llevarlo en ese momento a un estado de justicia natural o consolidarlo en ese estado si ya estaba en él e infundirle un mayor grado de gracia santificante cuando Jesús descendiese al Limbo epónimo.
[1] biblehub.com/hebrew/2803.htm
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Eso no es posible, porque es necesaria la gracia de Cristo para entrar en el Cielo, y la gracia no se puede recibir "post mortem", porque la gracia es el principio del mérito, y con la muerte se termina el tiempo de merecer.
Nadie puede entrar en el Cielo con el pecado original, todos los hombres que descienden de Adán, exceptuando a N. S. Jesucristo y su Madre Santísima, vienen al mundo con el pecado original, y el pecado original se borra por la gracia de Cristo, pero la gracia, en un adulto, supone un acto libre de aceptación, y la libertad se ejerce solamente antes de morir, no después.
Por eso es que la gracia de Cristo ha debido aplicarse en forma retroactiva, por así decir, a todos los que se han salvado, la diferencia con la Inmaculada Concepción de María está en que en el caso de la Madre de Dios la gracia impidió que la Virgen naciese con el pecado original, mientras que en el caso de los otros salvados, la gracia borró el pecado original que habían contraído.
Y por eso es que N. S. Jesucristo no bajó al infierno a redimir pecadores ni condenados, sino a llevar al Cielo a los que ya lo habían merecido por las buenas obras realizadas en vida mediante el auxilio de la gracia de Dios.
Saludos cordiales.
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Es que esa es la razón por la cual De Lubac niega la posibilidad del estado de "naturaleza pura", porque según él sería contrario a la Sabiduría y Bondad del Creador crear a una creatura racional sin ordenarla a la visión beatifica, ya que para De Lubac la ordenación al fin sobrenatural es constitutiva de la naturaleza humana.
Aquí él se hace eco del principio tradicional: "un deseo natural no puede ser vano". Es vano el deseo cuya realización es imposible. Una naturaleza no puede tender naturalmente a un imposible, sería una contradicción.
Con lo cual De Lubac finalmente naturaliza lo sobrenatural, o sea, curiosamente, lo desnaturaliza.
Contra eso, está que uno de los errores señalados por Pio XII en la Encíclica "Humani Generis" es que "otros piensan que Dios no puede crear seres dotados de intelecto sin ordenarlos y llamarlos a la visión beatífica".
En el caso de los justos del Antiguo Testamento no puede argumentarse la posibilidad del estado de "naturaleza pura", porque de hecho Dios ha querido ordenar a las creaturas racionales que ha creado, a todas ellas, al fin sobrenatural.
Es decir, se debe mantener la posibilidad del estado de "naturaleza pura" para poder mantener la gratuidad de la gracia, porque de lo contrario, la gracia sería una exigencia de la naturaleza de la creatura racional, y no sería entonces gracia.
Pero al mismo tiempo hay que tener presente que el estado de "naturaleza pura" no existió ni existirá nunca, porque de hecho Dios ha querido ordenar a las creaturas racionales al fin sobrenatural de la visión beatífica.
Y signo de ello es que los justos del Antiguo Testamento venían al mundo con el pecado original, el cual consiste, justamente, en la privación de la gracia de la justicia original, gracia que le fue dada a los primeros padres precisamente porque desde su misma creación estaban ya en un régimen sobrenatural.
Saludos cordiales.
Por lo anterior, me permito adelantar y exponer mi opinión (que eso es) sobre este tema.
Así como la Virgen fue preservada del pecado original, desde su Concepción, aplicándosele los méritos de la Redención de Cristo, cuando esta todavía no se había dado (pues, en ese momento, el Verbo ni siquiera se había encarnado),
y así como los Apóstoles pudieron recibir a Cristo Sacrificado, en la Eucaristía, el Jueves Santo, cuando todavía no se había dado el Sacrificio Cruento, en la Cruz,
de igual manera, creo que los justos que murieron antes de la Pascua de Cristo, no necesitaron esperar ese momento, para subir al Cielo (o al Purgatorio, según el caso); les fue aplicada la Redención en función de los méritos de Cristo, aunque no se había dado la entrega material de Cristo en la Cruz.
Ante el Padre, en la eternidad, el Sacrificio de Cristo está siempre presente, aunque en el tiempo se haya dado en un momento determinado, por eso es que sus méritos se pueden aplicar, indistintamente del momento en que ocurre el evento histórico del Calvario.
En resumen, no creo que existiera un Limbo de los justos, donde estos esperaban la venida del Salvador para salir de ahí; creo más bien que, con ese artículo se nos dice llanamente que: los beneficios de la Salvación de Cristo, se extienden, abarcando todos los tiempos de la historia humana.
