InfoCatólica / La Puerta de Damasco / Categoría: General

14.02.25

La identidad de Jesucristo

En un determinado momento de su vida terrena Jesús preguntó a sus discípulos: “Y vosotros, ¿quién decís que soy yo?”. Es Simón Pedro el que toma la palabra para contestar: “Tú eres el Mesías, el Hijo del Dios vivo”. El mesías, el ungido, el salvador y rey prometido por los profetas a Israel, es el Hijo de Dios. Es imposible, pues, separar en Jesús su identidad –Hijo de Dios- y su misión –salvador del mundo-.

Arrio, un presbítero de Alejandría, en Egipto, comprometió con su visión de Jesucristo este vínculo inseparable entre identidad y misión. El pasado eclesiástico de Arrio había sido ya bastante agitado. En Alejandría había sido seguidor del cisma del obispo Melecio. Como diácono, había tenido serias dificultades con su obispo, que llegó a excomulgarlo. El siguiente obispo de Alejandría lo reconcilió con la Iglesia y lo ordenó sacerdote. Finalmente, el obispo Alejandro le confió el cuidado de la iglesia de Baucalis, en el barrio portuario de la ciudad.

Pero, en ese destino, Arrio volvió a llamar la atención, escandalizando a algunos de sus fieles predicando sobre el Hijo de Dios – sobre la identidad de Jesús -. El Hijo de Dios, según él, no era propiamente Dios, ya que había sido creado en el tiempo. El concilio de Nicea, en el año 325, estamos celebrando los 1700 años de este magno evento, se convocó para responder a Arrio proponiendo de nuevo la fe profesada por Pedro y por los demás apóstoles. Jesús es “Dios verdadero de Dios verdadero”, “engendrado, no creado”; es decir, pertenece a la esfera del Creador y no a la de las criaturas. Y, precisamente porque su identidad, su Persona, es divina, por eso mismo puede ser el salvador de los hombres, ya que solo Dios salva, solo él puede hacer partícipes a los hombres, por gracia, de su naturaleza divina, adentrándonos en el misterio de su amor.

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7.02.25

San Francisco Blanco, mártir en Japón

Cada seis de febrero la Iglesia Católica celebra la conmemoración de los santos Pablo Miki y compañeros. Esta memoria recuerda a veintiséis mártires de Japón que fueron crucificados y alanceados en Nagasaki el cinco de febrero de 1597. Pablo Miki era un joven religioso jesuita que se dedicaba a catequizar a nuevos cristianos. Otro jesuita, san Francisco Javier, había anunciado el evangelio en Japón entre 1549 y 1551.

En 1593, las autoridades niponas recrudecieron su política contra el cristianismo y las posibles “influencias occidentales”. Parece que el 9 de diciembre de ese año fueron arrestados seis franciscanos (Pedro Bautista, Martín de la Asunción, Francisco Blanco, Felipe Las Casas, Francisco de San Miguel y Gonzalo García), tres jesuitas (Pablo Miki, Juan Soan de Gotó y Santiago Kisai) y quince laicos terciarios franciscanos, a los que se les añadieron después otros dos, que eran catequistas.

Francisco Blanco, franciscano, había nacido en 1570 en Tameirón, en el municipio orensano de A Gudiña. Estudió con los jesuitas en Monterrei y, posteriormente, en la Universidad de Salamanca. Como fraile franciscano se trasladó a la Nueva España, hoy México, y desde allí dio el salto a Filipinas. En 1593 llegó a las tierras de Japón.

En el oficio de lecturas de la memoria se lee un texto de la historia del martirio de estos santos que menciona explícitamente a Francisco Blanco: “Clavados en la cruz, era admirable ver la constancia de todos, a la que les exhortaban el padre Pasio y el padre Rodríguez. El Padre Comisario estaba casi rígido, los ojos fijos en el cielo. El hermano Martín daba gracias a la bondad divina entonando algunos salmos y añadiendo el verso: ‘A tus manos, Señor’. También el hermano Francisco Blanco daba gracias a Dios con voz clara. El hermano Gonzalo recitaba también en alta voz la oración dominical y la salutación angélica”.

