(Heraldo de Soria/InfoCatolica) La Asociación de Víctimas de las Apariciones del Escorial recibía ayer con una sensación de "impotencia", y anunciando "nuevas actuaciones", la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) sobre el litigio por las cuotas de la Seguridad Social de las reparadoras que trabajan en las residencias de la Fundación Virgen de los Dolores, propietaria, entre otras, de la residencia de ancianos que hay en la localidad soriana de Torralba del Moral.Dicha sentencia da la razón a la Fundación, contradiciendo una sentencia anterior del juzgado de lo social de Soria.
Según manifestó el portavoz de esta Asociación, Juan Carlos Bueno, la nueva sentencia evidencia que "el entramado de la vidente-curandera de El Escorial no tiene respeto a nada ni a nadie. Escupen a la cara de los casi cinco millones de parados españoles, escupen a la cara de todos los religiosos y religiosas y, en general, a todos los españoles que sí que pagamos religiosamente a la Seguridad Social y a Hacienda; escupen a la cara de estas 21 mujeres que no tienen ni idea de los negocios que poseen los yernos e hijas de la vidente".
Con reacciones dispares recibían ayer la Asociación de Víctimas y la Fundación Virgen de los Dolores, propietaria de la residencia de Torralba del Moral, la sentencia emitida por el TSJCyL en la que se daba la razón a los seguidores de la vidente Amparo Cuevas resolviendo contra una sentencia del juzgado de lo social de Soria que falló en su día a favor de la Inspección de Trabajo, tras reclamar ésta las cuotas de la Seguridad Social de las reparadoras (religiosas laicas) que trabajan para dicha Fundación religiosa.
En la sentencia, dada a conocer el viernes, se reconoce que las reparadoras que prestan sus servicios en las residencias propiedad de la Fundación no perciben dinero a cambio de su labor, aunque reciben la manutención y vestido necesario, además de habitar en las zonas privadas de estos inmuebles. Por todo ello, la Sala recurrió a la ley del Voluntariado para matizar que lo que caracteriza la existencia de una relación jurídica de voluntariado "es el compromiso libre y altruista de prestar un servicio de forma solidaria y no retribuida".
"La asociación acaba de recibir la noticia de la sentencia sobre la residencia de Torralba del Moral en Soria y nuestra primera valoración es de impotencia. Los tres poderosos y carísimos bufetes de abogados coordinados por CMS. Albiñana & Suárez de Lezo han hecho muy bien su trabajo. Este entramado de fundaciones, asociaciones y empresas no puede pagar la Seguridad Social de 21 mujeres pero sí que puede pagar cifras galácticas a sus tres bufetes de abogados", se lamentó Bueno.
Asimismo, insiste en criticar las actividades de estos centros residenciales preguntándose que "¿por qué no se atiende en Torralba a los necesitados de Soria, o de Castilla y León, y hay internos de San Sebastián, Galicia o Murcia? Si, como dicen, cuidan a gente necesitada; ¿no hay necesitados en la provincia de Soria que tienen que venir desde Murcia?"
"De sentido común"
Para Pedro Besari, portavoz de la Fundación Virgen de los Dolores, la sentencia dictada ahora por el TSJCyL "es una resolución de sentido común que hemos acogido en la Fundación con total satisfacción. Sobre todo porque es lo que entendíamos que tenía que ocurrir en relación con este tema".
Besari defendió los argumentos de la Fundación en los que se pretende dejar claro "que las reparadoras que tenemos aquí atendiendo a los ancianos hacen su trabajo por amor a Dios, y no por dinero, algo que nunca harían", lo que le lleva a entender que, como acaba de reconocerse a través de esta sentencia, "no cabía, en ningún momento, establecer una relación laboral entre ambas partes. Entendemos que por comer y dormir no mantienen una relación laboral con nosotros", matizó.
Insistiendo en que esta "es una sentencia de sentido común", el portavoz de la Fundación confía en que con esta resolución "se dé por zanjado este tema de una vez", aunque reconoció que el litigio podría tener continuidad. "Supongo que la Abogacía del Estado puede pasar a solicitar un recurso de casación, pero entiendo que, en este caso, no corresponde recurrir a esta etapa porque no creo que se den las condiciones legales necesarias", explicó.