InfoCatólica / Sapientia christiana / Archivos para: Enero 2022

17.01.22

CXXII. El juicio final

Juicio final, Giotto1513. –¿El estado de fijeza de la voluntad del hombre después de la muerte es propio de todas las almas?

–Después de demostrar, en tres capítulos de esta última parte de la Suma contra los gentiles, que en las almas de los bienaventurados inmediatamente después de la muerte, permanece su voluntad inmutable en el bien, también la de las almas detenidas en el purgatorio, y que la de los condenados lo está en el mal, Santo Tomás dedica otro capítulo a la misma cuestión, pero de una manera general. Da una extensa demostración para probar la fijeza de unos en el bien y otros en el mal, basada en su último fin.

Comienza con esta afirmación: «Pues el fin –como se ha dicho (IV, c. 92)– es respecto al apetito lo que los primeros principios de la demostración respecto a lo especulativo». Explica que: «estos principios se conocen naturalmente y el error que aconteciere acerca de ellos provendría de la corrupción de la naturaleza, no mediando un cambio de naturaleza». En estado normal, la naturaleza humana los conoce de manera inmediata y con absoluta certeza.

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3.01.22

CXXI. El juicio particular

1501. ––¿Inmediatamente después de la muerte es juzgado el hombre?

––La existencia del juicio particular no está definida explícitamente por la Iglesia, aunque se encuentra afirmada en la mayoría de los santos padres y hay fundamentos en la Sagrada Escritura. Observa Garrigou-Lagrange que: «aun cuando no haya sido dada, sobre este punto, ninguna definición solemne, tenemos, no obstante, declaraciones de la Iglesia evidentemente en este sentido».

Explica que: «El Concilio Vaticano I se proponía promulgar esta definición dogmática: «Después de la muerte, que es el término de nuestra peregrinación, es necesario que todos, inmediatamente, nos manifestemos ante el tribunal de Cristo, para referir allí cada uno de los actos de nuestra vida terrena, buenos o malos; y no hay después de esta vida mortal lugar alguno para hacer penitencia que sirva para la justificación»[1].

Además ha sido siempre enseñada en la catequesis ordinaria de la Iglesia. Al comentar el Catecismo de Trento, el séptimo artículo del credo –«Desde allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos»–, se pregunta: «¿Cuántas veces deberá todo hombre sufrir la sentencia de Cristo Juez delante de Él?». La respuesta es que para explicar este artículo hay que: «notar dos tiempos, en los cuales a todos es preciso presentarse delante del Señor, y dar cuenta de cada uno de los pensamientos, de las acciones y también de todas las palabras, y, por último, sufrir a presencia del Juez su sentencia».

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