InfoCatólica / La Buhardilla de Jerónimo / Archivos para: Diciembre 2009

21.12.09

“Sin sacerdotes, ya no habría Iglesia de Cristo”

Habiendo llegado a la mitad del Año Sacerdotal, convocado por el Papa con ocasión del 150º aniversario de la muerte del Santo Cura de Ars, el secretario de la Congregación para el Clero, Mons. Mauro Piacenza, con la claridad doctrinal y la fidelidad al Papa que lo caracterizan, ha hablado con Radio Vaticana sobre el balance que hasta ahora puede hacerse y sobre la importancia fundamental del sacerdocio ministerial en la Iglesia. Ofrecemos, a continuación, nuestra traducción de sus valiosas palabras.

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El “balance” auténtico es el que trazará el Señor, mirando el corazón de cada uno, mirando cómo cada uno ha sabido y ha querido aceptar la invitación del Santo Padre a una auténtica, si bien inicial, “renovación espiritual”. Nosotros sólo podemos afirmar, con satisfacción, que de todas partes del mundo, tanto de enteras Conferencias episcopales como de diócesis particulares, se multiplican las iniciativas, sobre todo de oración, ligadas al Año Sacerdotal.


Y no podría ser de otro modo ya que, en la Iglesia, la renovación auténtica comienza únicamente por la renovación interior y, por lo tanto, por la oración.

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20.12.09

Pacelli y Wojtyla: "feliz coincidencia"

“Estoy verdaderamente contento de que el Santo Padre haya decidido autorizar a nuestra Congregación a promulgar juntos los decretos referentes a las virtudes heroicas de dos grandes Pontífices: Pío XII y Juan Pablo II”. El arzobispo salesiano Angelo Amato, prefecto de la Congregación para las causas de los santos, está realmente satisfecho. Lo oímos después de que Benedicto XVI ha dado luz verde a la publicación de veintiún decretos que conciernen a otros tantos candidatos a la gloria de los altares. Obviamente, los que suscitan más clamor a nivel mediático son los dos Papas, Wojtyla y Pacelli. Y de sus figuras parte nuestro diálogo con el obispo.

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Excelencia, los medios de comunicación se esperaban el placet pontificio respecto a Juan Pablo II y, en cambio, sorpresivamente, ha llegado también el de Pío XII.

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19.12.09

Pío XII y Juan Pablo II: VENERABLES

En continuidad con lo que informábamos el pasado 16 de noviembre sobre el proceso de beatificación del Siervo de Dios Juan Pablo II, en el día de hoy, el Santo Padre Benedicto XVI ha recibido en audiencia privada a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Angelo Amato s.d.b., Prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos. Durante la audiencia, el Santo Padre ha autorizado a la Congregación para promulgar varios Decretos, entre los cuales se encuentra, como se esperaba, el de “las virtudes heroicas del Siervo de Dios Juan Pablo II (Karol Wojtyla), Sumo Pontífice; nacido en Wadowice el 18 de mayo de 1920 y muerto en Roma el 2 de abril de 2005”.


Pero el Papa Benedicto XVI ha dado otra gran alegría a la Iglesia universal al firmar, en la misma audiencia, el decreto referente a “las virtudes heroicas del Siervo de Dios Pío XII (Eugenio Pacelli), Sumo Pontífice; nacido en Roma el 2 de marzo de 1876 y muerto en Castelgandolfo el 9 de octubre de 1958”. De este modo, en un mismo día, nuestro Santo Padre nos ha dado el gozo de poder llamar con el título de “Venerable” a dos grandes Romanos Pontífices de nuestro tiempo. Continuemos orando fervientemente por la pronta beatificación de estos dos Sucesores del Apóstol San Pedro.



“Las principales etapas del reconocimiento de la santidad por parte de la Iglesia – dijo precisamente hoy Benedicto XVI en un discurso con ocasión del 40º aniversario de la Congregación para las Causas de los santos –, es decir, la beatificación y la canonización, están unidas entre ellas por un vínculo de gran coherencia. A ellas deben ser añadidas, como indispensable fase preparatoria, la declaración de la heroicidad de las virtudes o del martirio de un Siervo de Dios y la comprobación de algún don extraordinario, el milagro que el Señor concede por intercesión de un fiel Siervo suyo.


¡Cuanta sabiduría se manifiesta en tal itinerario! En un primer momento, el Pueblo de Dios es invitado a mirar a aquellos fieles que, después de un primer cuidado discernimiento, son propuestos como modelos de vida cristiana; luego, es exhortado a dirigir a ellos un culto de veneración y de invocación circunscrito al ámbito de las Iglesias locales o de Órdenes religiosas; finalmente, es llamado a exultar con la entera comunidad de los creyentes por la certeza de que, gracias a la solemne proclamación pontificia, un hijo o hija suya ha alcanzado la gloria de Dios, donde participa en la perenne intercesión de Cristo a favor de los hermanos (cfr. Hebreos 7, 25)”.


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17.12.09

90 años con la mirada hacia Oriente

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“Ahora ya no dirá ni hará más bromas”, le susurró un colega purpurado viéndolo con las vestiduras rojas y el anillo cardenalicio en el dedo. En el solemne marco del consistorio del 2003, Tomas Spidlík no se inmutó: “Eminencia –respondió-, esté seguro que continuaré diciendo y haciendo solamente bromas serias”. Pero “ahora la Providencia - dice- ha sido mejor que yo en hacer bromas, me ha hecho una sorprendente, regalándome el cumpleaños más bello”: el 17 de diciembre, el cardenal Spidlík cumplirá noventa años y para celebrarlo Benedicto XVI celebrará con él la Misa en la capilla Redemptoris Mater. Una obra de arte nacida de manos del padre Marko Rupnik y del pensamiento de Tomas Spidlík. En la entrevista a L’Osservatore Romano, el cardenal moravo – elegido para realizar la prédica a los cardenales reunidos en cónclave el 18 de abril de 2005 – recorre “como en un film” sus noventa años, recordando encuentros y yendo al núcleo de su pensamiento. Siempre con la sonrisa.

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15.12.09

Motu Proprio Omnium in mentem (en español)

CARTA APOSTÓLICA EN FORMA DE MOTU PROPRIO

OMNIUM IN MENTEM

DEL SUMO PONTÍFICE

BENEDICTO XVI

CON LA CUAL SON MODIFICADAS

ALGUNAS NORMAS DEL CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO


La Constitución Apostólica Sacrae disciplinae leges, promulgada el 25 de enero de 1983, llamó a la atención de todos que la Iglesia, en cuanto comunidad al mismo tiempo espiritual y visible, y ordenada jerárquicamente, tiene necesidad de normas jurídicas “para ordenar correctamente el ejercicio de las funciones confiadas a ella divinamente, sobre todo de la potestad sagrada y de la administración de los sacramentos”. En tales normas es necesario que resplandezca siempre, por una parte, la unidad de la doctrina teológica y de la legislación canónica y, por otra, la utilidad pastoral de las prescripciones, mediante las cuales las disposiciones eclesiásticas están ordenadas al bien de las almas.


A fin de garantizar más eficazmente tanto esta necesaria unidad doctrinal como la finalidad pastoral, a veces la suprema autoridad de la Iglesia, después de haber ponderado las razones, decide los oportunos cambios de las normas canónicas, o introduce en ellas alguna integración. Esta es la razón que Nos lleva a redactar la presente Carta, que concierne a dos cuestiones.

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