El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia que una empresa puede prohibir los signos religiosos
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Siempre que sea una norma que afecte a todos por igual

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentencia que una empresa puede prohibir los signos religiosos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que la norma interna de una empresa privada que prohíbe llevar cualquier signo visible de convicciones religiosas, filosóficas o espirituales no constituye una discriminación directa siempre que se aplique de manera general e indiferenciada a todos los trabajadores.

(Efe/InfoCatólica) La corte, con sede en Luxemburgo, consideró en su sentencia que procede considerar que la religión y las convicciones constituyen un mismo y único criterio de discriminación, so pena de menoscabar el marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación establecido en el Derecho de la Unión.

El tribunal se pronunció así a una cuestión prejudicial del Tribunal francófono de lo Laboral de Bruselas sobre un litigio que data de 2018 y que enfrenta a una trabajadora de confesión musulmana, que usa el velo islámico, y su empresa, una sociedad que gestiona alquileres sociales.

La corte bruselense quería saber si la prohibición de llevar un signo o una prenda con connotaciones, recogida en el reglamento laboral interno de la empresa, constituye una discriminación directa por motivos de religión.

«Religión o convicciones»

Asimismo, planteó al Tribunal de Justicia la cuestión de si los términos «religión o convicciones» que figuran en la Directiva relativa a la igualdad de trato en el empleo deben interpretarse como dos caras de un mismo criterio protegido o, por el contrario, como dos criterios distintos.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia indica que la citada Directiva debe interpretarse en el sentido de que los términos «religión o convicciones» constituyen un mismo y único motivo de discriminación que abarca tanto las convicciones religiosas como las convicciones filosóficas o espirituales.

A este respecto, recordó el motivo de discriminación basado en «la religión o las convicciones» debe distinguirse del basado en «opiniones políticas o de cualquier otro tipo».

Además, dejó claro que una disposición de un reglamento laboral interno de una empresa que prohíbe a los trabajadores manifestar verbalmente, a través de su vestimenta o de cualquier otra forma, sus convicciones religiosas o filosóficas, del tipo que sean, no constituye una discriminación directa «por motivos de religión o convicciones» en el sentido del Derecho de la Unión, siempre que esa disposición se aplique de forma general e indiferenciada.

 Ahora le corresponde al tribunal de la capital de Bélgica que planteó la cuestión prejudicial determinar si la norma interna de la empresa en litigio ocasiona una desventaja particular para aquellas personas que profesan una religión o tienen unas convicciones determinadas.

Por último, el Tribunal de Justicia recordó que el Derecho de la Unión no se opone a que un órgano jurisdiccional nacional conceda, en el marco de la ponderación de intereses divergentes, una mayor importancia a los de la religión o las convicciones que a los resultantes de la libertad de empresa, siempre que ello se desprenda de su Derecho interno.

