España: los bebés con más de 6 meses de gestación fallecidos antes de nacer deberán ser inscritos en el Registro Civil
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¿Se abre una vía para detener la despersonificación del bebé en seno materno?

España: los bebés con más de 6 meses de gestación fallecidos antes de nacer deberán ser inscritos en el Registro Civil

El registro, que empieza a funcionar este miércoles, no tendrá efectos jurídicos y es aplicable también a los decesos producidos con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, para lo que los progenitores deberán solicitarlo en un plazo máximo de dos años

(Agencias/InfoCatólica) Con una extraña medida que sin saberlo puede suponer un Caballo de Troya en la legislación abortista española, los bebés fallecidos antes de nacer pero que hubieran alcanzado más de seis meses de gestación deberán ser inscritos y podrán tener nombre en el archivo del Registro Civil a partir de este miércoles, 9 de agosto. Así consta en una instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este martes y que entra en vigor hoy.

La instrucción, firmada el 31 de julio, pone en marcha la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011 del Registro Civil, que establece la obligatoriedad de que figure en un archivo del Registro Civil el fallecimiento ocurrido con posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento. La inscripción no tendrá efectos jurídicos y los progenitores podrán, si así lo desean, otorgar un nombre al bebé.

También podrán ser registradas todas aquellas defunciones acaecidas con anterioridad a su entrada en vigor siempre que así lo soliciten los progenitores en el plazo de dos años desde su publicación en el BOE. La nueva ley de Registro Civil fue aprobada en 2011, pero según consta en la instrucción, no entró en vigor hasta 2021. Y no ha sido hasta hace un par de semanas cuando el Ministerio de Justicia elaboró esta nueva normativa.

Con esta orden, que modifica la anterior que regulaba esta materia, de 1988, se aprueba la llamada “Declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación”. El Registro Civil dispondrá de un archivo en el que se conservarán debidamente numeradas y ordenadas las declaraciones, firmadas por el declarante y al menos por dos facultativos, relativas a los fallecimientos ocurridos con posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento, con indicación en su caso del nombre a imponer al nacido sin vida. 

El registro tendrá un índice en el que constará el nombre y apellidos de la madre y, en su caso, el del hijo, y se enumerará correlativamente para facilitar la búsqueda. A solicitud de cualquiera de los progenitores se expedirá una certificación en la que constarán los datos del alumbramiento y el nombre del hijo o hija no nacidos. 

Para los fallecimientos producidos después de seis meses de gestación pero antes de este miércoles 9 de agosto de 2023, los progenitores tendrán dos años para solicitar su inscripción en el Registro Civil.

Reconocimiento de la persona del bebé concebido

Aunque por ahora se limita a los 6 meses sin grandes justificaciones por la elección del periodo supone una marcha atrás en el proceso necesario de despersonificación del bebé en el seno materno para poder argumentar el aborto, y más su supuesto derecho a eliminar una vida.

Más sorprendente es que sea obligatorio ya que en el caso de los abortos voluntarios el bebé era considerado casi como un residuo sanitario y en muchos casos se negaban a entregarlo a los padres.

 

10 comentarios

Pep
¿Como no va a tener efectos jurídicos una inscripción en el Registro Civil?
Es que se escribe cada cosa ...
10/08/23 5:25 PM
Generalife.
Muy bien y estaría muy bien que fuesen protegidos todos los bebés del mismo tiempo y tuvieran su derecho a la vida
10/08/23 5:39 PM
Perplejo
Aunque de forma parcial (por afectar sólo a los niños abortados con más de seis meses de gestación) la medida supondrá un registro fidedigno de esas vidas llamadas a. vivir y que fueron, sin embsrgo, cercenadas: una especie de libro de esa suerte de iniquidad y muerte que es el aborto

10/08/23 5:45 PM
Masivo
Realmente el cambio se produjo en 2011, con la ley, aunque entre en vigor ahora. No recuerdo entonces que llamara la atención. Carece de efectos jurídicos, lo que en un registro público resulta curioso (¿donde está la fe pública registral?).

Por cierto, ambas normas, la de 2011 y la instrucción de 2023, salieron con el PSOE en el gobierno.
10/08/23 6:34 PM
Mikel
Una buena noticia. La verdad siempre se abre paso. Se la puede demonizar, se puede prohibir su difusión con leyes pero ella acaba imponiéndose. En el Registro Civil se inscriben personas. Es insostenible una legislación que reconoce como persona al bebé de seis meses de gestación pero no al bebé de tres meses, o al de tres semanas o de tres días de gestación. Todas las personas hemos recorrido esos tramos de nuestra existencia, porque somos personas desde el instante de nuestra concepción.
Tenemos una legislación que permite el asesinato de seres humanos en función de su edad. Los que nacimos cuando en España el principal de los derechos, el derecho a la vida, estaba asegurado estamos legando a nuestros hijos un país que ya no garantiza su derecho a la vida desde la concepción, un país peor, más injusto con el más indefenso y, sobre todo, un país cada vez más alejado de Dios y más cercano a la desaparición.
10/08/23 6:59 PM
Maximiliano
El aborto ni es un derecho ni lo será jamás, ni asimismo tampoco será jamás un acto médico. El médico esta para aliviar, curar o sanar enfermedades pero jamás para matar. El ser no nacido es " humano ", y debe ser considerado con un pleno y sagrado derecho a la vida y por tanto ser defendido ante cualquier agresión.
10/08/23 8:34 PM
Chico
Parece que esto ataca al aborto
10/08/23 9:14 PM
madre
Un pequeño paso en favor de la vida, pero queda mucho por hacer, con la ayuda de Dios.
La vida es el primero de los derechos, si se conculca este, los demás caen como un castillo de naipes.
10/08/23 10:57 PM
Juan Mariner
En estas sociedades hipócritas liberales (los de derechas dirían "marxistas"), el Estado aplica la eutanasia activa (rogada o no rogada) y te dicen que el enfermo terminal no sufre nada de nada, y no se aplica la pena de muerte a asesinos convictos y confesos de niños que no sufrirían en lo más mínimo (con el híbrido del Pistolero de Tarragona); fomenta el aborto provocado, y luego, para contrarrestar el natural dolor perinatal de madres y padres con todas las letras, se inscriben los nasciturus fallecidos de más 6 meses; instituyen el matrimonio "igualitario" que no es ya la unión de un hombre y una mujer orientado a la procreación, y luego no permite poligamia, poliandria y poliamor ni matrimonio entre consanguíneos; permite la fecundación in vitro en todas sus variantes manipuladoras pero no permite la clonación por temas de seguridad identificativa (ya pasa apuros con mellizos y gemelos); etc
11/08/23 11:12 AM
Miguel Etche
El caracter de obligatoriedad de esta norma durará muy poco. Algo que no tiene efectos, casi que se deviene en abstracto. Dudo que nadie sea condenado por no haber hecho el registro.
11/08/23 1:29 PM

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