(InfoCatólica) La vía judicial que tan buenos resultados ofreció en otros países para saltarse la soberanía popular no da frutos en Japón.
El Tribunal de Distrito de Tokio dictaminó el 29 de noviembre de 2025 que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Japón es constitucional, desafiando una serie de fallos recientes favorables al lobby homosexualista en todo el país. La jueza Ayumi Higashi determinó que el artículo 24 de la Constitución, que establece que «el matrimonio se basará únicamente en el consentimiento mutuo de ambos sexos», no se extiende a las relaciones homosexuales.
Segundo fallo en contra de una tendencia judicial favorable
La decisión se alinea con un fallo previo del Tribunal de Distrito de Osaka, en 2022, marcando la segunda afirmación de este tipo entre 12 casos totales, mientras que cinco tribunales superiores han considerado la prohibición como inconstitucional, aunque solo han emitido sentencias simbólicas sin invalidar leyes o conceder compensaciones.
Los demandantes, que impugnaban la exclusión de las parejas del mismo sexo del matrimonio legal, anunciaron inmediatamente sus planes de apelar ante el Tribunal Supremo de Japón, potencialmente en 2026. Higashi enfatizó que preservar el matrimonio entre un hombre y una mujer apoya la crianza de los hijos y constituye una interpretación razonable de términos como «marido y mujer» en el derecho de familia.
Llamamiento al debate parlamentario
La magistrada instó a los legisladores a debatir cualquier cambio en la legislación sobre matrimonio entre personas del mismo sexo a través de canales parlamentarios en lugar de mediante decisiones judiciales.
Japón se encuentra entre las pocas naciones desarrolladas, incluyendo Italia, Corea del Sur y la República Checa, que siguen defendiendo el matrimonio natural. El fallo supone un revés para el movimiento LGBT en Asia Oriental, contrastando con la creciente presión judicial para la reforma.
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