Una sentencia del TSJ de Madrid anula una decisión del gobierno central

El Estado tendrá que pagar a la Hermandad de la Macarena una subvención injustamente revocada

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado a favor de la hermandad de la Macarena en el recurso Contencioso Administrativo formulado por la cofradía hispalense contra la decisión adoptada en 2004 por el Gobierno central de José Luis Rodríguez Zapatero de revocar una ayuda de 1.116.000 euros concedida al amparo del uno por ciento que los ministerios de Fomento y Cultura dedican de sus presupuestos a la rehabilitación de catedrales, basílicas y otros edificios

(Agencias/InfoCatolica) 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado a favor de la Hermandad de la Macarena en el pleito que mantiene la cofradía desde hace cuatro años con el Estado por negarse a pagar una subvención de 1.116.000 euros aprobada en 2004 para diversas obras de remodelación de la basílica. 

La sentencia favorable a la cofradía, que tiene fecha de 12 de junio y consta de 16 folios, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la hermandad bajo la dirección jurídica del abogado Alfonso Pérez Moreno, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla. 

La partida se asignó a la hermandad en función del 1% del presupuesto del Ministerio de Fomento que se dedica a obras de preservación del patrimonio histórico-artístico. La clave para fundamentar esta asignación económica se encontraba en que el templo tiene reconocida la categoría de basílica, por lo que se pudo acoger al plan especial destinado a estos lugares de culto, así como a las catedrales, abadías y conventos de toda España. 

Posteriormente, una vez que se produjo el relevo PP-PSOE en el Gobierno central, una comisión interministerial se encargó de revocar la concesión de esta ayuda. “De pronto –recuerda el abogado de la corporación de la Madrugá– la hermandad comenzó a recibir una serie de requerimientos instándole a justificar requisitos nuevos que, amparándose en la existencia de una nueva norma, la cofradía ya no cumplía”. 

El fallo considera que las resoluciones del Estado para negar una subvención aprobada por el Gobierno y publicada en el BOE "no se ajustan a Derecho", por lo que se dicta su anulación y se confirma la resolución que concedió la subvención: "La hermandad tiene derecho a que se haga efectivo y ejecutivo el acuerdo de 3 de febrero de 2004 de la comisión mixta de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, condenando a la Administración demanda y competente a estar y pasar por ello". 

Pérez Moreno expresó su satisfacción con la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y se mostró partidario de “no politizar el tema” ya que, en su opinión, “lo importante es que se ha hecho justicia”. 

Sobre esta resolución dictada ayer por la Sala del Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid cabe la formalización de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en un plazo de 15 días, si bien Pérez Moreno advierte de que la presentación de este recurso por parte del Estado sería “una pérdida de tiempo inútil, puesto que carecería de base”.

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