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14.12.12

"Fijos los ojos", primer disco de rap católico en España

El próximo 26 de abril DAWIDHS, el primer grupo de rap católico en España, publicará su primer disco. Sus componentes tienen ya un recorrido de varios años en este ámbito: Fresh Sánchez, Blanca White, smdani y Simply Marta.

El disco se llamará FIJOS LOS OJOS, en referencia a Heb 12,2. Ellos siempre insisten en que no buscan el éxito ni el dinero, sino testimoniar el amor de Dios en sus vidas. Nunca cobran por sus canciones o conciertos y ponen en manos de Dios los frutos de su trabajo. Estos raperos viven con verdadero celo el anuncio del Evangelio a través de la música rap. Destacan por la fuerza y el cuidado de sus letras. Siempre fieles al magisterio de la Iglesia anuncian a los jóvenes un mensaje antiguo, no anticuado, capaz de reconciliar al ser humano con Dios, este mensaje es siempre Cristo.

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12.12.12

Ruido de sables desde la Archidiócesis de Barcelona

Con esa expresión entendemos situaciones de tensión, en el seno de la Fuerzas Armadas, por razones políticas, que afectan seriamente a la sociedad. “Ruido de sables” que no poca inquietud crea entre los ciudadanos.

La verdad es que no hay “ruido de sables” en nuestras Fuerzas Armadas, compuestas por excelentes profesionales que conocen a la perfección el papel que desempeñan, al servicio del país, con un escrupuloso sometimiento al cauce que marcan las leyes que nos hemos dado. Es más, cuando alguno de sus miembros se expresa públicamente sobre cuestiones que rozan la política -pese a que sea en materia sobre la que exista un sentimiento generalizado entre los civiles- es apartado de su cargo.

Ahora bien ¿cómo denominaríamos a esas actuaciones de parte de los miembros de la Iglesia?. ¿Ruido de campanas? ¿Ruido de mitras? Lo que sí es evidente es que, cualquiera que sea la denominación, causa mayor inquietud que el propio ruido de sables; en tanto que, para sus objetivos terrenales, no dudan en darles una trascendencia espiritual.

El arzobispo de Barcelona, cardenal Luis Martínez Sistach, se ha pronunciado, públicamente, sobre la “inmersión” educativa que impone el Gobierno de la Generalitat, a los catalanes -incluidos los que son castellanohablantes-.

Inmersión educativa que, obviamente, nada tiene que ver con la salvación de las almas de los que nos sentimos catalanes -ya sea los que no quieren ser españoles, como los que afirmamos que lo somos, precisamente, por ser catalanes-.

Permítame, señor Director, unas breves reflexiones:

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6.12.12

¿Es “completamente" católica la Universidad Católica de Argentina?

Por supuesto que el adverbio del título es irónico, pues la sola negación de un artículo de fe es suficiente para cambiar el adjetivo por una identidad bastante menos feliz, que es la de hereje o la de apóstata.

Pero parecería que tarde o temprano, deberemos empezar a suplicar a Roma que así como intervino en Perú, comience a intervenir un poco en la Universidad Católica Argentina, si en ella se persiste en abonar la confusión reinante otorgando títulos de “teólogo católico” a gente que olvida un pequeño detalle para merecer tal calificativo, y es el compartir la fe católica “que nos gloriamos de profesar”.

Por este camino, los ingenuos y confundidos se siguen enredando en caminos que no sólo “no llevan a Roma”, sino que conducen sin más, a la pura apostasía, en la vereda de en frente, en viejas herejías remozadas y siempre, por supuesto, en el desprecio a la Tradición y al Magisterio.

Un botón de muestra lo constituye Graciela Moranchel, Licenciada nada menos que en Teología Dogmática por esa Universidad, que sin ningún empacho se cruza en una discusión en Internet blandiendo sus títulos como espadas para defender herejías, en vez de para combatirlas, pretendiendo sembrar apasionadamente la duda sobre la divinidad de Nuestro Señor Jesucristo (¡!). Le ha dolido la justa censura de la Iglesia a Bourgeois y Schüller, y sangra por la herida en el coro de los defensores de la libertad de expresión, en reclamos por sacerdocio femenino y celibato optativo, atizado por el director del blog Rumores de Ángeles, de “Religión Digital”. Y bien; dentro del caos liberal todo es posible, pero lo que no puede admitirse es que pretendan ser tenidos como católicos, los que dan coces a la Iglesia pretendiendo divorciarla del Esposo.

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12.11.12

Ante la sentencia del TC sobre el matrimonio homosexual (II): Alternativa Española

AES considera que la sentencia del Tribunal Constitucional es una nueva agresión a la familia

La tardía resolución del Tribunal Constitucional, con respecto al recurso planteado por el Partido Popular sobre la consideración de la unión entre personas del mismo sexo como matrimonio, es para Alternativa Española una nueva agresión a la familia.

Alternativa Española mantiene, de acuerdo con la Ley Natural, con la antropología social, que un matrimonio, institución fundamental, es la unión entre un hombre y una mujer.

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10.11.12

Ante la sentencia del TC sobre el matrimonio homosexual (I): Comunión Tradicionalista Carlista

El matrimonio sigue siendo heterosexual, monógamo e indisoluble

El martes día 6 de noviembre de 2012 será recordado en España como el de la comisión de uno de los mayores dislates jamás cometidos por institución alguna. En esta fecha se ha hecho pública la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio permitiendo a los homosexuales el hacerlo (además de poder adoptar niños). Tras siete largos años el Tribunal se ha pronunciado y ha dicho que la Ley no va en contra de la Constitución, concretamente de su artículo 32 que dice así: «1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica».

Ya se sospechaba desde hace algún tiempo, dada la composición del Tribunal, que se iba a desestimar el recurso interpuesto en su día por el Partido Popular. Parece ser que el fundamento de la sentencia se basa en la acomodación a la realidad social del momento de las normas, lo cual es una auténtica subversión de los principios interpretativos del derecho ya que, efectivamente, las normas –en este caso la Constitución- se interpretarán (art. 3,1 Código Civil) atendiendo “a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas", pero sólo después de aplicar el “sentido propio de las palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos” y, sobre todo, su “espíritu y finalidad", criterios todos que, en el caso que nos ocupa, excluyen toda posibilidad de considerar como matrimonios las uniones entre personas del mismo sexo a la luz del art. 32 ya citado. Es de cajón. Cualquiera que lea este precepto, sea o no lego en Derecho, entiende que la Constitución -su letra, su finalidad y su espíritu- se está refiriendo al matrimonio constituido inevitablemente por la unión de un hombre con una mujer. Tal matrimonio era el único existente y concebible en el año 1978, no sólo en España sino en todo el mundo, ya que se trata de una institución natural, vigente desde tiempos inmemoriales, y prácticamente universal. No cabe acogerse a la acomodación de la realidad social.

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