Excomunión
Los excomulgados no pertenecen a la Iglesia Católica ya que están “separados del cuerpo de la Iglesia” como enseña el Catecismo de San Pío X en su nº 232: “Los excomulgados son aquellos que (…) son, como indignos, separados del cuerpo de la Iglesia, que espera y desea su conversión”. Los excomulgados no forman parte de la Iglesia y, por tanto, no comulgan con los Santos, esto es, no forman parte de la Comunión de los Santos, como enseña el Catecismo Mayor en su nº 235: “Podemos ayudar en alguna manera a los excomulgados … suplicando al Señor que por su misericordia les otorgue la gracia de … convertirse a la fe y entrar en la comunión de los Santos”.
Los excomulgados, como dice el Catecismo Mayor, “son aquellos que por faltas gravísimas son castigados por el Papa o por el Obispo con la pena de excomunión, en cuya virtud son, como indignos, separados del cuerpo de la Iglesia, que espera y desea su conversión” (232). Su situación, por tanto, es espantosa.
Evidentemente, “la excomunión debe temer grandemente, porque es la pena más grave y más terrible que puede imponer la Iglesia a sus hijos rebeldes y obstinados” (Catecismo Mayor, nº 233). Los excomulgados ni siquiera pueden participar de los bienes externos de la Iglesia (cf. Catecismo Mayor, nº 222). Es más, ellos “quedan privados de las oraciones públicas, de los sacramentos, de las indulgencias y, después de sentencia condenatoria o declaratoria, también de sepultura eclesiástica” (nº 234). Ni siquiera pueden ser enterrados en un cementerio católico, mas hoy muchos se toman la excomunión a la ligera (y algunos hasta se ríen o la festejan) ignorando el anatema de S.S. Pío VI que sentenció lo siguiente en la Bula Auctorem Fidei (28/8/1794):
La proposición que afirma que “el efecto de la excomunión es solo exterior, porque por su naturaleza solo excluye de la comunión exterior con la Iglesia”; como si la excomunión no fuese una pena espiritual, que ata en el cielo y obliga a las almas, es falsa, perniciosa, y condenada en el art. 23 de Lutero y por lo menos errónea.
Pero, se pregunta San Pío X en su Catecismo Mayor, “¿Podemos ayudar en alguna manera a los excomulgados?”. La respuesta es afirmativa y dice así: “Podemos ayudar en alguna manera a los excomulgados y a todos los que están fuera de la Iglesia con saludables avisos, con oraciones y buenas obras, suplicando al Señor que por su misericordia les otorgue la gracia de convertirse a la fe y entrar en la comunión de los Santos” (nº 235). Este breve escrito sirve como saludable aviso para los que, salvo que cambien radicalmente las circunstancias (lo cual es muy improbable), pronto serán excomulgados.
Terminemos con una cita de Domenico Cavallari (Instituciones del Derecho Canónico, año 1850, p. 734):
Algunos acaban de demostrar que aceptan ser excomulgados.
Si bien “de internis non iudicat Ecclesia”, a quien muera válida y justamente excomulgado sin arrepentirse, todo el latín y el incienso del mundo lamentablemente no le servirá de nada.
Padre Federico, S.E.
21/III/26, Qharga
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Añadimos como apéndice un artículo de Santo Tomás de Aquino, Doctor Común de la Iglesia Católica, sobre el tema, en el Supplementum de su Summa Theologiae. Prosit.
S. Th., Suppl., q. 21, a. 4:
Si la excomunión lanzada injustamente tiene de algún modo efecto[1]
A lo cuarto se procede así. Parece que la excomunión lanzada injustamente no tiene efecto de ningún modo.
1. Porque por la excomunión se substrae la protección y la gracia de Dios, la cual no puede ser substraída injustamente. Por tanto, la excomunión lanzada injustamente no tiene efecto.
2. Además, Jerónimo dice que es propio de la arrogancia de los fariseos estimar que está ligado o absuelto quien es ligado o absuelto injustamente. Pero la arrogancia de los fariseos era soberbia y errónea. Por tanto, la excomunión injusta no tiene ningún efecto.
Pero en contra: según Gregorio, los preceptos del pastor, sean justos o injustos, han de ser temidos. Pero no habrían de ser temidos, si no dañaran en algo incluso siendo injustos. Por tanto, etc.
Respondo. Debe decirse que la excomunión puede decirse «injusta» de dos modos.
