Un centenar de juristas se une para lo que la academia ha dejado de hacer: «el cultivo libre y riguroso del derecho natural»
Iuris Naturalis Societas

«No es una asociación solo de filósofos del derecho, sino de juristas que estudian cada rama desde el horizonte del derecho natural»

Un centenar de juristas se une para lo que la academia ha dejado de hacer: «el cultivo libre y riguroso del derecho natural»

Pilar Zambrano, miembro de su Comité directivo, explica por qué el debate interno es la mejor garantía de vitalidad intelectual.

(InfoCatólica) Que la ley natural haya desaparecido del debate público no significa que haya dejado de existir. Esa es, en síntesis, la convicción que ha llevado a un grupo de juristas y profesores de Derecho de todo el mundo a fundar, en julio de 2025, la Iuris Naturalis Societas, una asociación internacional que se propone devolver al iusnaturalismo el lugar que, a juicio de sus promotores, le corresponde en la academia y en la vida pública. En menos de un año, la red cuenta ya con cerca de un centenar de miembros procedentes de Argentina, Chile, Brasil, Perú, México, Colombia, Uruguay, España, Italia, Francia, Estados Unidos y otros países.

La Sociedad se define en sus estatutos como «una asociación de carácter académico que tiene por fin el cultivo libre y riguroso del derecho natural, y de su concreción en las distintas ramas del derecho». No se trata, pues, de un club de filósofos, sino de una plataforma que reúne a filósofos del derecho y a juristas de todas las ramas bajo el horizonte común de la tradición clásica del derecho natural, la que nace en Aristóteles, encuentra su síntesis en Tomás de Aquino y afirma la dignidad inherente a toda persona humana como fundamento del orden jurídico.

Pilar Zambrano, profesora titular de Filosofía del Derecho en la Universidad de Navarra y subdirectora de su departamento, es una de las voces de referencia de esta corriente. Doctora en Derecho por la misma universidad, su investigación se sitúa en la intersección entre teoría jurídica, derechos fundamentales y filosofía política, con especial atención a las condiciones en que el discurso jurídico puede ser comprendido y justificado racionalmente en sociedades marcadas por el pluralismo moral y cultural.

En esta entrevista nos explica qué es la Iuris Naturalis Societas, qué la distingue de otras iniciativas académicas y por qué la tradición del derecho natural sigue viva, diversa y abierta al debate interno.

¿Qué es la Iuris Naturalis Societas?

Puesto que toda empresa humana se conoce por sus fines o propósitos, pienso que la forma más fiel de responder a esta pregunta es remitirse a los términos de los estatutos de la Sociedad: «Es una asociación de carácter académico que tiene por fin el cultivo libre y riguroso del derecho natural, y de su concreción en las distintas ramas del derecho».

Subrayo de esta definición dos puntos. En primer lugar, la naturaleza académica de la sociedad. Se trata de una comunidad de profesores y juristas que busca mantener viva la tradición del derecho natural, con la traditio de su riqueza de una generación a otra. Fundamentalmente, mediante el desarrollo y fomento de su investigación académica y de su enseñanza.

El segundo punto a destacar es la amplitud del perfil de sus miembros. No es una asociación de filósofos del derecho, o más bien, no únicamente de filósofos del derecho. Es una asociación de filósofos y juristas que comprenden y estudian al derecho en general, y a cada una de sus ramas, desde el horizonte de la tradición del derecho natural.

Si el factor congregante es el cultivo y la transmisión de la tradición del derecho natural, parece necesario volver sobre una cuestión anterior: ¿qué distingue la tradición del derecho natural de otras tradiciones de pensamiento jurídico?

Para utilizar la expresión acuñada por Isaiah Berlin, la tradición que nos congrega es la «clásica» o «central de Occidente», que nace en Grecia hace más de 2300 años con Aristóteles (podríamos remontarnos más atrás, a Platón o incluso a Sócrates). Encuentra su más fiel expresión en la síntesis magistral que Tomás de Aquino llevó a cabo en el siglo XIII entre el realismo epistémico y moral aristotélico, las categorías jurídicas romanas y la afirmación cristiana de la dignidad inherente a toda persona humana

Esos 2300 años de historia nos dan un indicio de la enorme riqueza y variedad de esta tradición. Acabo de proponer tres ideas que, a mi entender, expresan el punto de encuentro entre diferentes comprensiones o teorías del derecho natural. Sin embargo, otros estudiosos bien podrían haber utilizado otras nociones que complementan esas ideas o, si se prefiere, que las especifican. Me refiero, por ejemplo, a la comprensión del derecho positivo como un orden de conducta orientado al bien común político y a la definición del derecho como el objeto de la virtud de la justicia, esto es, lo «suyo de cada uno» (la ipsa res justa).

