La Corte Suprema de EE.UU da la razón a una diseñadora de páginas web contraria al matrimonio homosexual
Lorie Smith, propietaria y fundadora de 303 Creative, ante la Corte Suprema de EE.UU. en Washington, D.C. ©Alliance Defending Freedom

Colorado no puede obligarla a crear webs contra su opinión

La Corte Suprema de EE.UU da la razón a una diseñadora de páginas web contraria al matrimonio homosexual

La Corte Suprema de EE.UU. ha dictaminado que la cláusula de libertad de expresión de la Primera Enmienda protege a una diseñadora de páginas web de Colorado que temía ser procesada en virtud de la ley estatal contra la discriminación por sus objeciones religiosas al diseño de páginas web que promovieran el matrimonio entre personas del mismo sexo.

(CNA/InfoCatólica) Lorie Smith, propietaria del estudio de diseño gráfico y web 303 Creative LLC, presentó la demanda. No se trataba de una respuesta a una acción gubernamental, sino de una impugnación previa a la aplicación de la ley con la que se pretendía impedir que se utilizara contra ella.

La Ley contra la discriminación de Colorado incluye la orientación sexual y la identidad de género como clases protegidas. La cuestión ante el tribunal era si obligar a un artista a hablar o a guardar silencio viola la cláusula de libertad de expresión de la Primera Enmienda. No abordó la cuestión de si se trata de una violación de la libertad religiosa.

«En este caso, Colorado pretende obligar a una persona a hablar de una manera que se alinea con sus puntos de vista, pero desafía su conciencia sobre un asunto de gran importancia», dijo el juez Neil Gorsuch, redactor de la sentencia tras una votación de 6 a favor y 3 en contra. «Pero, como este tribunal ha sostenido durante mucho tiempo, la oportunidad de pensar por nosotros mismos y expresar esos pensamientos libremente es una de nuestras libertades más preciadas y parte de lo que mantiene fuerte a nuestra república».

«Por supuesto, acatar el compromiso de la Constitución con la libertad de expresión significa que todos nos encontraremos con ideas que consideremos 'poco atractivas', 'equivocadas' o incluso 'hirientes', pero la tolerancia, no la coacción, es la respuesta de nuestra nación. La Primera Enmienda concibe a Estados Unidos como un lugar rico y complejo donde todas las personas son libres de pensar y hablar como deseen, no como exija el gobierno».

Smith estaba representada por el grupo jurídico Alliance Defending Freedom (ADF), y sus abogados argumentaron que la ley estatal afecta a los profesionales creativos que tienen preocupaciones religiosas o morales por crear contenidos que violan sus creencias.

ADF califica la decisión de victoria «histórica».

«Más que una victoria para Lorie Smith, se trata de una amplia victoria de la libertad de expresión para todos los estadounidenses», dijo el grupo en Twitter el viernes.

La decisión de Gorsuch en el caso conocido como 303 Creative v. Elenis invocó varios precedentes del Tribunal Supremo. Los estudiantes están protegidos de ser obligados a saludar a la bandera estadounidense y decir el Juramento a la Bandera; un desfile del Día de San Patricio en Boston no pudo ser obligado a incluir a un grupo de gays, lesbianas y bisexuales; y los Boy Scouts no pueden ser obligados a incluir a un hombre gay como líder scout.

La magistrada Sonia Sotomayor emitió una opinión disidente, a la que se unieron las magistradas Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson.

«Hoy, el tribunal, por primera vez en su historia, concede a un negocio abierto al público un derecho constitucional a negarse a servir a miembros de una clase protegida», objetó. «La ley en cuestión se dirige a la conducta, no al discurso, para su regulación, y el acto de discriminación nunca ha constituido una expresión protegida bajo la Primera Enmienda».

Sotomayor dijo que la decisión tenía consecuencias más allá de las cuestiones de orientación sexual e identidad de género y permitiría la exclusión de otros grupos de muchos servicios.

Smith dijo a CNA en diciembre de 2022: «Sirvo a todo el mundo, incluidos los que se identifican como LGBT. Me encanta crear a medida y trabajaré con cualquiera - simplemente hay algunos mensajes que no puedo crear independientemente de quién me lo pida.» Dijo que su caso trata de la libertad de expresión para todos los artistas.

