(InfoCatólica) El primer ministro eslovaco, Robert Fico, ha anunciado que su país no procederá a la transcripción de certificados de uniones entre personas del mismo sexo contraídas en otros Estados miembros, al considerarlas contrarias a la Constitución eslovaca, que define el matrimonio exclusivamente como la unión de un hombre y una mujer. Fico se ha declarado dispuesto a librar una «guerra legal justa» con las instituciones de la Unión Europea en defensa de la soberanía constitucional y cultural de Eslovaquia.
Según recoge Ordo Iuris, la declaración se produjo el pasado junio en Bratislava, durante una comparecencia celebrada tras una visita al Registro Civil Especial (Osobitná matrika) del Ministerio del Interior de la República Eslovaca.
«Seguramente todos habéis observado que las parejas homosexuales que han contraído matrimonio en países donde está permitido buscan también la inscripción en el registro civil eslovaco. Para que no haya duda: respeto plenamente la realidad y las situaciones en las que personas del mismo sexo mantienen una unión. Por otra parte, debo proteger la Constitución de la República Eslovaca, que define el matrimonio como la unión única de un hombre y una mujer», declaró Fico.
El Tribunal de Justicia de la UE y la sentencia de noviembre de 2025
La posición del Gobierno eslovaco se enmarca en el conflicto abierto por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de noviembre de 2025. En su resolución sobre el asunto C-713/23, promovido por una cuestión prejudicial del Tribunal Supremo Administrativo de Polonia, el TJUE determinó que las disposiciones nacionales que excluyen la transcripción de certificados de uniones entre personas del mismo sexo expedidos en otro Estado miembro son contrarias al Derecho de la Unión. El tribunal fundamentó su decisión en la libertad de circulación, el derecho a la vida familiar y la prohibición de discriminación por orientación sexual.
El TJUE reconoció que las cuestiones de estado civil son competencia de los Estados miembros, si bien precisó que dicha competencia debe ejercerse de forma compatible con el Derecho comunitario. A partir de las alegaciones de los demandantes y las explicaciones del Gobierno polaco, el tribunal concluyó que la ausencia de transcripción obstaculizaba la vida cotidiana de las parejas afectadas.
La sentencia fue objeto de críticas por considerar que el TJUE había excedido las competencias atribuidas por los Tratados e invadido la soberanía de los Estados miembros, ya que el Derecho de familia y la regulación del estado civil pertenecen al ámbito competencial estatal. Varios países, entre ellos Eslovaquia, protegen la definición de matrimonio natural a nivel constitucional.
Eslovaquia blinda su Constitución: familia, matrimonio y soberanía
Casi un año antes de la declaración de Fico, el Parlamento eslovaco aprobó en septiembre de 2025 una amplia reforma constitucional que reforzó la protección de la institución matrimonial. La enmienda introdujo, entre otras disposiciones, la prohibición de la adopción por parejas del mismo sexo y la prohibición de la maternidad subrogada.
Los nuevos artículos 7.6 y 7.7 de la Constitución eslovaca definen las cuestiones éticas y culturales fundamentales, como la familia y el matrimonio, como dominio exclusivo de la soberanía nacional. Las modificaciones excluyen expresamente la aplicación del principio de primacía del Derecho de la UE en materias no cubiertas por los Tratados de atribución de competencias. Según la nueva redacción de la norma fundamental, ninguna obligación comunitaria podrá interpretarse como consentimiento de Bratislava para renunciar a sus derechos en asuntos que constituyen su identidad estatal.
Fico: «No se puede inscribir lo que no existe en nuestro ordenamiento»
El primer ministro fue taxativo al descartar cualquier margen de actuación administrativa: «El registro civil no puede inscribir un matrimonio que sea contrario a la definición constitucional de matrimonio como unión de un hombre y una mujer. No se puede solicitar la inscripción de algo que no existe en nuestro ordenamiento jurídico».
Patryk Ignaszczak, del Centro de Derecho Internacional de Ordo Iuris, valoró la decisión como «una defensa coherente de la institución del matrimonio definida constitucionalmente y del derecho de los Estados miembros a configurar de forma independiente sus propias soluciones en materia de Derecho de familia». Ignaszczak añadió que la posición del Gobierno eslovaco concuerda con la exigencia de respetar el principio de atribución de competencias y de limitar la injerencia de las instituciones de la Unión Europea en ámbitos que no le han sido transferidos.






