El precepto dominical

El tercer mandamiento de la ley de Dios, “santificarás las fiestas”, expresa el deber moral que el hombre tiene de tributar culto a Dios. Como recuerda el Catecismo de la Iglesia Católica: “Durante el domingo y las otras fiestas de precepto, los fieles se abstendrán de entregarse a trabajos o actividades que impidan el culto debido a Dios, la alegría propia del día del Señor, la práctica de las obras de misericordia, el descanso necesario del espíritu y del cuerpo” (n. 2185).

El mandamiento de la Iglesia, explica también el Catecismo en el n. 2180, determina y precisa la ley del Señor: “El domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen obligación de participar en la misa” (Código de Derecho Canónico, canon 1247).

¿Cómo se cumple este precepto? “Cumple el precepto de participar en la misa, quien asiste a ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde” (Código de Derecho canónico, canon 1248, &1). Ese “por la tarde” hace referencia a la víspera del festivo – que empieza “después de la hora nona”, o sea, no antes de las cuatro de la tarde del día anterior al festivo -.

¿Se trata de una obligación absoluta, que no admita excepciones? No. Evidentemente, las excepciones confirman la norma: “los fieles están obligados a participar en la Eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria (por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños) o dispensados por su pastor propio. Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave” (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2181).

¿Y qué pasa si falta el ministro sagrado u otra causa grave hace imposible la participación en la celebración eucarística? Pues nos encontramos, en este caso, excusados del cumplimiento de la obligación de participar en la misa. No tenemos ninguna obligación de verla por la televisión ni tampoco de participar en ninguna liturgia de la palabra. Es verdad que el canon 1248, &2 recomienda vivamente – es obvio que “recomendar vivamente” no es lo mismo que “obligar” – “que los fieles participen en la liturgia de la palabra, si esta se celebra en la iglesia parroquial o en otro lugar sagrado conforme a lo prescrito por el obispo diocesano, o permanezcan en oración durante un tiempo conveniente, solos o en familia, o, si es oportuno, en grupos de familias”.

¿Y qué decir de las llamadas “asambleas dominicales en ausencia de presbítero”? Se trata de celebraciones que, sin sustituir a la misa, y sin que sirvan para cumplir el mandato de participar en la Eucaristía – dado que, como se ha señalado, en circunstancias de gravedad, los fieles estarían excusados de ese cumplimiento – pueden ser recomendables para vivir los valores del domingo. Estas celebraciones pueden ser presididas por un diácono, o bien dirigidas por un religioso, religiosa, laico o laica, con el encargo correspondiente del obispo, con la debida preparación conjuntamente con el párroco.

Cuando no se pueda celebrar la santa misa en todas las parroquias – básicamente por la escasez de sacerdotes -, se recomienda a los fieles, explica Benedicto XVI en la exhortación apostólica “Sacramentum caritatis”, “acercarse a una de las iglesias de la diócesis en que esté garantizada la presencia del sacerdote, aun cuando esto requiera un cierto sacrificio. En cambio, allí donde las grandes distancias hacen prácticamente imposible la participación en la Eucaristía dominical, es importante que las comunidades cristianas se reúnan igualmente para alabar al Señor y hacer memoria del día dedicado a Él. Sin embargo, esto debe realizarse en el contexto de una adecuada instrucción acerca de la diferencia entre la santa misa y las asambleas dominicales en ausencia de sacerdote” (n. 75).

Como recuerda el “Directorio para las celebraciones dominicales en ausencia del presbítero”: “Evítese con cuidado toda confusión entre las reuniones de este tipo y la celebración eucarística. Estas reuniones no deben quitar sino más bien acrecentar en los fieles el deseo de participar en la celebración eucarística y hacer que estén más dispuestos a asistir a ella” (n .22).

 

Guillermo Juan-Morado.

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