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Ahí el punto es que la Iglesia enseña lo contrario. Y por eso Santo Tomás distingue entre el pecado y el reato de la pena, entre el pecado original y el pecado personal, y entre el reato personal y el reato de la naturaleza. A los justos del Antiguo Testamento la gracia de Cristo los libró, antes de morir, del pecado tanto personal como original, y del reato personal, no del reato de la naturaleza, del que fueron librados por Cristo en su "descensus ad inferos".
Y es que es claro que el "descensus ad inferos" es un hecho puntual ocurrido entre la muerte y la Resurrección del Salvador, que no habría tenido objeto de no haber sido con la finalidad que le asigna la enseñanza de la Iglesia.
Saludos cordiales.
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Sin negar totalmente mi responsabilidad, ése ha sido un pecado de ChatGPT, que él mismo pasa a expiar en lo que sigue:
"1) Si quieres decir “el infierno superior, es decir ‘el infierno más alto’ / ‘el infierno superior (arriba)’
La forma correcta es infernum superius.
infernum es un sustantivo neutro (nom./acc. sg.).
superius es el neutro nominativo/accusativo singular del comparativo superior, superius.
Ejemplo: Infernum superius est paulum propinquius ad caelum. — “El infierno superior está algo más próximo al cielo.”
2) Si querías decir “el infierno del superior” (es decir, posesión: del superior, p. ej. del prior, del superior monástico)
Entonces infernum superioris es gramaticalmente correcto: superioris es genitivo singular y significa “del superior”. Ejemplo: Infernum superioris abbatis credebatur horrendum. — “Se creía horrible el infierno del superior (del abad).”
Nota sobre qué no es correcto:
Si la intención era el sentido “superior/alto” y escribiste infernum superioris, eso no concuerda (sustantivo en nomin./acc. + adjetivo en genitivo): no es la concordancia normal y resultará extraño o erróneo sin contexto posesivo.
Resumen rápido:
para “infierno superior” → infernum superius (concordancia)
para “infierno del superior” → infernum superioris (genitivo: posesión)
Tú dijiste:
O sea que esto debe ser corregido: "Infernum superioris (o limbus Patrum): el “seno de Abraham”, donde estaban los justos del Antiguo Testamento, privados de la visión de Dios, pero sin pena de condenación"
ChatGPT Plus
Exactamente 👍.
En ese contexto no se trata de un “infierno del superior” (posesivo), sino del “infierno superior” en contraposición al infernum damnatorum o al infernum inferius (el de los condenados).
Por lo tanto, la forma correcta es:
👉 Infernum superius (o limbus Patrum): el “seno de Abraham”, donde estaban los justos del Antiguo Testamento, privados de la visión de Dios, pero sin pena de condenación.
📌 En la escolástica medieval, se solía distinguir:
Infernum damnatorum = el infierno de los condenados.
Purgatorium = el purgatorio.
Limbus puerorum = limbo de los niños.
Limbus Patrum o infernum superius = “seno de Abraham”."
Corrijo en el "post".
Gracias y saludos cordiales.
“Hay que darse prisa en bautizar a los niños, porque están expuestos por su tierna edad a muchos peligros de muerte, y no pueden salvarse sin el bautismo”.
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Es que el Catecismo de la Iglesia Católica no se aparta de eso, porque ése es el camino normal. Nadie que piense rectamente va a dejar de bautizar a su hijo pequeño pensando "igual, de todos modos Dios lo puede salvar".
Saludos cordiales.
Gracias.
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Gracias y saludos cordiales.
https://misadiaria.blogspot.com/2016/06/exequias-de-un-nino-no-bautizado.html.
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Dice que la página no existe.
Saludos cordiales.
https://textosparalaliturgia.blogspot.com/2020/04/ritual-de-exequias-extracto-en-las_27.html
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Aquí me parece que va más allá de lo que dice el Catecismo, porque una cosa es la confianza, y otra la certeza, que es lo que se afirma en esta oración:
"El pequeño (la pequeña) N. no necesita ciertamente de nuestra plegaria, pues esperamos que Dios, en su inmensa misericordia, lo (la) habrá ya acogido en sus brazos, como acogía Jesús a los niños que se acercaban a él."
Saludos cordiales.
El problema con esta salvación exprés indiscriminada es que, si así fuera, en rigor no parece que tuviera sentido bautizar a los niños antes del uso de razón.
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Por eso es importante, entiendo, la distinción entre lo ordinario y lo extraordinario, que me parece mejor conservada en el Catecismo que en estas oraciones. El Catecismo sólo dice que podemos confiar en que Dios tendrá un camino de salvación para estos niños, o sea, remite a un acto de confianza en Dios que no elimina la oscuridad del asunto porque no hace referencia a certeza alguna.
Saludos cordiales.
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