Es propiedad del arzobispado y no del concejo

La Audiencia Provincial de Navarra dictamina que la iglesia de Sta. María de Garísoain pertenece a la archidiócesis

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra falló que la iglesia parroquial de Santa María de Garísoain es propiedad del Arzobispado de Pamplona y no del concejo de este núcleo urbano, como dictó un juzgado de primera instancia de Estella que ahora queda anulado. La Audiencia estimó de esta manera el recurso de apelación presentado por la Diócesis de Pamplona, con lo que revocada y deja sin efecto la sentencia dictada, el 31 de enero de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Estella.

(Diario de Navarra) La sentencia declaró la nulidad de la inscripción registral a favor del concejo de la iglesia parroquial de Garísoain, la ermita de Nuestra Señora del Pilar, por ser contrario a derecho.

Contra la resolución cabe recurso extraordinario por infracción procesal ante la Sala Primera del Tribunal Supremo o de casación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en un plazo de veinte días.

En un comunicado, el Arzobispado de Pamplona-Tudela recordó que hasta ahora ha ganado todos los litigios relacionados con lo que considera sus propiedades, como ha ocurrido en los municipios de Arive (1992), Eransus (2003) y, más recientemente, con Irurre (2009), Azcona (2009) e Irañeta (2012).

La única sentencia contraria hasta ahora era la referente a la ermita del Pilar de Garísoain.

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4 comentarios

araxes
se dice que es de la diócesis. O ¿es de la parroquia de Garisoain? aclaren los términos.
8/03/13 9:17 AM
Luis Fernando
La parroquia es propiedad de la archidiócesis. Como prácticamente todas las parroquias diocesanas, dicho sea de paso, aunque se puede dar el caso de que algún templo parroquial sea de propiedad pública o incluso privado.
8/03/13 10:06 AM
araxes
casi todas las iglesias parroquiales de navarra son de las parroquias no de la archidiócesis. por favor a dar la noticia sean más rigurosos. en este caso concreto de Garisoain me hubiera gustado saber de quien es.
8/03/13 11:34 AM
Joaquin Borderías
Creo que las parroquias no tienen personeria juridica, si las diocesis, por tanto, la propietaria de los bienes materiales es la diocesis, ya que sin diocesis no hay parroquias. Esto en el asunto legal, otra cosa es que las diocesis deberian respetar la voluntad de los fieles a la hora de donde estén los bienes y su uso, ya que estos pertenecen al pueblo de Dios y no al pueblo-municipio. Bueno, no se si me explico o lo he liado. :-)
8/03/13 9:20 PM

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