Apelan a datos estadísticos de aceptación del gaymonio

El TC apoya el matrimonio homosexual con base en una lectura «evolutiva» de la Constitución acomodada a «la vida moderna»

La sentencia en la que el Tribunal Constitucional rechaza el recurso del PP contra el «matrimonio homosexual» argumenta que una lectura «evolutiva» de la ley fundamental implica que el matrimonio heterosexual no es el único «constitucionalmente legítimo» para garantizar «un derecho constitucional» de todos. Según el texto, una interpretación de la Constitución como un «árbol vivo» le lleva a concluir que la ley del «matrimonio homosexual» no «desnaturaliza» esta institución.

(Efe) En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Pérez Tremps, se parte de que el eje de la cuestión radica en el artículo 32 de la Constitución, en el que se dice que «el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica».

«La Ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos», dice también este artículo. Así, en la Constitución Española el matrimonio es una institución y, simultáneamente, un derecho constitucional, interpreta el TC.

La sentencia analiza, a partir de aquí, si la ley recurrida «supone un menoscabo constitucionalmente inadmisible» de la institución y, por otra parte, si limita el citado derecho. Es decir, el tribunal se propone dar protección objetiva a la institución para que no la «vacíe» el legislador y, al mismo tiempo, garantizar el derecho al ciudadano.

En cuanto al primer aspecto, la sentencia señala que el PP, en su recurso, hace una interpretación «originalista» del texto constitucional (es decir, sistemática y literal), pero responde a este modo de leer la ley fundamental con una concepción del mismo como, dice, «árbol vivo».

Esta interpretación «evolutiva» de la Constitución «se acomoda a las realidades de la vida moderna como medio para asegurar su propia relevancia y legitimidad», de modo que se pueda leer el texto fundamental «a la luz de los problemas contemporáneos y de las exigencias de la sociedad actual», dice la sentencia. El único hecho de que el matrimonio sea entre personas del mismo sexo no hace irreconocible esta institución en la sociedad española actual, añade el TC.

Para decirlo tiene en cuenta las leyes de nuestro entorno internacional, que contemplan el matrimonio entre personas del mismo sexo, y también el hecho de que en la propia sociedad española tengan una «amplia» aceptación las uniones homosexuales, según datos estadísticos.

Una vez salvada la cuestión institucional, el TC señala, en cuanto el derecho fundamental, que la modificación en el Código Civil que introduce la ley recurrida no afecta al ejercicio del matrimonio que ya desarrollaban las personas heterosexuales. Lo que hace la ley es «una lógica equiparación de estatutos jurídicos» en el ejercicio de un derecho, pero sin afectar a quienes ya ejercían el citado derecho, de modo que no existe reproche alguno posible tampoco desde esta segunda perspectiva, dice el TC.

Adopciones

La sentencia se ocupa luego de la cuestión de las adopciones por parte de las parejas de personas del mismo sexo y señala que la prioridad, como dice su jurisprudencia y la de otras instancias, y como reconocen todas las partes en el proceso, es el interés del menor.

Ahora bien, en contra de lo que señala el recurso de inconstitucionalidad, el TC falla que la ley recurrida no altera este principio en absoluto. La ley recurrida mantiene que la resolución judicial sobre la adopción contemple la idoneidad de los adultos para hacerse cargo del menor como criterio principal, de modo que éste quede siempre protegido.

Lo que sucede, dice la sentencia, es que «no existe certeza que permita afirmar actualmente que estas condiciones» de idoneidad «no puedan ser proporcionadas por una pareja homosexual».

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13 comentarios

josep
pues como todo evoluciona y cambia, cambiemos el orden natural y en paz....
15/11/12 12:58 PM
Pato Acevedo
Luego la pregunta es, si la Constitución no está fija, sino que evoluciona y se adapta ¿De qué sirve que esté escrita?
15/11/12 1:02 PM
Anónimo...
LA DIFERENCIA NO SUPONE, NECESARIAMENTE, DESIGUALDAD.

Evidentemente no existe diferencia entre un cuervo, pero si puede haberla entre dos cuervos... o entre un cuervo y un mirlo.

No obstante, todavía es necesario (para que pueda haber diferencias) que entre dos objetos diferentes haya al menos cierta semejanza.

Que no existe diferencia entre un cuervo, parece claro (si hay identidad numérica, no puede haber diferencia) pero tampoco entre un cuervo y una lavadora.

En definitiva, la diferencia supone la comparación y sólo es pertinente (la diferencia) en la medida en que la propia comparación lo es.

: )
15/11/12 1:10 PM
jose
TODO ESTO ES UNA FARSA Y EL TC LO SABE PERFECTAMENTE COMO LO SABEN LOS QUE SE LLAMAN ASI MISMOS HOMOSEXUALES SABEN EN EL FONDO DE SU CORAZON QUE ESTO ESTA MAL
15/11/12 1:23 PM
Fred
Juridicamente esta sentencia es un despropósito, y decir que el gaymonio no desnaturaliza el matrimonio es una falsedad enorme. Esta sentencia niega la evidencia que un matrimonio es totalmente distinto que un gaymonio, desde todos los puntos de vista: biologico, social, fisiologico, emocional, procreativo, etc. etc. etc.
15/11/12 1:58 PM
Félix
Es decir:

Que a partir de ahora nuestro TC leerá atentamente los informes del Centro de Investigaciones Sociológicas y en base a ello donde dice la CE digo dirá que dice digo.