«Después de crear mi propio estudio de diseño, quise ampliar mi cartera para crear arte personalizado y sitios web para contar historias sobre bodas, pero Colorado dejó claro que no era bienvenida en ese espacio».

Dijo que desafió la ley porque no quería «ser castigada por decir lo que creo».

«Los funcionarios de Colorado están censurando mi discurso y me obligan a pronunciar mensajes sobre el matrimonio que son incompatibles con mis creencias, el núcleo de lo que soy».

La Conferencia Episcopal de EE.UU. fue una de las instituciones que presentaron escritos amicus curiae ante el Tribunal Supremo de EE.UU. en nombre de Smith.

En julio de 2021, un panel del Tribunal de Apelaciones de EE.UU. del Décimo Circuito falló (2 a 1) contra Smith, declarando que Colorado tenía interés en combatir la discriminación.

El panel estuvo de acuerdo en que la ley de Colorado obligaba a Smith a crear sitios web y discursos que «de otro modo rechazaría» y creaba un «riesgo sustancial» de eliminar «ciertas ideas o puntos de vista del diálogo público», incluidas las creencias de Smith sobre el matrimonio. Sin embargo, falló a favor de la ley, en parte basándose en que ella crea expresiones «personalizadas y únicas».

El caso 303 Creative cuestiona la misma ley de Colorado que llevó al pastelero de Lakewood (Colorado) Jack Phillips y a su negocio Masterpiece Cakeshop ante el Tribunal Supremo de EE.UU. después de que se negara a hacer una tarta nupcial para una boda entre personas del mismo sexo.

Después de que la pareja presentara una denuncia, la Comisión de Derechos Civiles de Colorado ordenó a Phillips y a su personal que recibieran formación contra la discriminación y que presentaran informes trimestrales sobre cómo estaba cambiando las políticas de la empresa. Tuvo que dejar de hacer tartas de boda para seguir explotando su negocio de acuerdo con su conciencia sin infringir la ley.

Presentó un recurso contra la ley, también asistido por Alliance Defending Freedom. En junio de 2018, el Tribunal Supremo de Estados Unidos dictaminó que la Comisión de Derechos Civiles de Colorado había violado los derechos de Phillips. Su opinión de 7-2 dijo que la comisión «mostró elementos de una hostilidad clara e inadmisible hacia las creencias religiosas sinceras que motivaron su objeción.»

Phillips se enfrenta ahora a una demanda de una abogada que se identifica como mujer transexual y afirma que él se negó ilegalmente a hacer una tarta para celebrar la supuesta transición de género de la abogada. El diseño de la tarta era rosa con glaseado azul.

En enero, el Tribunal de Apelaciones de Colorado falló en contra de la impugnación de Phillips. El tribunal declaró que el diseño de la tarta no era inherentemente expresivo de un mensaje explícito que pudiera atribuirse al pastelero. Afirmó que la ley contra la discriminación no viola el derecho de los empresarios a practicar o expresar su religión.

Phillips afirma que sus tartas son una forma de expresión y piensa apelar.

5 comentarios

SS
Ahí está el engaño del demonio, en usar la palabra matrimonio, para incrustar la mentira..
1/07/23 10:55 AM
Seletotsira
Pues menos mal,
porque la diktadura 2030
pisa fuerte.
1/07/23 1:30 PM
Esperanza
Los que han pasado toda su vida cómo indefensos y sufridos ahora resulta que se adueñaron del mundo. Ya hay que pedir permiso para pensar distinto a ellos .
Qué magnanimidad de jueces.
Le permiten actuar como persona libre.
1/07/23 4:03 PM
Generalife
Se ha hecho justicia
1/07/23 4:40 PM
Juan Mariner
Anoto: desde la "libertad de expresion", podemos ganarles batallas a los totalitarios disfrazados de derechos. Nadie nos puede obligar a proclamar ideario en lis que no creemos, además de ser acientificos y no objetivamente.
2/07/23 11:13 AM

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