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3.10.07

861 - USA: PELIGRA EL ORDEN NATURAL EN INSTITUCIONES RELIGIOSAS.

USA: PELIGRA EL ORDEN NATURAL EN INSTITUCIONES RELIGIOSAS.

Fuentes: Life Site, 30-11-06; 03-10-07.

Por Juan Bacigaluppi

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos decidió el 1 de octubre, no tratar la apelación de las agencias religiosas de servicios de salud y dejar firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de Nueva York del 19 de octubre de 2006, que ordena que los grupos religiosos que tengan objeciones morales sobre uso de contraceptivos, deben brindar cobertura anticonceptiva, incluida la abortiva píldora del día después, en todo tipo de prestaciones médicas.

La obligación se extiende a todos los servicios ofrecidos por esas instituciones a sus empleados, a sus pacientes, y a los seguros médicos. Las agencias involucradas temen que las obliguen en el futuro a hacer y/o subvencionar abortos.

Las agencias católicas se unieron apelando contra la ley del estado de New York sobre la Salud y el Bienestar de las Mujeres promulgada en 2002, porque ésta violaba su derecho constitucional de practicar libremente su religión.

El grupo, al que se unieron otras confesiones religiosas, había pedido la intervención de la Suprema Corte diciendo, "si el estado puede obligar a que entidades religiosas subvencionen los contraceptivos en violación de sus creencias, puede también obligarlas a que subvencionen abortos. Y si puede obligar a entidades de la iglesia a que subvencionen abortos, puede exigir que los hospitales confesionales hagan esos abortos".

Si bien la ley exceptúa a las instituciones "exclusivas" que sólo contratan y atienden a miembros de una religión, los servicios de salud católicos dan trabajo a muchos no católicos, y a ellos concurren miles de pacientes de otras confesiones religiosas.

El grupo de agencias de beneficencia está compuesto por Catholic Charities de New York; Baptistas (The Temple Baptist Church y The First Bible Baptist Church); otras organizaciones como los Adventistas del Séptimo Día, y grupos de judíos ortodoxos.

Las instituciones católicas que forman parte del grupo incluyen a Catholic Charities de las diócesis de Albany y Ogdensburg; las Servants of Relief for Incurable Cancer, una orden religiosa femenina; Our Lady of Consolation Geriatric Care Center, las Carmelite Sisters for the Aged and Infirm, el Bishop Ludden High School, y Delta Development of Western New York . FIN, 04-10-07

1.10.07

860 - SANTA SEDE: SE DEBE ALIMENTAR A PACIENTES EN ESTADO VEGETATIVO

SANTA SEDE: PROPORCIONAR ALIMENTACIÓN Y AGUA A LOS PACIENTES EN ESTADO VEGETATIVO ES UNA OBLIGACIÓN MORAL.

Fuente: Síntesis de Aceprensa, 26-09-07; Vid. NG 702

La Congregación para la Doctrina de la Fe confirmó la doctrina sobre alimentación artificial: hay que mantener la alimentación a los pacientes en estado vegetativo (Congregacion para la Doctrina de la Fe)

Proporcionar alimentación y agua a los pacientes en estado vegetativo es una obligación moral. Así respondió el 14 de septiembre la Congregación para la Doctrina de la Fe a las cuestiones que habían sido planteadas por la Conferencia Episcopal estadounidense.

Primera pregunta : “¿Es moramente obligatorio suministrar alimento y agua (por vías naturales o artificiales) al paciente en ‘estado vegetativo’, a menos que estos alimentos no puedan ser asimilados por el cuerpo del paciente o no se le puedan suministrar sin causar una notable molestia física?”

Respuesta: “Sí. Suministrar alimento y agua, incluso por vía artificial, es, en principio, un medio ordinario y proporcionado para la conservación de la vida. Por lo tanto es obligatorio en la medida en que y mientras se demuestre que cumple su propia finalidad, que consiste en procurar la hidratación y la nutrición del paciente. De ese modo se evita el sufrimiento y la muerte derivados de la inanición y la deshidratación".

Segunda pregunta: “Si la nutrición y la hidratación se suministran por vías artificiales a un paciente en ‘estado vegetativo permanente’, ¿pueden ser interrumpidos cuando los médicos competentes juzgan con certeza moral que el paciente jamás recuperará la conciencia?”

Respuesta: “No. Un paciente en ‘estado vegetativo permanente’ es una persona, con su dignidad humana fundamental, por lo cual se le deben los cuidados ordinarios y proporcionados que incluyen, en principio, suministrarle agua y alimentos, incluso por vías artificiales.”

Posibles excepciones

En un artículo que acompaña a las respuestas se señala que “al afirmar que suministrar alimento y agua es, en principio, moralmente obligatoria, la Congregación para la Doctrina de la Fe no excluye que, en alguna región muy aislada o extremadamente pobre, la alimentación e hidratación artificiales pueden no ser físicamente posibles; entonces, ad impossibilia nemo tenetur, aunque permanece la obligación de ofrecer los cuidados mínimos disponibles y de buscar, si es posible, los medios necesarios para un adecuado mantenimiento vital".

“Tampoco se excluye -sigue diciendo- que, debido a complicaciones sobrevenidas, el paciente no pueda asimilar alimentos y líquidos, resultando totalmente inútil suministrárselos. Finalmente, no se descarta la posibilidad de que, en algún caso raro, la alimentación e hidratación artificiales puedan implicar para el paciente una carga excesiva o una notable molestia física vinculada, por ejemplo, a complicaciones en el uso del instrumental empleado".

“Estos casos excepcionales -se lee en la nota- nada quitan, sin embargo, al criterio ético general, según el cual el suministro de agua y alimentos, incluso cuando hay que hacerlo por vías artificiales, representa siempre un medio natural de conservación de la vida y no un tratamiento terapéutico. Por lo tanto, hay que considerarlo ordinario y proporcionado, incluso cuando el estado vegetativo se prolongue".

La familia de Terri Schiavo, la mujer estadounidense que murió en medio de un intenso debate tras serle retirada la alimentación en marzo de 2005 (la mataron por inanición y deshidratación) (vid. NG 702), dio un comunicado de agradecimiento a la Santa Sede por reafirmar la doctrina sobre la cuestión. FIN, 01-10-07