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28.11.13

El bien común como límite de la libertad religiosa

En el uso de todas las libertades se debe observar el principio moral de responsabilidad personal y social: al ejercer sus derechos, los individuos y grupos sociales están obligados por la ley moral a tener en cuenta los derechos de los demás y sus deberes con relación a los otros y al bien común de todos.

“Dignitatis humanae”, Declaración sobre la libertad religiosa.

 

Esta cuestión fue tratada en el Concilio desde dos posturas antitéticas, cuya “contraposición llevó en 1964 nada menos a una clamorosa interrupción de los debates” (Carlos Corral Salvador, Comentario a la DH, edición de los textos conciliares de la Conferencia Episcopal Española).

Libertad religiosa, para no ser una persona coaccionada en su conciencia, y, sobre todo, para que pueda buscar y encontrar a Dios, sumo Bien y suma Verdad.

No, por tanto, un derecho absoluto y arbitrario que en la práctica da lugar a situaciones impensables.

Pero si de este derecho en la actualidad, a alguien en el mundo, se le priva, es a los cristianos. Acabo de ver que en Canadá dictaminan una ley que prohíbe citar los versículos bíblicos que condenan la homosexualidad.

Se quejan en Israel, y con razón, que la TV palestina ofrece, a los niños, programas denigratorios de los judíos y cristianos, en los que a los niños, por medio de figuras de Disney, se les enseña la supremacía islámica sobre las demás naciones:

 

Con razón se quejan, pero por qué entonces en la TV israelí enseñan a los niños que el Nuevo Testamento es antisemita, que incita al odio a los judíos, y para que los niños lo comprendan, crucifican a un muñeco como si fuera Jesús:

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