
Fray Nelson ha publicado un “post”, con ocasión de mi “post” anterior sobre la mala traducción de la Suma Teológica, acerca del tema de la reprobación divina negativa antecedente, que aparece al final de aquella publicación mía.
En esencia, su tesis es que la reprobación negativa antecedente suena, por lo menos, a calvinista, y que en su lugar hay que hablar de “reprobación independiente”, que define así:
“(1) Dios no detesta a ninguna de sus creaturas, mucho menos al hombre creado a su imagen. (2) Dios no está obligado a dar su gracia eficaz a nadie; (3) Si tal gracia no es dada, la condición propia de la naturaleza caída, y sumado a ello, los pecados personales conducen de modo consecuente a la condenación; (4) La donación (o no) de tal gracia es independiente de los actos humanos voluntarios, propios del libre albedrío.”
Su argumento es que el término “antecedente” implica prioridad temporal, y que esa prioridad temporal es incompatible con el libre albedrío de las creaturas racionales.
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