(InfoCatólica) La mujer que aborte en Andorra dejará de ser castigada por el Código Penal si prospera el proyecto de ley que el Gobierno de Andorra aprobó este miércoles, 28 de octubre, tras años de negociaciones con la Santa Sede y varios aplazamientos en la presentación de la reforma.
El anuncio lo hizo el ministro de Relaciones Institucionales, Educación y Universidades, Ladislau Baró, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Según informa Joel Picón en La Veu Lliure, el Ejecutivo ha dado luz verde a un proyecto de ley cualificada que modifica el artículo 117 del Código Penal andorrano.
La reforma supone un cambio en el tratamiento penal del aborto en el Principado, aunque no implica su legalización ni el reconocimiento de un acceso general a esta práctica dentro del país. Responde a un compromiso asumido por el Gobierno de Xavier Espot desde el inicio de la legislatura y recogido en el programa electoral de Demòcrates per Andorra.
La fórmula no es nueva en Europa. Mónaco, otro microestado de identidad católica, aprobó en 2019 la despenalización de la mujer que aborta, y su proyecto mantenía las sanciones para cualquier profesional sanitario que hubiera practicado un aborto, en términos casi idénticos a los que ahora se proponen en Andorra. Diez años antes, el Principado había autorizado el aborto en tres supuestos, el riesgo para la vida o la salud física de la mujer, la alta probabilidad de trastornos graves e irreversibles del feto y la violación. El entonces arzobispo de Mónaco, Bernard Barsi, vio en aquella ley la puerta abierta a la generalización del aborto y advirtió de que «todo lo demás corre el riesgo de seguir».
Seis años después de la despenalización, en mayo de 2025, el Consejo Nacional monegasco aprobó por 19 votos a 2 una propuesta que pretendía autorizar el aborto hasta las 12 semanas de embarazo, y hasta las 16 en caso de violación. El príncipe Alberto II anunció en noviembre que no le daría curso, al considerar que el marco vigente respeta la identidad del país y el lugar que ocupa en él la religión católica. El Gobierno monegasco enterró la iniciativa con un argumento constitucional basado en el artículo 9 de la Constitución, que consagra el catolicismo como religión del Estado.
La diferencia con Andorra está en el freno. En Mónaco, el soberano bloqueó la ley, mientras que en el Principado pirenaico la previsión adelantada es que el copríncipe episcopal no firme la reforma, aunque sin impedir su aprobación, y está por ver qué alcance jurídico tendría ese gesto. La propia fórmula deja además abierto el debate siguiente, porque si la mujer queda exenta de reproche penal, la sanción al médico y la exclusión de la CASS pierden parte de su fundamento. La Iglesia enseña que la protección debida al no nacido desde la concepción exige que la ley prevea sanciones penales adecuadas para toda violación deliberada de sus derechos, según recoge el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 2273).
El argumento del Gobierno
Baró defendió la necesidad de encontrar un equilibrio entre la protección de la vida, que recoge el artículo 8 de la Constitución andorrana, y la situación jurídica de las mujeres que deciden abortar. Recordó que la modificación de la legislación ya se había planteado en legislaturas anteriores, pero que ha sido el actual Ejecutivo el que ha asumido el compromiso de abordarla.
El ministro sostuvo que la protección de la vida no puede pasar por la criminalización de la mujer que toma la decisión de abortar. Este planteamiento es el principal fundamento de la reforma, que pretende eliminar las consecuencias penales para la mujer sin alterar los elementos esenciales del sistema institucional andorrano.
El acuerdo con la Santa Sede
La Veu Lliure había adelantado el pasado 7 de octubre que el Gobierno andorrano y la Santa Sede habían alcanzado un acuerdo para despenalizar a la mujer que abortara, tras varios contactos con el secretario de Estado, el Cardenal Pietro Parolin.
Según aquellas informaciones, la solución negociada consistía en retirar la responsabilidad penal de la mujer y mantener las restricciones aplicables a los profesionales sanitarios que practicaran abortos. La fórmula dejaba fuera además la cobertura de la Caixa Andorrana de Seguretat Social (CASS), de modo que el aborto no se incorporaría a las prestaciones sanitarias públicas. El propio medio advierte de que estas condiciones proceden de fuentes conocedoras de la negociación y de que habrá que examinar el texto definitivo para determinar su alcance jurídico exacto.
El mismo medio apuntaba a que el copríncipe episcopal, el Obispo de Urgel Josep-Lluís Serrano i Pentinat, no firmaría la ley pese a que la fórmula habría sido negociada con la Santa Sede. Esta previsión respondería, según la publicación, a la voluntad de preservar la posición doctrinal de la Iglesia sobre el aborto sin bloquear la reforma legislativa.
Una negociación condicionada por el Coprincipado
La despenalización del aborto ha sido una de las cuestiones más delicadas de la política andorrana de los últimos años por la singularidad de su sistema constitucional. Andorra es un Coprincipado parlamentario en el que el presidente de la República Francesa y el obispo de Urgel ejercen conjuntamente la jefatura del Estado, una estructura que ha condicionado las negociaciones por la posición contraria de la Iglesia al aborto.
El Gobierno ha mantenido conversaciones con la Secretaría de Estado de la Santa Sede para encontrar una solución que permitiera avanzar sin generar un conflicto institucional. Las conversaciones sufrieron diversos aplazamientos, en especial tras el cambio de pontificado y por las discrepancias sobre el alcance de la reforma.
A finales de julio, Espot y Baró se reunieron con el Cardenal Parolin para seguir estudiando posibles fórmulas jurídicas. El Gobierno situó después la presentación de la iniciativa en septiembre, aunque el calendario acabó trasladándose a octubre. El proyecto se ha aprobado finalmente a pocos días de que venciera el plazo anunciado.
El viejo mantra de que despenalizar no es legalizar
El elemento central de la propuesta es la distinción entre despenalizar a la mujer y legalizar el aborto. La modificación pretende evitar que una mujer pueda ser condenada penalmente por abortar, pero los centros sanitarios andorranos seguirían sin poder practicar abortos.
De acuerdo con la fórmula adelantada por La Veu Lliure, médicos y demás profesionales sanitarios continuarían expuestos a responsabilidad penal, y la CASS no financiaría estas intervenciones. El medio relaciona esta limitación con la posición expresada por el Papa León XIV, que había cuestionado la financiación pública de los desplazamientos transfronterizos destinados a abortar.
La iniciativa se presenta así como una despenalización limitada, centrada en la situación jurídica de la mujer y no en una regulación integral del acceso al aborto. Esa distinción será previsiblemente uno de los puntos principales del debate parlamentario.
El Consejo General tiene la última palabra
La aprobación en el Consejo de Ministros no significa que la despenalización haya entrado en vigor. El texto deberá seguir el procedimiento legislativo en el Consejo General de Andorra, donde los grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas y debatir su contenido.
La reforma llega en la recta final de la legislatura, con las próximas elecciones generales previstas para la primavera de 2027. Con ella, el Gobierno de Espot busca materializar uno de los compromisos que había fijado entre sus objetivos, en una cuestión que había permanecido bloqueada durante décadas.