15 comentarios

Juan 35
La Europa de las libertades.
13/10/22 8:20 PM
Mariano
Aplicada esta disposición a los de condición atea (es solo un ejemplo), como no podrían manifestar sus convicciones tendrían que manifestar una creencia religiosa o filosófica como corolario. Digámoslo claro, esta disposición afecta a los creyentes tradicionales en su perjuicio y no afecta a otros. Lo que supone discriminar a los creyentes tradicionales respecto de muchos de los demás. Porque prohibir a unos y a otros no, no es igualdad. Prohibir a los que les afecta y no prohibir nada a los que no les afecta es trato desigual.
13/10/22 8:28 PM
Juan
O sea, que se puede prohibir cuando se trata de convicciones religiosas, filosóficas o espirituales, pero no cuando se trata de convicciones políticas. Y yo que pensaba que las convicciones políticas, en realidad, eran convicciones filosóficas... Las disquisiciones de este tribunal cada vez que me sorprenden más.
14/10/22 12:24 AM
Mario Caponnetto
Hoy es el velo musulman. Mañana puede ser un crucifijo. Pero ¿quien se atreveria a prohibir a un travesti? .Esa es la justicia de estos fariseos.
14/10/22 12:35 AM
Marta de Jesús
Como esas mismas empresas no nos van a contratar, a no mucho tardar, pues tampoco es que nos vaya a afectar demasiado, al menos a mí. Pero es increíble que se plantee si quiera. Personalmente a mayores de la cruz llevo un colgante de pez de los primeros cristianos. Me sentí totalmente identificada con ellos al verme perseguida por sorpresa, sin ser precisamente #practicante#, y desde entonces no lo apeo. Creo que esos empresarios no sabrían lo que significa. Y siempre podríamos idear algo nuevo. Las catacumbas hacen aflorar el ingenio. Además de que no podrán arrancar a Cristo de nuestro corazón.
14/10/22 12:35 AM
Sara
Me parece que el 'tribunal de europea' es una entidad privada sin verguenza, ni ética, ni nada pues vive de los impuestos de los ciudadanos del mundo pero trabaja para un grupo de gente pro-muerte, anti familia, anti principios, anti-ciudadanos, y caprichosa; o sea ques es semejante al fbi de USA que vive de los contribuyentes pero parece la policia privada de la izquierda, de los azules, y trabaja con ahinco y coraje destrozando, irrumpiendo y acosando a los que piensan/hablan diferente de los que sus amos -la oscuridad, abogan. Ya pasaron la línea de la decencia, provocando y burlándose de los que verdaderamente les dan de comer.
14/10/22 6:20 AM
Yo pecador
Parecemos tontos, es la persecución, que ya nos anunció, nuestro Señor Jesucristo .por no entrar en detalles , el mundo está en manos de Satanás , no se quiere aceptar la realidad . Un abrazo.
14/10/22 8:00 AM
Mariano
El hecho de que un masón tenga que ocultar sus convicciones para ser aceptable en sociedad, no debería implicar que desde su ocultismo pretendan imponer a toda la sociedad su misma actitud, porque hay quien no tiene nada que ocultar y puede mostrar sus convicciones ya que son un buen ejemplo para la sociedad entera.
14/10/22 8:43 AM
María
Una empresa puede exigir un modo de vestir y de hecho lo hacen. Cuando uno se presenta a un trabajo, miran la forma de vestir, dependiendo también del puesto si es ejecutivo o no. Es lógico que aunque no sea un puesto ejecutivo se prefiera a las personas con un modo de vestir digamos neutro y no llamativo que demuestre limpieza y aseo en contraposición con una forma de vestir digamos histriónica y llamativa. De todas formas para hacer apostolado, no hace falta ir al trabajo con una cruz grande colgada del pecho.
14/10/22 8:54 AM
Charo
La UE está dirigida por la Sinagoga de Satán, como se llaman a sí mismos los gerialtes de la masonería. Y claro que quieren imponerse en todo Occidente. No hay más que ver la Agenda 2030 y todo lo que pretenden con el nuevo orden mundial. Ya es hora de que nos enfrentemos a ellos.
14/10/22 10:55 AM
Juan Mariner
En efecto, Juan 35, pronto eliminarán la "libertad religiosa" de las Constituciones nacionales como un derecho fundamental y una libertad pública. Los católicos de a pie les molestamos sobremanera en sus objetivos NOM y 2030 (y digo los católicos y no los cristianos o el Vaticano). Es mejor que nos persigan, porque va en nuestro ADN.; que nos persigan desde el Vaticano también es positivo, porque nada tenemos que ver con traidores e infiltrados.
14/10/22 12:29 PM
Lucía Victoria
Quizás habría que conocer cómo funciona el TJUE. Son los propios tribunales de cada Estado miembro los que, cuando consideran que una ley o disposición de su propio ordenamiento jurídico podría ir en contra de la legislación social europea, antes de dictar su sentencia, pueden preguntar al TJUE -planteando lo que se llama una cuestión prejudicial- si su Derecho nacional colisiona o no con el derecho europeo. Porque si efectivamente se produce esa colisión, resulta que hay que aplicar la normativa de la Unión, que tiene primacía sobre el derecho nacional de cada país socio. Servidumbres de pertenecer a la UE.

El titular, después de leer la noticia (aunque no he leído la sentencia) no es correcto: el TJUE no entra a valorar si la empresa puede o no puede prohibir los símbolos religiosos (eso sólo lo puede prohibir, de momento, el Derecho nacional belga), sino en si, respecto de esa concreta prohibición a una trabajadora musulmana de llevar velo podría estarse colando una forma de "discriminación directa", que es un tipo de discriminación con nombre propio, acuñado por la propia Unión (por eso se le pregunta al TJUE). Y que , para que exista, exige la concurrencia de dos circunstancias: la primera, que haya INTENCIÓN de discriminar, es decir de tratar de forma diferente a los trabajadores pertenecientes a una determinada religión (o partido político, o raza, o sexo, o...o que sea); y la segunda, que esa distinción se produzca en relación con los trabajadores de otros/
14/10/22 12:52 PM
maru
Con Europa hemos topado. Europa que está completamente, o casi completamente , al margen de Dios; entre ateos e islamistas, ya me dirán que se puede esperar de esta Europa ....nada de nada. Cada vez, peor
15/10/22 10:45 AM
Oscar de Caracas
Solo importan SUS Palabras,

Romanos 10, 18
Pero yo digo, ¿acaso nunca han oído? Ciertamente que sí: POR TODA LA TIERRA HA SALIDO SU VOZ, Y HASTA LOS CONFINES DEL MUNDO SUS PALABRAS.
15/10/22 5:21 PM
Juan Carlos
Claro, se prohibe a los "Creyentes" pero no se prohibe nada a los ateos, travestis, LGTB, etc. Éste tribunal todavía NO aprendió nada sobre Justicia.
Por mi trabajo cada tanto tengo que hacerlo junto a una Abogada Judía y con sus clientes que, en su mayoría son miembros de la "colectividad". Siempre nos hemos conducido con el debido respeto para con Nuestras Religiones e incluso hemos hablado Temas de Religión con mucho más respeto que lo que podría ocurrir con algún otro Católico.
Prohibir llevar a la vista un "Crucifijo", un "Velo" una "Estrella de David", etc., es de individuos que tienen un cerebro "más chico que el de una hormiga".
15/10/22 5:33 PM

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