Avancemos un poco más sobre esa variedad de teorías del derecho natural: ¿se posiciona la Sociedad en relación con los debates internos a la tradición?

Respondo esta pregunta subrayando otro concepto contenido en la definición estatutaria de los fines de la sociedad, a saber, el cultivo «libre del derecho natural». El pluralismo y el debate riguroso dentro de la tradición es lo que la mantiene viva. Por ello, dejando a salvo sus ideas dorsales, la Sociedad no se posiciona en relación a los debates entre teorías y escuelas, ni debe posicionarse.

Esto supone, claro está, algún tipo de consenso en relación a lo que es esencial a la tradición, respecto de lo cual desarrollo un poco más las ideas propuestas arriba. En primer lugar, la convicción de que toda persona humana es valiosa o, si se prefiere, digna, en todas las fases de su existencia. En segundo lugar, la afirmación de que, precisamente porque toda persona es digna, merece respeto y cuidado. En tercer lugar, y esto es tan relevante como todo lo anterior, la defensa de la razón práctica, entendida como la capacidad de distinguir racionalmente entre las acciones que expresan respeto y cuidado hacia uno mismo y hacia los demás, y las que no. Finalmente, la idea de que el fin último del derecho (humano positivo) es asegurar el bien común político en el que florecen el respeto y el cuidado de la persona humana.

Conviene en este punto despejar una confusión bastante extendida. La defensa de la razón práctica no equivale a su confusión con la razón empírica o matemática. La tradición que nos congrega no es la del derecho natural «moderno» de los siglos XVI y XVII que, siguiendo la estela de Descartes, lo reduce a un conjunto de principios y reglas universales cuyas aplicaciones concretas son tan «claras y distintas» como las conclusiones lógico-matemáticas.

La tradición clásica o «central» se acoge, en cambio, a la advertencia de Aristóteles de que en asuntos prácticos no debe esperarse nunca el mismo nivel de certeza que puede y debe esperarse en el plano del conocimiento lógico, técnico, matemático o empírico en general. Precisamente por ello, la Sociedad no se posiciona en los debates internos acerca de la forma de comprender al derecho natural o de concebir su relación con la ley natural ni, mucho menos, sobre su aplicación a cuestiones sociales o políticas coyunturales.

¿En qué tipo de acciones o iniciativas se concreta la promoción de la investigación y la enseñanza del derecho natural? ¿Qué aporta la sociedad a los profesores y juristas que cultivan y transmiten la tradición en sus propios ámbitos académicos y profesionales?

Empiezo respondiendo la segunda parte de la pregunta: la Sociedad aporta visibilidad a lo que se hace en cada uno esos ámbitos académicos y/o profesionales, potenciando las posibilidades de «networking». En este sentido, una de sus iniciativas más importantes es la creación y el desarrollo continuo de su sitio web (https://www.iurisnaturalis.com/), cuyo fin principal es la difusión de las actividades académicas, la docencia y las publicaciones vinculadas al derecho natural alrededor del mundo.

Junto a, o más bien en el contexto de este networking, la Sociedad desarrolla también otro tipo de iniciativas. Destacan la organización bianual de un congreso internacional sobre derecho natural, cuya primera edición tuvo lugar en julio de 2024, y la organización de un workshop sobre derecho natural en el contexto de los Congresos mundiales organizados por la Asociación Internacional de Filosofía del Derecho y Filosofía Social.

Por último, una cuestión práctica: ¿cuántos miembros tiene actualmente, de dónde son, y cuál es el procedimiento para asociarse?

La sociedad cuenta actualmente con 96 miembros de Argentina, Chile, Brasil, Perú, México, Colombia, Uruguay, España, Italia, Francia, Estados Unidos, etc. El procedimiento para asociarse varía en función del tipo de socio: activo, adherente u honorario. Para ser socio activo, que es la fórmula más común, se requiere haber publicado al menos un trabajo de investigación que ponga de manifiesto la adhesión a las ideas centrales de la tradición; y contar con el aval de otros cinco socios activos y del voto mayoritario de la Junta directiva de la Sociedad.

1 comentario

Giacomo Arlecchi
Que bueno!!! Muy alentador e interesante!!!
17/04/26 12:58 PM

Dejar un comentario



Los comentarios están limitados a 1.500 caracteres. Faltan caracteres.

No se aceptan los comentarios ajenos al tema, sin sentido, repetidos o que contengan publicidad o spam. Tampoco comentarios insultantes, blasfemos o que inciten a la violencia, discriminación o a cualesquiera otros actos contrarios a la legislación española, así como aquéllos que contengan ataques o insultos a los otros comentaristas, a los bloggers o al Director.

Los comentarios no reflejan la opinión de InfoCatólica, sino la de los comentaristas. InfoCatólica se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere que no se ajusten a estas normas.

Los comentarios aparecerán tras una validación manual previa, lo que puede demorar su aparición.