InfoCatólica / No sin grave daño / Etiquetas: ley natural

19.06.26

1.04.25

El riesgo de amenazar

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Se ha dicho recientemente que la “aclaración” del Card. Fernández a “Dignitas Infinita” sobre el tema del cambio de sexo ha echado a perder un pasaje perfectamente ortodoxo.

Nos parece que no es del todo justo acusar al Card. Fernández de haber hecho eso, pero tampoco se puede desdeñar del todo el significado de su “aclaración”.

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18.03.25

Una “conversación” filosófica con ChatGPT

Robot

Todos los subrayados son míos.

Néstor: ¿Qué dice John Finnis acerca del fin último del hombre?

ChatGPT Plus

John Finnis, un filósofo del derecho y de la ética conocido por su trabajo en la teoría del derecho natural, sostiene que el fin último del hombre está relacionado con el concepto de bienes básicos y el bien común. Inspirado en la tradición aristotélico-tomista, pero con un enfoque moderno, Finnis argumenta que los seres humanos buscan la realización a través de ciertos bienes fundamentales que son intrínsecamente valiosos y que no se subordinan unos a otros.

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11.07.22

Algunas reflexiones sobre actos intrínsecamente malos, ley natural, prudencia, casuística y discernimiento

Mandamientos

LOS ACTOS INTRÍNSECAMENTE MALOS

En una entrevista recientemente publicada, el P. Julio Martínez, S.J., dice entre otras muchas cosas:

“«Veritatis Splendor» introdujo «un desarrollo muy profundo en la teología moral con la introducción del concepto que llamamos mal intrínseco», dijo. «Se trata de un concepto filosófico controvertido que supuso serias dificultades para la teología moral en el desarrollo del camino del diálogo y el discernimiento; que es el camino para poner en marcha una conciencia madura y bien formada».”

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25.02.17

El objeto del acto humano

Extra ObjectumINTRODUCCIÓN

A partir de la cuestión suscitada por “Amoris Laetitia”, la discusión típica se encarrila en lo esencial, nos parece, por estas vías, que ejemplificamos a modo de diálogo:

-         A) Dadas las causales subjetivas de inimputabilidad, la persona puede estar en gracia de Dios, y por tanto, no estar en pecado mortal, aún estando en situación objetiva de pecado.

-         B) Y de ahí se sigue que puede no ser culpable de una acción objetivamente mala: Concedo. Que se la puede autorizar a cometerla: Niego.

-          A) No se ve porqué la persona debería abstenerse de algo que en su caso no es pecado.

-         B) No lo es subjetivamente: Concedo. Objetivamente: Niego.

-         A) ¿Pero porqué debería abstenerse alguien de hacer algo que en su caso no constituye culpa alguna?

-         B)  Porque el acto intrínsecamente malo no debe realizarse en ninguna circunstancia, y los actos son intrínsecamente malos si son malos por su objeto, independientemente, por tanto, de la situación subjetiva del agente.

Algunas teorías morales actualmente en boga entre católicos podrían habilitar a que el diálogo continuase de este modo:

-         A) La persona tampoco está objetivamente en situación de pecado, porque sus condicionantes subjetivos hacen que cambie el objeto moral de su acción, de modo que ésta ya no es ni pecado ni adulterio.

En efecto, son teorías que, admitiendo el principio que dice que las acciones humanas se constituyen esencialmente por su objeto, y se califican moralmente por su objeto, agregan que el objeto mismo de los actos humanos depende del conocimiento y/o la intención del sujeto.

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