En su conflicto con la Fundación Universitaria San Antonio

El obispado de Cartagena asegura que la titularidad de la UCAM le pertenece

En una nota publicada hoy en la página web de la diócesis de Cartagena, el obispado informa de que el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma murciana le da la razón en su conflicto por la titularidad de la Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM). A la Fundación Universitaria San Antonio sólo le correspondería "venir en apoyo" de la Universidad. Por medio de la nota el obispo, Monseñor Reig Pla, pide a los fieles que eleven sus oraciones para que la resolución del problema se realice desde la verdad, la justicia y el respeto a todas las personas.

(InfoCatólica*) Reproducimos la nota del obispado de Cartagena:

El pasado viernes día 30 de mayo, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha dictado un Acuerdo resolviendo el recurso interpuesto por este Obispado contra el Decreto nº 350/2007, de 9 de noviembre, por el que se aprobaban los Estatutos de la Universidad Católica San Antonio de Murcia.

A la vista de los fundamentos explícitos de dicho Acuerdo y de las manifestaciones públicas del Sr. Consejero de Presidencia, se pone en conocimiento de todos los fieles de la Diócesis que dicho Acuerdo acoge la tesis fundamental defendida por este Obispado, de modo que se reconoce explícitamente -en su fundamento de derecho décimo- que de conformidad con el Dictamen del Consejo de Estado nº 3452/1997, de 16 de octubre, la titularidad de la Universidad Católica San Antonio de Murcia “es de la Iglesia Católica” “representada a través de la Diócesis de Cartagena”, por lo que queda claro que a la entidad exclusivamente civil y privada (sin personalidad canónica ni pública ni privada) denominada Fundación Universitaria San Antonio sólo le corresponde venir “en apoyo” de la Universidad.

Así mismo, cabe destacar la inequívoca indicación -en el apartado primero de la parte dispositiva del Acuerdo- de que los Estatutos presentados para que no sean contrarios a derecho deben ser “interpretados” “de conformidad con el Dictamen del Consejo de Estado nº 3452/1997, de 16 de octubre”.

Para una mejor comprensión de tal modo legal de interpretar los Estatutos, reproducimos el aspecto más relevante, al efecto, del citado Dictamen del Consejo de Estado:

“(…) lo cierto es que, respondiendo específicamente a la pregunta que se ha formulado, debe señalarse la inviabilidad de utilizar el derecho de establecimiento de Universidades por parte de la Iglesia Católica derivada del artículo X del Acuerdo de 1979, a favor de la Fundación de que se trata (…)”.

“Otra solución constituiría técnicamente una quiebra de la propia “ratio” derivada en concreto del artículo X del Acuerdo de 3 de enero de 1979.”

“En consecuencia, la Iglesia Católica es la titular de la Universidad de referencia, sin perjuicio de la eventual actuación de la Fundación en apoyo de la Universidad y de los fines con ella perseguidos”.

“Por todo lo expuesto, el Consejo de Estado es de dictamen:

Primero.- Que cabe subsumir la Universidad Católica (…) en el supuesto de hecho del artículo X apartado 1 del Acuerdo de 3 de enero de 1979; pero sin que la titular de dicha Universidad sea, directa o indirectamente, la Fundación (…) ni pueda serlo otra entidad civil.”

Por último, el Obispo diocesano suplica, de nuevo, a todos los fieles que eleven oraciones a Dios para que la aplicación de la resolución de este problema siga realizándose desde la verdad, la justicia y el respeto a todas las personas.

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