Indulgencia en el Año Sacerdotal: primer jueves de mes
No rompo el auto-impuesto silencio cuaresmal por recordar un decreto de la Penitenciaría Apostólica sobre las indulgencias concedidas con ocasión del Año Sacerdotal. Mañana es primer jueves de mes.
Copio, pues:
“A todos los fieles realmente arrepentidos que, en una iglesia u oratorio, asistan con devoción al sacrificio divino de la misa y ofrezcan por los sacerdotes de la Iglesia oraciones a Jesucristo, sumo y eterno Sacerdote, y cualquier obra buena realizada ese día, para que los santifique y los modele según su Corazón, se les concede la indulgencia plenaria, a condición de que hayan expiado sus pecados con la penitencia sacramental y hayan elevado oraciones según la intención del Sumo Pontífice: en los días en que se abre y se clausura el Año sacerdotal, en el día del 150° aniversario de la piadosa muerte de san Juan María Vianney, en el primer jueves de mes o en cualquier otro día establecido por los Ordinarios de los lugares para utilidad de los fieles.