No, por supuesto que no harán eso, porque primero pensarán, ¿quién y para qué me han nombrado?, bueno ni lo pensarán, pues cuando PP y PSOE proponen ya saben a quién y porqué lo proponen, y, ellos "captan" eso con mucha facilidad y docilidad y para el PP esta cuestión de "oponerse" al pseudomatrimonio homosexual no era otra cosa que para no "enfadarnos" a las católicos, a los coherentes, no a Gallardones y Cía.

Que nadie crea que existe en este país seguridad jurídica, no lo hay, hay un árbol vivo que se dobla según de donde sople el viento, y el viento sopla donde dice PSOE-PP-SEXTA-CUATRO-TELE 5-ETC.

Saludos
15/11/12 1:59 PM
Percival
Es el reino del positivismo jurídico y de la arbitrariedad. Ya vendrán males peores con ese adefesio de tribunal.
15/11/12 2:15 PM
Francisco
Pues, como ahora hay mucha gente que se queda sin casa y no tienen derecho a reclamarla porque la ley no les ampara,pues que borren de la Constitución y de los Derechos Humanos el derecho de toda persona a una vivienda, por ejemplo; y así con todos los derechos de la persona.
15/11/12 3:12 PM
Juan Mariner
¿Qué se podía esperar de un engendro de tribunal como este?: burdas manipulaciones de la ley cuando ésta no les da la razón.
15/11/12 7:58 PM
Javiergo
He de dar una mala noticia que de todas formas no va a sorprender. Al día siguiente de la ignominiosa e inicua sentencia del TC sobre el gaymonio, cuando llegó la hora de los pronunciamientos institucionales y mediáticos en toda España, el Grupo de Comunicación Vocento (que agrupa al Ideal, a la Voz Digital, al Diario Vasco, al Correo, al Diario Montañés, a la Verdad, etc.) se alineó en su línea editorial con el susodicho fallo en base a ¡los mismos argumentos falaces que aquí se describen en la lectura 'evolutiva' de la sentencia! Siguiendo pues el criterio populista, nauseabundo y ruin de la 'realidad insoslayable' (sic). Con lo cual se consagra también, al tener apoyo social, el crimen abominable del aborto y otros muchos males que hacen de este tiempo la peor pesadilla de la historia. Por esta regla de tres, y de no mediar la derrota nazi, toda vez que se aprobaron las Leyes de Nuremberg por un partido que contaba en aquel entonces con un gran respaldo popular (la 'realidad insoslayable'), esto haría 'buenas' a aquellas leyes repugnantes y debieran seguir en vigor. Es el mismo argumento de ahora, ¡qué asco! En la época de las masas, la mayoría social - clarísima la asociación del P. Iraburu entre liberalismo, comunismo y nazismo, también en este conexto - se ha convertido en la 'voz de Dios'. P. S.- Por cierto, me dieron ganas de vomitar cuando me enteré del posicionamiento a favor del engendro del gaymonio por parte de Vocento, aunque ya, la verdad, no me sorprende nada.
16/11/12 12:01 AM
Trudó
Ya está bien de darle vueltas a lo demasiado evidente y pasar a la acción. La Iglesia quizás debería establecer una separación real y ostensible entre el verdadero matrimonio sacramental y este espectáculo sólo apto para trekkies satánicos. O sea, desvincular al matrimonio canónico de sus efectos civiles, reconocidos en los Acuerdos de 1979, de manera que sólo por imperativo legal debamos participar en tan 'evolucionada' institución.
16/11/12 1:38 AM
perallis
Lo que hay que oir para ocultar una prevaricacion como la copa de un pino.
Ahora la constitución es interactiva. No importa lo que dice. Va evolucionando acomodandose a la vida moderan. Sufre mutaciones progresistas ( regresivas) a gusto del consumidor progre.
Sobra el TC. Aver si alguna asociación denuncia a los magistrados por clarisima prevaricación.
Y si me apuran sobra la constitución-.
16/11/12 8:54 AM
José Jacinto Verde Colinas
El Tribunal Supremo ha caído en el más absoluto relativismo y laicismo.

Según su interpretación, es evidente que, por poner un ejemplo, dentro de algún tiempo, si la demanda social lo exige, también podrán contraer matrimonio dos hombres y tres mujeres entre ellos. Y si no ocurre así será únicamente por motivos económicos, no lo dudemos.

De todas formas, ¿qué otra cosa puede esperarse de unos magistrados que han sido nombrados por los políticos de turno, educados en la "corrección política" y que, quizás, sólo aspiran a los bienes de esta vida pasajera?
16/11/12 9:13 AM

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