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5.06.09

La verdadera medida disciplinar del Papa

En estos últimos días, cercano ya el inicio del Año Sacerdotal, algunos medios han difundido informaciones y comentarios, muchas veces inexactos, a propósito de una carta enviada por la Congregación para el Clero a los obispos diocesanos sobre algunas nuevas facultades que han sido concedidas por mandato del Santo Padre. No se trata de una “revolución de la disciplina eclesiástica para el clero” sino de una directiva que va al encuentro de algunas exigencias pastorales particulares. Ofrecemos una clarificadora entrevista de Radio Vaticana a monseñor Mauro Piacenza, secretario del dicasterio pontificio.

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Monseñor Piacenza, se ha hablado mucho en estos días de las “facultades” concedidas por el Santo Padre a la Congregación para el Clero. ¿De qué se trata realmente?


No es una simplificación de los procedimientos o un procedimiento simplificado sino que es un instrumento jurídico en continuidad y coherencia con el derecho canónico vigente.


Tampoco es un procedimiento que se aplica automáticamente sino que se sigue sólo en algunos casos, bien precisos, según el prudente juicio de la Sede Apostólica. De hecho, están intactos y sin cambios los derechos y deberes de los obispos al ejercitar la función judicial. El obispo debe vigilar siempre que el presbítero sea fiel en el cumplimiento de los deberes ministeriales; de hecho, es el obispo diocesano quien debe seguir con particular solicitud a los presbíteros, también tutelando sus derechos.


La inmensa mayoría de los sacerdotes vive serenamente, en lo cotidiano, la propia identidad y desarrolla fielmente el propio ministerio. Sólo que, en casos particulares, la Santa Sede interviene de modo subsidiario para reparar el escándalo, restablecer la justicia y corregir al culpable.

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En la práctica, ¿qué implican estas facultades especiales?

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¿Di Noia a Culto Divino?

Una vez más los medios italianos, comenzando por Andrea Tornielli, vuelven sobre el posible traslado de Monseñor Ranjith como Arzobispo de Colombo. La actual novedad es que ya estaría decidido el nombre de quien lo sustituiría como secretario de la Congregación para el Culto Divino. Ofrecemos la traducción de la noticia que Tornielli publicó en su blog.

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Uno de los nombramientos más obstaculizados y aplazados de la Curia Romana parece ahora realmente decidido: el Secretario de la Congregación para el Culto Divino, el cingalés Malcolm Ranjith Patabendige Don – llamado en su momento a la Curia como secretario de Propaganda Fide, luego nombrado nuncio apostólico, para luego volver a ser llamado a Roma por Benedicto XVI – será el nuevo arzobispo de Colombo, a pesar de algunos intentos cardenalicios in extremis para retenerlo en Roma. En su lugar, será nombrado el dominico estadounidense J. Augustine Di Noia, desde el 2002 Subsecretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe y, por lo tanto, colaborador durante tres años del entonces cardenal Ratzinger. Del sustituto de Ranjith se sabía que debía ser anglófono: caídas por vetos cruzados varias candidaturas provenientes de Australia, de Irlanda y de la misma Curia romana, finalmente se ha elegido al teólogo americano en servicio en el ex Santo Oficio. Después de haber sido el número tres de Ratzinger, se convertirá ahora en el número dos del “pequeño Ratzinger”, sobrenombre dado al cardenal español Cañizares Llovera, que guía la congregación del Culto. El nombramiento debería (el condicional es obligatorio) hacerse conocido en los próximos días, pero no más allá del 29 de junio. El litúrgico es el dicasterio vaticano que ha cambiado más frecuentemente de secretario en los últimos años: Di Noia será, de hecho, el cuarto en apenas siete años.

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Fuente: Sacri Palazzi

Traducción: La Buhardilla de Jerónimo

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