(La Patria/InfoCatólica) En un segundo artículo del documento, se manifiesta que el denominado grupo no puede actuar como una asociación pública reconocida por la Diócesis de Oruro y debe partir de la promulgación de esta declaración y dejar de actuar como tal dentro de esta jurisdicción.
Según el documento, de acuerdo con el Código de Derecho Canónico, ninguna asociación puede llamarse “Católica”, sin el consentimiento de la autoridad competente de la Iglesia Católica, disposición que debe ser cumplida por asociaciones de fieles, clérigos y mixtas, tanto públicas como privadas, puesto que deben tener el consentimiento el obispo diocesano dentro su propio territorio.
En Oruro
Según la pagina web del grupo “Amerindia”, desde hace algunos meses esta organización emprendió actividades enmarcadas en espacios de análisis y reflexión. En enero de 2009 el grupo tomó la decisión de compartir sus percepciones, conocimientos, ideas e inquietudes directamente con el pueblo, mediante el programa, “Contexto con textos”, que se trasmite por Radio Pío XII.
La finalidad que persiguen según informan, es “confrontar la realidad que vivimos como personas y como pueblo con textos que nos interpelan y cuestionan en el contexto de las tradiciones y vivencias andinas cristianas”.
La declaración del Obispo de Oruro
Este es el texto completo de la Declaración hecha pública hoy por Mons. Monseñor Cristóbal Bialasik
De acuerdo al Código de Derecho Canónico (can. 300), ninguna asociación puede llamarse “católica” sin el consentimiento de la autoridad competente, conforme a la norma del Derecho Canónico de la Iglesia Católica, can 312.
En el ordenamiento de la Iglesia, esta autorización corre tanto para las asociaciones de fieles, de clérigos, o mixtas, tanto públicas como privadas, siendo autoridad competente para autorizar su funcionamiento en una Diócesis, el Obispo diocesano dentro de su propio territorio.
Con la presente declaración quiero informar a la población orureña que todas las asociaciones, cualquiera sea su especie, las asociaciones diocesanas, así como también las otras asociaciones en la medida en que trabajan en la diócesis se hallan bajo el Ordinario del lugar (can. 305, parágrafo 2).
Por consiguiente, después de maduro estudio, y habiendo observado detenidamente el desarrollo del grupo denominado “Amerindia”, en nuestra jurisdicción, como Obispo de esta jurisdicción eclesiástica, y en vistas de evitar más confusión, en especial por parte de los fieles, declaro lo siguiente:
- El denominado grupo “Amerindia”, no ha solicitado aprobación eclesiástica ante el Obispo de Oruro, no presentando ni objetivos ni estatutos, que justifiquen su funcionamiento.
- Por lo tanto el denominado grupo “Amerindia”, no tiene autorización del Obispo de Oruro para actuar como una asociación pública, reconocida por la autoridad eclesiástica en la Diócesis de Oruro, y debe, a partir de la promulgación de esta declaración, dejar de actuar como tal dentro de esta jurisdicción eclesiástica.
Es dado, en la Curia diocesana de Oruro, a los 8 días del mes de noviembre de 2010.