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1.02.25

Jubileo: el cuerno de carnero y el perdón

En el Antiguo Testamento una misma palabra hebrea, “jobel”, designaba a la vez el sonido del cuerno de carnero que anunciaba un acontecimiento extraordinario y el acontecimiento extraordinario anunciado en sí mismo; es decir, el año jubilar, que se celebraba cada cincuenta años. Con la antigua versión griega de la Biblia, conocida como la “Septuaginta”, la palabra hebrea “jobel” fue traducida al griego como “áphesis”, que significa “remisión”, “liberación” o incluso “perdón”. Con esta traducción griega, se pasa, como explica el cardenal Ravasi en un artículo en “L’Osservatore Romano”, de un dato cultual y sacral – la celebración del año jubilar que comienza con el toque del cuerno de carnero en una fecha cercana a la solemnidad del “Kippur”, de la Expiación por el pecado de Israel – a un concepto ético, moral y existencial: la remisión de las deudas y la liberación de los esclavos. Lo ritual no se puede separar, por consiguiente, de lo existencial.

¿Qué elementos comportaba el jubileo veterotestamentario?  Fundamentalmente tres: El descanso de la tierra, la condonación de las deudas y la restitución de las tierras, y, en tercer lugar, la liberación de los esclavos. Dejar reposar la tierra en el año jubilar equivale a no sembrarla y a no recoger sus frutos para recordar que la tierra es un don y que los ciclos de la naturaleza dependen no solo de la obra del hombre, sino sobre todo del Creador, de lo trascendente. Condonar las deudas y restituir las tierras enajenadas o vendidas al propietario original equivalía a reconstruir el mapa de la tierra prometida, tal como Dios la había querido, dividiendo las tierras entre las tribus de Israel. En cuanto a las deudas, sucedía lo mismo: todo era esencialmente común y se distribuía según las distintas tribus. El jubileo era el año de la liberación, de la redención, el año en que el pueblo volvía a ser el pueblo del éxodo, libre de la esclavitud y de la discriminación.

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29.01.25

La sotana olvidada

Comparto, con el permiso de su autor, un texto escrito por don Joaquim Meseguer García.

LA SOTANA OLVIDADA

 

Don Agustín era un sacerdote de 78 años, con el cabello blanco como la nieve y la espalda algo encorvada por el peso de los años. Había nacido en una época en la que la sotana era el distintivo de todo sacerdote, un signo visible de su vocación y entrega. Durante sus años de seminario y los primeros años de sacerdocio, la vestía con orgullo, como un joven soldado que portaba su uniforme. Pero llegaron los años 70 del siglo XX, tiempos de cambio y revolución, incluso dentro de la Iglesia.

«Es un símbolo de separación, de un clero distante», le decían algunos compañeros refiriéndose a la sotana. Agustín, joven y entusiasta, abrazó esa idea con fervor. Decidió quitársela y vestirse como “uno más". Con pantalones de mezclilla y camisas de cuadros, se mezclaba con la gente. Predicaba que la Iglesia debía “modernizarse” y dejar atrás tradiciones que, según él, la hacían parecer anacrónica. Durante décadas, la sotana quedó relegada al fondo de un viejo armario.

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7.01.25

Sentimientos religiosos

El Gobierno anunció, el 17 de septiembre de 2024, la reforma integral del Código Penal, incluyendo la derogación del delito contra los sentimientos religiosos o de escarnio público del artículo 125: “1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican. 2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”.

El Gobierno justifica la derogación de este delito diciendo que, de ese modo, potencia el derecho a la libertad de expresión. Pero, así como todos podemos reivindicar el derecho a la libertad de expresión, también podemos revindicar el derecho a poder vivir la fe en un clima de respeto a los sentimientos religiosos; un derecho amparado por el derecho a la libertad religiosa, a la libertad de conciencia, así como el derecho a la dignidad e integridad moral. Los derechos fundamentales son todos ellos necesarios para vivir en democracia, respetando el bien de todos, incluidas las minorías: “en muchos casos, la vulneración de la libertad religiosa ha conllevado también la censura de la libertad de expresión, por lo que la protección integral de la libertad religiosa es garantía para el ejercicio pleno del derecho a la libertad de expresión y del resto de los derechos fundamentales y libertades públicas. Recordamos igualmente, que la normal aceptación de insultos, estereotipos, bromas hirientes y ridiculizaciones, son en ocasiones la base para que puedan producirse comportamientos más graves tales como amenazas, agresiones u otro tipo de actos violentos contra las personas creyentes y los lugares de culto, actos que, de hecho, están creciendo por toda Europa”.

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