InfoCatólica / Sapientia christiana / Archivos para: 2022

15.02.22

II. La concepción de la Santísima Virgen María

Santificación de la Santísima Virgen [1]

El primer tema, que estudia Santo Tomás, en la primera parte de su tratado sobre la vida de Jesús, dedicada a «la entrada del Hijo de Dios en el mundo»[2], es elde «la santificación de María». Precisa que: ««la santificación de que tratamos no es otra que la limpieza del pecado original, pues la santidad es «la limpieza perfecta», según se dice Dionisio (Pseudo-Dionisio, Los nombres divinos, c. 12, 2)»[3].

La cuestión que examina es si la Virgen María fue o no «santificada antes de su nacimiento del seno materno», si nació, por tanto, con o sin el pecado original, común todos los hombres. Para justificar su respuesta aporta esta primera razón: «la Iglesia celebra la Natividad de la bienaventurada Virgen, y la Iglesia no celebra fiesta sino de los santos; luego la bienaventurada Virgen fue santa en su nacimiento, luego santificada en el seno materno»[4].

La segunda es teológica, porque: «con razón creemos que la que engendró al «Unigénito del Padre, lleno de gracia y de verdad» (Jn 1, 14), recibió mayores privilegios de gracia que todos los otros. Por donde leemos: «Díjole el ángel: Dios te salve, llena de gracia» (Lc 1, 28)».

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2.02.22

Vida de Cristo. Exposición de Santo Tomás de Aquino

I. Introducción[1]

«Has escrito bien de mí»

Al final de su vida, Santo Tomás de Aquino (1225-1274) escribió una Vida de Cristo, que se encuentra en la Tercera parte de la Suma teológica, aunque muchas veces se ha publicado separada de la Suma. Esta parte de su magna obra la preparó en Nápoles en los dos últimos años de su vida.

Durante este tiempo, Santo Tomás vivió con una gran intensidad y emoción los misterios de la vida de Cristo, que le impresionaban de manera especial y profunda, fray Domingo Caserta, sacristán del convento de Nápoles, contó un importante suceso al dominico Guillermo de Tocco, autor de la biografía más completa del Aquinate, escrita en el cuarto decenio después de su muerte. El antiguo discípulo del Aquinate, en 1317, había sido nombrado promotor del proceso de su canonización, que finalizó seis años más tarde.

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17.01.22

CXXII. El juicio final

Juicio final, Giotto1513. –¿El estado de fijeza de la voluntad del hombre después de la muerte es propio de todas las almas?

–Después de demostrar, en tres capítulos de esta última parte de la Suma contra los gentiles, que en las almas de los bienaventurados inmediatamente después de la muerte, permanece su voluntad inmutable en el bien, también la de las almas detenidas en el purgatorio, y que la de los condenados lo está en el mal, Santo Tomás dedica otro capítulo a la misma cuestión, pero de una manera general. Da una extensa demostración para probar la fijeza de unos en el bien y otros en el mal, basada en su último fin.

Comienza con esta afirmación: «Pues el fin –como se ha dicho (IV, c. 92)– es respecto al apetito lo que los primeros principios de la demostración respecto a lo especulativo». Explica que: «estos principios se conocen naturalmente y el error que aconteciere acerca de ellos provendría de la corrupción de la naturaleza, no mediando un cambio de naturaleza». En estado normal, la naturaleza humana los conoce de manera inmediata y con absoluta certeza.

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3.01.22

CXXI. El juicio particular

1501. ––¿Inmediatamente después de la muerte es juzgado el hombre?

––La existencia del juicio particular no está definida explícitamente por la Iglesia, aunque se encuentra afirmada en la mayoría de los santos padres y hay fundamentos en la Sagrada Escritura. Observa Garrigou-Lagrange que: «aun cuando no haya sido dada, sobre este punto, ninguna definición solemne, tenemos, no obstante, declaraciones de la Iglesia evidentemente en este sentido».

Explica que: «El Concilio Vaticano I se proponía promulgar esta definición dogmática: «Después de la muerte, que es el término de nuestra peregrinación, es necesario que todos, inmediatamente, nos manifestemos ante el tribunal de Cristo, para referir allí cada uno de los actos de nuestra vida terrena, buenos o malos; y no hay después de esta vida mortal lugar alguno para hacer penitencia que sirva para la justificación»[1].

Además ha sido siempre enseñada en la catequesis ordinaria de la Iglesia. Al comentar el Catecismo de Trento, el séptimo artículo del credo –«Desde allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos»–, se pregunta: «¿Cuántas veces deberá todo hombre sufrir la sentencia de Cristo Juez delante de Él?». La respuesta es que para explicar este artículo hay que: «notar dos tiempos, en los cuales a todos es preciso presentarse delante del Señor, y dar cuenta de cada uno de los pensamientos, de las acciones y también de todas las palabras, y, por último, sufrir a presencia del Juez su sentencia».

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