Cristianismo y religiones: Dominus Iesus (y II)
5.4.2 Plenitud y definitividad de la revelación de Jesucristo
Desde la perspectiva cristológica, la Declaración reafirma “el carácter definitivo y completo de la revelación de Jesucristo” (n. 5): debe ser “firmemente creída la afirmación de que en el misterio de Jesucristo, el Hijo de Dios encarnado […] se da la revelación de la plenitud de la verdad divina” (n. 5).
La razón de que la revelación de Jesucristo sea plena y definitiva radica en la Encarnación: la Persona divina del Verbo encarnado es la fuente de la plenitud y de la universalidad de la revelación cristiana (cf n. 6).
De esta afirmación fundamental se derivan dos aclaraciones:
1) No se puede equiparar “fe teologal” y “creencia". La fe es respuesta a Dios que se revela y asentimiento a lo revelado por Él. La mera “creencia” se refiere a la búsqueda humana de la verdad absoluta, carente del asentimiento a Dios que se revela. Por ello, “debe ser […] firmemente retenida la distinción entre la fe teologal y la creencia en las otras religiones” (n. 7).
2) No se pueden equiparar los textos inspirados - es decir, la Biblia - con los textos sagrados de las otras religiones. La tradición de la Iglesia “reserva la calificación de textos inspirados a los libros canónicos del Antiguo y del Nuevo Testamento, en cuanto inspirados por el Espíritu Santo” (n. 8). Eso no significa que en los libros sagrados de las otras religiones no estén presentes “elementos de bondad y de gracia"; elementos recibidos del misterio de Cristo.