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19.04.16

Lo que no dice "Amoris Laetitia", cap. VIII, pero parece decir

Última CenaEn un par de entradas anteriores he defendido la tesis, verdadera sin duda, que dice que en “Amoris Laetitia” el Papa Francisco no se pronuncia explícitamente a favor de dar la comunión a los “divorciados vueltos a casar” (ni son divorciados realmente ni pueden volverse a casar) en algunas circunstancias.

En este “post” me interesa analizar otro aspecto de la cuestión: lo que el documento no dice, pero parece decir.

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17.04.16

11.04.16

Comer y beber indignamente el Cuerpo del Señor en "Amoris Laetitia"

Eucaristía IIComentamos aquí un pasaje de “Amoris Laetitia”, en su cap. V:

“185. En esta línea es conveniente tomar muy en serio un texto bíblico que suele ser interpretado fuera de su contexto, o de una manera muy general, con lo cual se puede descuidar su sentido más inmediato y directo, que es marcadamente social. Se trata de 1 Co 11,17-34, donde san Pablo enfrenta una situación vergonzosa de la comunidad. Allí, algunas personas acomodadas tendían a discriminar a los pobres, y esto se producía incluso en el ágape que acompañaba a la celebración de la Eucaristía. Mientras los ricos gustaban sus manjares, los pobres se quedaban mirando y sin tener qué comer: Así, «uno pasa hambre, el otro está borracho. ¿No tenéis casas donde comer y beber? ¿O tenéis en tan poco a la Iglesia de Dios que humilláis a los pobres?» (vv. 21-22).

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9.04.16

Algunas observaciones sobre la imputabilidad en "Amoris Laetitia"

EucaristíaUn documento tan extenso  como la encíclica “Amoris Laetitia” del Papa Francisco no se reduce a su capítulo VIII ni a las observaciones que se puedan hacer sobre el mismo, y sin duda que en el futuro se irán extrayendo, Dios mediante, las riquezas positivas de la Exhortación.

El mismo capítulo VIII da para mucho comentario que obviamente no se puede encerrar en un solo “post”, así que aquí vamos a ceñirnos al tema de la “imputabilidad” que aparece mencionado en la Exhortación.  

Pero antes de entrar en materia adelantamos que en ninguna parte del documento dice explícitamente que los “divorciados vueltos a casar” (el divorcio de un matrimonio válido y consumado no existe y lo que a veces se hace a continuación de ese “divorcio” no es un verdadero casamiento) puedan comulgar en algunas circunstancias.

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