De un modo, por parte del que excomulga: como cuando alguien excomulga por odio o por ira. Y entonces la excomunión, no obstante, tiene su efecto, aunque aquel que excomulga peque: porque este padece justamente, aunque aquel actúe injustamente.
De otro modo, por parte de la excomunión misma: sea porque la causa de la excomunión es indebida, sea porque se da la sentencia fuera del orden del derecho. Y entonces, si hay tal error por parte de la sentencia que haga que la sentencia sea nula, no tiene efecto: porque no hay excomunión.
Pero si no anula la sentencia, esta surte su efecto. Y el excomulgado debe obedecer humildemente, y esto será meritorio para él, o bien debe pedir la absolución a quien lo excomulgó, o recurrir a un juez superior. Si, por el contrario, la despreciara, por lo mismo pecaría mortalmente.
Sucede a veces que hay una causa debida por parte del que excomulga, pero que no es debida por parte del excomulgado: como cuando alguien es excomulgado por un falso crimen probado en juicio. Y entonces, si lo soporta humildemente, el mérito de su humildad compensa el daño de la excomunión.
A lo primero, por tanto, debe decirse que, aunque el hombre no puede perder la gracia de Dios injustamente, puede, sin embargo, perder injustamente aquellas cosas que están de nuestra parte que nos disponen a la gracia de Dios: como es patente si se le substrae a alguien la palabra de la doctrina [la enseñanza] que le es debida. Y de este modo se dice que la excomunión substrae la gracia de Dios, como queda claro por lo dicho.
A lo segundo debe decirse que Jerónimo habla en cuanto a las culpas y no en cuanto a las penas, las cuales pueden ser infligidas incluso injustamente por los rectores de las iglesias.
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[1] Es una traducción hecha por nuestro amigo Federico María Rago.
4 comentarios
Al hilo de este su post, me permito consultarle una duda. ¿Los pertenicientes al cisma ortodoxo están excomulgados por la Iglesia?
Yo entiendo que sí en cuanto a que son cismáticos, pero por otra parte tienen la sucesión apostólica ¿O ya la han perdido?
Perdone si empleo de más su tiempo.
¡Qué Dios le siga bendiciendo.
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Estimado Católico
Gracias por su correo.
Los focianos tienen sucesión apostólica. Los que de ellos adhieren formalmente al cisma están excomulgados latae sententiae.
In Domino,
PF
"Están ciegos porque dicen que ven"
También hay que estar en guardia con algunos seglares, presbíteros e incluso un par de obispos que simpatizan con la fsspx. No hacen más que llevar agua para el molino del enemigo y poner dudas sobre la credibilidad de la Iglesia Católica en su conjunto.
Incluso un medio digital como Infovaticana no hace más que ensuciar más la causa de Roma.
Dios lo bendiga! Bs As.
Me hace gracia —con todo el respeto, que conste— esa gimnasia teológica de aceptar sin pestañear unos catecismos y mirar con lupa quirúrgica otros, no vaya a ser que digan algo incómodo. Porque, llevado al extremo, si empezamos a sospechar que un catecismo puede errar en fe o moral, entonces la sospecha ya no tiene freno: ni el de Trento, ni el de san Pío X, ni ninguno sale indemne del examen. Y al final, más que doctrina firme, nos queda un buffet libre donde cada cual se sirve lo que le apetece.
Yo, en mi humilde ignorancia, tiendo a pensar algo más sencillo: que si hay puntos que nos chirrían, igual no es que el catecismo esté mal, sino que necesita ser leído con toda la Iglesia, con lo que ya se ha explicado, matizado y desarrollado. Vamos, que igual el problema no es el texto… sino el filtro con que lo miramos.
Pero en fin, padre, no me haga mucho caso, que yo no tengo su biblioteca. Solo tengo la sospecha —maliciosa, lo admito— de que a veces no es que falten catecismos… sino ganas de leer algunos.
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Estimado
Mi tía abuela me regaló el CIC de SS Juan Pablo II que solía leer con mucho gusto de laico. No le tengo ningún rechazo, al contrario.
Este posteo lo hice con el teléfono en el medio de la misión y por el tema del mismo me pareció propicio citar solo el Catecismo Mayor hic et nunc.
Es cierto que hace mucho no cito el de San Juan Pablo II. Gracias por la observación. Trataré de hacerlo.
Gracias por el consejo
VXR!
PF
Viva la Santa Iglesia Católica!
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