La Virgen María
El tiempo de Adviento es singularmente mariano. A este primer motivo se une la próxima celebración, el día 8 de Diciembre, de la solemnidad de la Inmaculada Concepción de la Virgen María. Dos razones poderosas para que, brevemente, nos paremos a reflexionar sobre Santa María.
En la primera mitad del siglo XX conoció un gran apogeo el llamado “movimiento mariano”. En el Congreso Mariológico de Lourdes, celebrado en 1958, se reconocieron dos tendencias en los escritos de los cultivadores de la Mariología: la cristológica y la esclesiotípica, según que los dogmas marianos se considerasen vinculados en primer lugar a Cristo o a la Iglesia.
Eclesiólogos importantes como el Cardenal Journet veían a María como el corazón de la Iglesia. En el Concilio Vaticano II, por una diferencia muy pequeña de votos, se decidió que el documento sobre la Virgen fuese incluido en la Constitución dogmática sobre la Iglesia, en lugar de ser objeto de un texto aparte.
El resultado de los trabajos del Concilio fue el capítulo VIII de la “Lumen gentium”; en el que se aúnan las reflexiones cristológicas y eclesiológicas referidas a Nuestra Señora. Al final del tercer período del Concilio, Pablo VI proclamó a María “Madre de la Iglesia”. El título enlazaba de algún modo con la reflexión de los Santos Padres, que veían a la Virgen como tipo de la Iglesia; como figura excelsa de la Iglesia.

Textos: Is 63,16b-17.19b,64,2b-7; Sal 79; 1 Cor 1,3-9; Mc 13, 33-37.
Algunos bienes no pertenecen a una sola persona, a una sola familia, a un solo pueblo, a un solo Estado. Algunos bienes, por su relevancia y significación, pertenecen a todos y nadie tiene, en consecuencia, derecho a privar a los seres humanos que vengan en el futuro de su contemplación y disfrute.
Me han preguntado sobre el tema de las absoluciones generales. En lugar de escribir un post sobre el asunto - tarea que de la que no descarto ocuparme - prefiero, en este momento, copiar lo que dice una página seria que se puede consultar en Internet: Me refiero a “Ius Canonicum". Reproduzo, pues, el siguiente artículo:












